La Audiencia de Madrid da la razón a Cepsa en su disputa con Virgisa, una arrendataria

Según informó Cepsa, el laudo declaró el incumplimiento por parte de Virgisa del contrato de arrendamiento y exclusiva de suministro de la estación de servicio y obligaba a Virgisa a devolver a la petrolera la posesión de la citada estación. La arrendataria incumplidora podrá, a partir de ahora, ser desalojada de la estación en vía ejecutiva.

En concreto, la sección undécima de la Audiencia Provincial de Madrid ha resuelto, mediante sentencia de fecha 22 de septiembre de 2010, desestimar el recurso de anulación interpuesto por Virgisa contra el laudo de fecha 24 de abril de 2008 dictado por un colegio arbitral.

La sentencia declara improcedentes las causas de nulidad del laudo invocadas por Virgisa y reconoce la plena competencia de los árbitros para adoptar los pronunciamientos acordados.

El laudo arbitral resolvió a favor de Cepsa, por lo que Virgisa ha sido condenada a entregar a la compañía la posesión de la estación de servicio y al pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados.

Este pronunciamiento, según Cepsa, «reviste importancia general, pues viene a clarificar, en el ámbito de los contratos de estaciones de servicio, que la mera invocación de una supuesta o pretendida nulidad no sirve para paralizar las acciones por incumplimiento contractual, ni impide que los árbitros designados se pronuncien válidamente sobre las mismas y dicten las consecuencias del incumplimiento».

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