La CNE considera que los parados deberían perder el bono social al encontrar cualquier trabajo

El regulador consideró que esta vía para acogerse al bono social implica cumplir la condición de «no realizar ninguna actividad laboral», por lo que no podría mantenerse cuando alguno de sus miembros empieza a trabajar, según un informe publicado en respuesta a una comunidad autónoma que había solicitado su opinión para resolver una reclamación.

«Si bien el trabajo a tiempo parcial de la denunciante resulta compatible con la percepción de parte del subsidio correspondiente, deja de cumplirse la condición» impuesta por la regulación del bono social.

El Defensor del Pueblo aboga por el bono social a las familias numerosas

Por su parte, el Defensor del Pueblo se dirigió a la CNE para solicitarle información acerca de las quejas recibidas por una asociación de familias numerosas acerca de la retirada del bono social de la luz a este grupo de consumidores.

Las familias numerosas, junto a todos los hogares con miembros en paro, pensiones mínimas percibidas por personas de más de 60 años y potencias con menos de 3 kilovatios (kW) en el primer domicilio, forman parte de los colectivos con derecho a este bono social, que consiste en una congelación de la tarifa de luz con respecto a los precios de 2009.

Las quejas llegadas al Defensor del Pueblo tienen que ver con la retirada, por parte de la comercializadora de último recurso, del bono social a las familias cuyo título de familia numerosa presentado para disfrutar de la medida ha caducado.

Sin informar de la necesidad de renovar el documento, las eléctricas están remitiendo cartas a las familias en las que les informan de que han dejado de cumplir las condiciones para disfrutar del bono social y de que se les aplicará el precio convencional establecido en la Tarifa de Último Recurso (TUR).

La asociación de familias numerosas consideró que la pérdida de esta condición no se produce por la caducidad de un documento y que la ley no dice que haya que presentar ante la eléctrica el documento renovado, y por este motivo expresa su queja ante el Defensor del Pueblo.

Tras recibir la consulta de esta institución, la CNE entendió que, en el caso planteado, no se puede descartar que el documento haya sido renovado sin que se haya notificado esta renovación a la comercializadora.

Por este motivo, consideró que la eléctrica, antes de quitar el bono social, debería haber hecho las indagaciones necesarias con el objetivo de comprobar si se ha producido la pérdida efectiva de este derecho por parte del consumidor.

Así, en caso de que las familias aporten la prueba de renovación del título de familia numerosa, la eléctrica deberá realizar lo antes posible una refacturación en la que se devuelva el dinero correspondiente al periodo en el que el usuario no haya disfrutado del bono social.

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