La CNE cree imprescindible crear un mecanismo para supervisar la fotovoltaica

Así lo señalan el organismo regulador en su informe sobre la Propuesta de Real Decreto por el que se regula la liquidación de las primas a las instalaciones fotovoltaicas y que persigue impedir la comisión de fraudes en el cobro de las ayudas.

La CNE señala que, además, es «fundamental» la puesta en marcha de un procedimiento telemático para mejorar la coordinación entre las distintas administraciones competentes, así como su extensión a los contenidos de la propuesta de Real Decreto, que estima que podrían llevarle a tener que gestionar medio millón de documentos.

Por otra parte, reconoce que existen dudas sobre la compatibilidad de no dar primas por falta de acreditación y la correcta instalación de los equipos necesarios para la actividad de producción de energía eléctrica.

En su informe, la CNE propone que se le habilite para elaborar una circular con el procedimiento de declaración y se la dote económicamente para el desarrollo de la nueva función.

Además, considera que habría que «discriminar negativamente» a las instalaciones que habiendo sido inscritas con carácter definitivo hubieran solicitado la renuncia a la inscripción, con respecto a su nueva inscripción en el registro de preasignación.

A finales de enero, el Ministerio de Industria remitió a la CNE una propuesta de Real Decreto que establece que, para cobrar las primas, los titulares de plantas fotovoltaicas deberán presentar en un plazo de dos meses documentos que demuestren que tienen los equipos técnicos necesarios para producir electricidad.

El objetivo de esta normativa es el de impedir que se produzcan fraudes con motivo del cambio en el régimen retributivo del 30 de septiembre de 2008.

La falta de acreditación por parte de los propietarios de las centrales solares en los dos meses de plazo fijados supondrá la suspensión del pago de las primas por parte de la CNE.

A continuación, Industria iniciará un procedimiento para cancelar la inscripción de las instalaciones que no presenten la documentación requerida en el registro administrativo de productores del régimen especial, lo que les impedirá seguir cobrando primas.

Además, los que incumplan con lo estipulado por el Ejecutivo perderán la prioridad en la venta de energía que tienen las centrales incluidas dentro régimen especial (renovables y cogeneración).

No obstante, quienes causen baja en el régimen especial podrán participar en los procesos de preasignación creados con la puesta en marcha de la nueva normativa de primas.

Las primas a la producción seguirán pagándose mientras el Gobierno comprueba que las instalaciones tienen todos los elementos necesarios para producir energía y sólo se suspenderán por falta de acreditación.

La propuesta de real decreto llegó después de que la Comisión Nacional de la Energía constatara irregularidades en el registro de instalaciones para acogerse al anterior sistema de primas, más elevadas que las actuales.

En noviembre de 2008, la CNE constató que 4.189 instalaciones fotovoltaicas, que sumaban el 13,3 por ciento de la potencia inscrita, no vertían energía en el sistema eléctrico el 30 de septiembre de 2008, fecha en la que concluyó la vigencia del anterior régimen retributivo.

Posteriormente, el de diciembre, aprobó un plan de inspección de instalaciones solares fotovoltaicas, eólicas y de cogeneración para determinar qué plantas tienen derecho a disfrutar de las anteriores primas.

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