Industria habilita a la sociedad Teramelcor para suministrar luz al nuevo precio regulado en Melilla
Hasta la reforma energética, este suministro a precio regulado lo realizaban las cinco grandes eléctricas, esto es, Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, E.ON España y EDP España. Estas empresas denunciaron ante el Tribunal Supremo esta circunstancia por discriminatoria, y el Gobierno respondió aplicando unos criterios no arbitrarios.
Conforme a estos nuevos criterios incluidos en la nueva normativa, estarán obligados a ofrecer el suministro a tarifa las comercializadoras integradas en los grupos empresariales que hayan suministrado en el territorio español a más de 100.000 clientes de media en los últimos doce meses o a 25.000 clientes en el caso de las ciudades de Ceuta y Melilla.
En el caso de Melilla, Teramelcor se ajusta a este criterio, motivo por que Industria publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el real decreto 930/2014, en el que se designa a la empresa comercializador de referencia de electricidad.
Hasta la ya derogada Ley del Sector Eléctrico 54/1997, las tarifas de último recurso, únicas en todo el territorio nacional, eran los precios máximos y mínimos que podrían cobrar los comercializadores que asumiesen las obligaciones de suministro de último recurso a los consumidores que se acogiesen a las mismas.
Desde la reforma energética, plasmada en la Ley 24/2013, las tarifas de último recurso quedan reservadas para los llamados consumidores vulnerables y los que, sin tener derecho al PVPC, carecen transitoriamente de un contrato de suministro con un comercializador.
Al mismo tiempo, el PVPC se define como unos precios máximos que podrán cobrar los comercializadores de referencia a los consumidores que se acojan a ellos.



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