La Justicia rebaja la multa a REE por el apagón de Barcelona en 2007

En la sentencia, el TSJC estimó parcialmente el recurso que Red Eléctrica presentó contra la sanción que el Departamento de Economía le impuso en el año 2008 por el apagón, que afectó a más de 323.337 abonados de Barcelona, y dejó la multa en diez millones de euros para equipararla con la sanción que la Generalitat aplicó a la compañía Fecsa-Endesa.

El tribunal resolvió igualar el importe de la multa de REE con la de Fecsa-Endesa por considerar que «no está suficientemente justificado el desigual trato dado» respecto a esa compañía, «sin que de la responsabilidad en el incidente pueda extraerse tan considerable diferencia».

El alto tribunal catalán avaló la multa a REE por considerar que la compañía «infringió la obligación legal de garantizar la continuidad del suministro eléctrico, pues siendo titular de la línea de 220 kilovatios incumplió la obligación de mantenerla en las adecuadas condiciones».

El histórico apagón, ocurrido a finales de julio de 2007, comenzó en la subestación de Collblanc de Barcelona con la caída de un cable de Fecsa-Endesa sobre las instalaciones de REE, lo que derivó en un incendio en la subestación de Maragall propiedad de esta última compañía.

Ambas empresas se responsabilizaron mutuamente del apagón, pero la Generalitat acabó multando tanto a REE como a Fecsa Endesa a once y diez millones de euros, respectivamente.

Para el tribunal, en el proceso judicial se acreditó que el incendio en la subestación de Maragall que causó el apagón fue provocado por «el deficiente estado de las instalaciones de la red de transporte de REE, constatado incluso con anterioridad al 23 de julio de 2007″.

En su recurso, REE alegó la culpabilidad de Fecsa-Endesa en el apagón de Barcelona, pero el TSJC, tras recordar que esa cuestión está pendiente de sentencia en otro proceso contencioso, sostiene que el hecho de que en el incidente concurriera otra causa «no exonera de responsabilidad» a la compañía encargada del transporte de energía eléctrica.

En su recurso, REE cuestionó la validez de los informes periciales en los que se basó la sanción impuesta por la Generalitat, pero el TSJC resaltó que la Comisión Nacional de Energía, «organismo público independiente y de reconocido prestigio institucional», constató la existencia de incidentes previos en la red de 220 kilovatios que dependía del recurrente.

La sentencia del TSJC ve proporcionada la sanción impuesta por la Generalitat, cuando las multas previstas oscilan entre un mínimo de 600.001 euros y un máximo de 6 millones, dado el alcance del apagón, que duró tres días.

En ese sentido, el tribunal recordó que el apagón afectó a trece centros de asistencia primaria, varias líneas de metro, los Ferrocarriles de la Generalitat y el tranvía, además de movilizar servicios de protección civil, seguridad ciudadana y seguridad vial al haberse «puesto en peligro la seguridad de la ciudadanía».

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