La CNE pide a Industria que no presente como «error» un trasvase de deuda eléctrica de 814 millones de euros
En concreto, el regulador analizó una propuesta del Ministerio de Industria de orden ministerial en cuyo título se alude a la corrección de «errores» de la Orden ITC/3353/2010 y pidió que esta fórmula se sustituya por otra titulada «orden por la que se modifica parcialmente la Orden ITC/3353/2010».
El regulador explicó que el objetivo de esta orden es trasladar una partida de 814 millones de euros en costes de acceso del ejercicio 2011 a 2010 y consideró que la medida supone una «verdadera disposición general» que no debe plantearse como una mera corrección de errores.
Mediante el trasvase de las cuentas de 2011 a las de 2010 de esta partida no se superaría el tope de déficit de este año y podrían absorberse los 814 millones gracias a que el Gobierno elevó a 5.500 millones el tope del pasado ejercicio.
Además de pedir de que no se presente como una corrección de errores, el regulador advirtió de que la medida tiene como implicación directa un aumento de la deuda del sistema y, en particular, del volumen de déficit de tarifa que deberá cederse al Fondo de Amortización de la Deuda Eléctrica (FADE).
Además, pidió a Industria que, en el cálculo del déficit de tarifa, no solo incluya la devolución de los derechos de CO2, sino también la sentencia de la Audiencia Nacional que prohíbe cargar a la tarifa eléctrica la partida del Plan de Acción 2008-2012.
Por otro lado, el Consejo de la CNE aprobó el informe sobre la liquidación de las primas equivalentes, primas, incentivos y complementos a las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial, correspondiente al mes de marzo de 2011.
Durante este mes se han regularizado las liquidaciones de 833 CIL (código de la instalación de producción a efectos de liquidación) para los que se ha recibido notificación de renuncia.
La regularización de las liquidaciones correspondientes a la energía generada por esos 833 CIL en los meses posteriores a la fecha de renuncia asciende a un importe negativo total de 2.039.118,74 euros, antes de IVA o impuesto equivalente.
Asimismo, el regulador consideró, en respuesta a una consulta de varias asociaciones, que las placas fotovoltaicas que se instalen en las cubiertas de los invernaderos no pueden considerarse instalaciones de tejado, o de Tipo I, conforme a la normativa actual.
Además, cifró en dos millones de euros negativos el valor de la regularización correspondiente a las plantas fotovoltaicas que se acogieron a la «amnistía» ofrecida por Industria. Este importe es el generado desde el momento en que estas instalaciones decidieron renunciar a la prima del real decreto 661/2007.




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