La CNMC recomienda al Gobierno favorecer la reutilización y los mercados de segunda mano de aparatos eléctricos y sus residuos
El proyecto de Real Decreto pretende incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva europea sobre residuos y aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) e incluye las novedades de la Ley de 2011 sobre residuos y suelos contaminados. El objetivo de la norma es contribuir a la producción y consumo sostenibles mediante la prevención de la generación de residuos y el fomento de técnicas de tratamiento como la preparación para la reutilización.
En este sentido, la CNMC realiza varias consideraciones al proyecto de Real Decreto, al que valora como «positivo» en términos generales, pero en el que realiza algunas recomendaciones al Gobierno de cara a asegurar un funcionamiento «eficiente» respecto a los procedimientos de gestión, trazabilidad y contabilización de los residuos de estos dispositivos. En concreto, la CNMC considera que en coherencia con la Directiva, el Real Decreto tendría que redactar los artículos dedicados a los usuarios de estos aparatos de forma que sea de su responsabilidad la obligación de destinar los aparatos usados, si están en buenas condiciones, a un segundo uso favoreciendo de esta forma la existencia de mercados de bienes de segunda mano reutilizables.
Entre sus recomendaciones efectuadas, la CNMC también señala que el texto vincula las obligaciones de financiación de cada productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) a sus cuotas de mercado. Estas cuotas se aplican a los sistemas individuales o colectivos de responsabilidad. Sin embargo, el informe considera que la referencia al cálculo de cuotas de mercado presenta potenciales problemas de coordinación con las posibles solicitudes de información por parte de la CNMC encaminadas a determinar cuotas de mercado en el análisis de operaciones de concentración.
Además, estima que la atribución a una comisión de coordinación en materia de residuos la responsabilidad de evaluar si un sistema colectivo respeta suficientemente la competencia o no, presenta «serios problemas de inadecuación» a la Ley 3/2013 de creación de la CNMC, por cuanto se señala que la CNMC tiene entre sus funciones la supervisión y control de todos los mercados y sectores económicos, lo que impide delegar estas funciones en ninguna comisión de coordinación tal y como se pretende ya que habría un riesgo «claro» de solapamiento de funciones y, ante un pronunciamiento de la CNMC, un «problema de confianza legítima» respecto a futuras actuaciones de la comisión en el ejercicio de sus funciones de persecución de conductas anticompetitivas.
Por otro lado, en relación con la posibilidad de que las entidades locales encarguen directamente a los gestores autorizados la gestión de los residuos recogidos en sus instalaciones, el informe cree que «sería recomendable» valorar las implicaciones que esta decisión puede conllevar en relación con la competencia efectiva y, en la medida de lo posible, acudir a una licitación pública abierta a la concurrencia de todos los potenciales operadores interesados.
El proyecto contempla que las Administraciones públicas competentes establezcan reservas de mercado a las entidades de economía social, en la actividad de preparación de la reutilización de productos. A juicio de la CNMC, se debería valorar y justificar la existencia de un interés social que prevalezca sobre el posible interés por parte de otros operadores en el mercado de preparación para la reutilización de este tipo de aparatos, así como los perjuicios para la competencia que podría conllevar esta decisión.
Respecto a los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada de los productores, el informe apunta que es «necesario» señalar que las empresas obligadas que se asocien para crear un sistema de recogida deberían establecer condiciones de adhesión transparentes y objetivas, concluir con éste acuerdos de duración limitada y permitir, en principio, el acceso de terceros a su infraestructura. En cualquier caso, estima que el intercambio de información que pudiera producirse entre los diferentes integrantes del sistema debe garantizar que no pueda producirse un aumento del riesgo de colusión entre los operadores.
En definitiva, el informe del regulador de la competencia detectó que se deberían mejorar en la propuesta normativa los elementos de cálculo de cuotas del productor; la consulta a la CNMC de forma previa a la autorización de sistemas colectivos que superen el 30% de la cuota de mercado estatal en una categoría o subcategoría; las funciones del centro de coordinación; las responsabilidades de los distintos operadores; la encomienda de gestión de RAEE recogidos por entidades locales; las cláusulas sociales de reserva de mercado en licitaciones públicas; los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada de los productores; el ámbito de aplicación, que debería tener un enfoque «más claro y ambicioso» y, por último, la diversidad de registros y funciones asignadas al Centro de Coordinación de RAEE.
Ultimátum a España desde Bruselas
Bruselas lanzó un ultimátum a España a través de un dictamen motivado para que incorpore a su legislación nacional la RAEE. Las autoridades españolas incumplieron el plazo para transponer esta directiva, que venció el pasado 14 de febrero. Se entra en la segunda fase de un procedimiento de infracción. Si el Gobierno español no responde a sus exigencias en el plazo de dos meses, la Comisión Europea podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La directiva sobre residuos y aparatos eléctricos y electrónicos persigue prevenir o reducir el impacto negativo de estos residuos en la salud humana y en el medio ambiente, así como reducir los efectos globales del uso de los recursos eléctricos y electrónicos y mejorar la eficiencia del uso de estos aparatos. Además de a España, la Comisión Europea ha enviado dictámenes motivados sobre esta cuestión a Polonia, Letonia y Rumanía.




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