La CNE pide a Industria aclarar las obligaciones de las comercializadoras de la TUR

Las recomendaciones de la CNE llegan después de que la asociación de consumidores Facua alertara de que las comercializadoras de último recurso, las únicas habilitadas para suministrar electricidad a precio regulado, rechazaban a usuarios de las pequeñas distribuidoras de electricidad que no pueden ofrecer la única tarifa que fija el Ejecutivo desde el 1 de julio.

Una situación que las eléctricas negaban y que supuestamente obligaba a estos consumidores con potencia inferior a 10 kilovatios (kW) a acogerse al mercado libre en lugar de a la tarifa de último recurso (TUR) a la que sí tienen derecho.

Es más, en ocasiones, para no perder clientes, algunas de las pequeñas compañías podrían estar creando sus propias comercializadoras, algo que no permite la ley y que la CNE estaría analizando.

El organismo que preside Maite Costa explica que se requiere un nuevo real decreto que resuelva la actual situación de incertidumbre sobre el marco jurídico de desarrollo de la actividad de suministro de último recurso, ante la ambigüedad del texto que reconocieron fuentes próximas a la CNE.

Además, sostiene que el futuro decreto debería recoger las reglas que regulen los casos en los que los consumidores, con o sin derecho a acogerse a la tarifa «refugio» puedan encontrarse sin suministrador o pierdan el derecho a la TUR, entre otras situaciones.

A raíz de una consulta, la CNE aclara que un pequeño distribuidor -inhabilitado para suministrar electricidad a tarifa- que opte por asignar a sus clientes a un comercializador deberá elegirlo entre las cinco compañías de último recurso de los grandes grupos: Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, HC Energía y E.ON.

Esa interpretación, dice la CNE, es «la más conforme con el espíritu y finalidad de traspaso de clientes al suministro de último recurso».

Si las pequeñas distribuidoras actúan así, se evitaría el trato «discriminatorio» entre las que traspasan a sus clientes a una comercializadora frente a las que los envían al mercado libre, explica.

Además, la CNE advierte de que si el consumidor tiene derecho a la TUR, aunque esté en el mercado libre, podrá acogerse luego a una comercializadora de último recurso.

De ese modo, estos clientes no estarían «privados» de beneficiarse del «bono social», el instrumento por el que se congela el recibo de la luz para los colectivos con dificultades económicas y sujetos a tarifa de último recurso.

Estas conclusiones, añade la CNE, las enviará a las direcciones generales de consumo de las comunidades autónomas, así como a las eléctricas distribuidoras.

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