Industria rechaza suspender la inhibición de la CNE en la fusión Fenosa-Gas Natural
Los servicios jurídicos de Industria han concluido que es improcedente admitir una suspensión cautelar a una consulta planteada al regulador energético por un tercero, en referencia a Gas Natural.
La decisión adoptada por el Ministerio se complementará posteriormente con el fallo sobre el recurso de alzada que presentó Iberdrola el pasado mes de octubre.
Los recursos de alzada deben resolverse antes de tres meses, pero las suspensiones cautelares tienen un plazo de resolución de treinta días.
Indutria cuenta ahora con dos meses para pronunciarse sobre el fondo del recurso.
El pasado mes de octubre la eléctrica que preside Ignacio Sánchez Galán recurrió en alzada contra la decisión de la CNE de no analizar la compra de Unión Fenosa por parte de Gas Natural y pidió que los efectos de este fallo quedaran suspendidos de forma cautelar.
Iberdrola persigue que el Gobierno aclare la doctrina que va a seguir la CNE en el futuro sobre las operaciones de concentración empresarial.
El organismo tiene competencias para emitir dictámenes vinculantes sobre las operaciones que afectan a empresas con actividades reguladas (distribución y transporte de gas y electricidad), potestad que se amplió durante la opa de E.ON sobre Endesa.
Sin embargo, a principios de julio pasado el Tribunal de la UE dictaminó que las nuevas competencias de la CNE no se ajustaban al derecho comunitario y las anuló.
La fusión de Gas Natural y Unión Fenosa ha sido la primera operación que ha llegado al regulador energético tras la resolución de los tribunales europeos y el Consejo de Administración de la CNE decidió hacer una lectura restrictiva de la parte de la norma que quedaba en vigor y no aplicar la función 14.
Antes de la decisión del Consejo del organismo Iberdrola presentó un escrito pidiendo que no se inhibiera, pero el máximo órgano de la eléctrica lo desestimó al considerar que no procedía.




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