Industria firma la orden de cese de explotación de Garoña pero espera modificar la normativa para que reanude su actividad en el futuro

La orden de cese de Garoña firmada por Nadal, y no por el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, es «un procedimiento administrativo iniciado hace meses; que el ministerio tenía que concluir antes del 6 de julio», cuando expira la licencia actual de la planta. «Estamos a cinco» apostilló la vicepresidenta en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, expuso que la autorización de Garoña expira este sábado, por lo que debe cesar su operación en esa fecha «aún cuando no existan razones de seguridad y protección radiológica que lo exijan y la empresa titular de la instalación haya invocado razones económicas para no solicitar la renovación de la autorización».

De este modo, el documento declara que el «cese definitivo de la explotación» tendrá lugar el 6 de julio de 2013 y establece las actividades que deberá realizar el titular en la planta. Estos límites y condiciones coinciden con los que aprobó el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear el pasado 3 de junio.

Por tanto, la central nuclear burgalesa, la más antigua del país, entrará en fase de pre-desmantelamiento a partir del domingo, 7 de julio y que podría aún tardar en torno a unos tres años, según marca la legislación nuclear.

De acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, en este periodo, Nuclenor tendrá que haber descargado el combustible del reactor y de las piscinas de almacenamiento, o bien contar con un plan de gestión del combustible gastado, aprobado por Industria previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Además, para entonces tendrá que haber acondicionado los residuos generados durante la explotación.

Sin embargo, la vicepresidenta señaló que se trata de una «orden de cese basada en motivos económicos, que no de necesidad; ahora se trata de trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro dado que no hay problemas de seguridad».

Por ello, Sáenz de Santamaría aseguró que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo «va a iniciar las modificaciones normativas necesarias» para «contribuir» a que pueda continuarse la actividad de la instalación «si así fuera posible».

En este sentido, añadió que de lo que ahora se trata es de «trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro, dado que no hay problemas de seguridad».

Para ello, la declaración de cese definitivo de una central nuclear podrá no ser verdaderamente definitivo hasta un año después si este se produce por motivos económicos, según el borrador de Real Decreto para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos, y que modifica en una disposición adicional el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas vigente.

De este modo, el borrador elimina del artículo 28 del Reglamento la palabra «definitivo» que acompaña al cese. Por ello, apunta que el Ministro, previo informe del CSN declarará el «cese» de dicha actividad estableciendo en la autorización de explotación las condiciones a las que deban ajustarse las actividades a realizar en la instalación «a partir de ese momento y el plazo en que se deberá solicitar la autorización de desmantelamiento o de desmantelamiento y cierre».

En la normativa actual se apunta, sin embargo, que esas condiciones deberán ajustarse a las actividades a realizar en la instalación «hasta la obtención de la autorización de desmantelamiento y el plazo en que se debería solicitar dicha autorización».

Además, el proyecto incorpora la novedad de que el cese –hasta ahora todo cese era definitivo– de actividad tendrá carácter definitivo cuando haya estado motivado por razones de seguridad nuclear o de protección radiológica.

«En otro caso, el titular podrá solicitar, a fin de reanudar la actividad, la renovación de la autorización de explotación dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha en que surta efectos la declaración de cese. Transcurrido dicho plazo, sin que haya tenido lugar dicha solicitud, la declaración de cese adquirirá, igualmente, carácter definitivo», apunta el proyecto.

Asimismo, añade una nueva disposición transitoria y que afecta a las instalaciones nucleares en las que se hubiera dictado la declaración de «cese definitivo» de la explotación. En este apartado, el texto apunta que las instalaciones que «a la entrada en vigor del Real Decreto» ya hubieran obtenido la declaración de «cese definitivo» de la explotación, podrán solicitar la renovación de autorización de la explotación, en los términos previstos en la nueva redacción.

Esta disposición adicional sería la que permitiría a Nuclenor pedir una renovación de la licencia (que se extingue a partir de las 23.59 horas de este sábado) ya que con la modificación del Reglamento de Instalaciones Nucleares tendría un ‘año de gracia’ en el que el Gobierno podría aprobar este Real Decreto que le permitiría volver a su actividad.

Además, la orden ministerial figura que el Consejo de Seguridad Nuclear podrá eximir «temporalmente» el cumplimiento de algún apartado de los documentos requeridos, informando a la Dirección General de Política Energética y Minas del inicio y de la finalización de la exención.

Además, se autoriza al titular bajo su responsabilidad, conforme a lo previsto por la normativa, a realizar modificaciones en el Manual de Garantía de Calidad «siempre que el cambio no reduzca los compromisos contenidos en el programa de garantía de calidad en vigor».

En la misma línea, Nuclenor también podrá acometer modificaciones en el Manual de Protección Radiológica y en el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible gastado en determinadas circunstancias y siempre con la autorización o apreciación favorable del organismo regulador.

Finalmente, autoriza a interponer un recurso de reposición en un mes o bien un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día 7 de julio.

Industria firma la orden de cese de explotación de Garoña pero espera modificar la normativa para que reanude su actividad en el futuro

La orden de cese de Garoña firmada por Nadal, y no por el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, es «un procedimiento administrativo iniciado hace meses; que el ministerio tenía que concluir antes del 6 de julio», cuando expira la licencia actual de la planta. «Estamos a cinco» apostilló la vicepresidenta en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, expuso que la autorización de Garoña expira este sábado, por lo que debe cesar su operación en esa fecha «aún cuando no existan razones de seguridad y protección radiológica que lo exijan y la empresa titular de la instalación haya invocado razones económicas para no solicitar la renovación de la autorización».

De este modo, el documento declara que el «cese definitivo de la explotación» tendrá lugar el 6 de julio de 2013 y establece las actividades que deberá realizar el titular en la planta. Estos límites y condiciones coinciden con los que aprobó el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear el pasado 3 de junio.

Por tanto, la central nuclear burgalesa, la más antigua del país, entrará en fase de pre-desmantelamiento a partir del domingo, 7 de julio y que podría aún tardar en torno a unos tres años, según marca la legislación nuclear.

De acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, en este periodo, Nuclenor tendrá que haber descargado el combustible del reactor y de las piscinas de almacenamiento, o bien contar con un plan de gestión del combustible gastado, aprobado por Industria previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Además, para entonces tendrá que haber acondicionado los residuos generados durante la explotación.

Sin embargo, la vicepresidenta señaló que se trata de una «orden de cese basada en motivos económicos, que no de necesidad; ahora se trata de trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro dado que no hay problemas de seguridad».

Por ello, Sáenz de Santamaría aseguró que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo «va a iniciar las modificaciones normativas necesarias» para «contribuir» a que pueda continuarse la actividad de la instalación «si así fuera posible».

En este sentido, añadió que de lo que ahora se trata es de «trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro, dado que no hay problemas de seguridad».

Para ello, la declaración de cese definitivo de una central nuclear podrá no ser verdaderamente definitivo hasta un año después si este se produce por motivos económicos, según el borrador de Real Decreto para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos, y que modifica en una disposición adicional el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas vigente.

De este modo, el borrador elimina del artículo 28 del Reglamento la palabra «definitivo» que acompaña al cese. Por ello, apunta que el Ministro, previo informe del CSN declarará el «cese» de dicha actividad estableciendo en la autorización de explotación las condiciones a las que deban ajustarse las actividades a realizar en la instalación «a partir de ese momento y el plazo en que se deberá solicitar la autorización de desmantelamiento o de desmantelamiento y cierre».

En la normativa actual se apunta, sin embargo, que esas condiciones deberán ajustarse a las actividades a realizar en la instalación «hasta la obtención de la autorización de desmantelamiento y el plazo en que se debería solicitar dicha autorización».

Además, el proyecto incorpora la novedad de que el cese –hasta ahora todo cese era definitivo– de actividad tendrá carácter definitivo cuando haya estado motivado por razones de seguridad nuclear o de protección radiológica.

«En otro caso, el titular podrá solicitar, a fin de reanudar la actividad, la renovación de la autorización de explotación dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha en que surta efectos la declaración de cese. Transcurrido dicho plazo, sin que haya tenido lugar dicha solicitud, la declaración de cese adquirirá, igualmente, carácter definitivo», apunta el proyecto.

Asimismo, añade una nueva disposición transitoria y que afecta a las instalaciones nucleares en las que se hubiera dictado la declaración de «cese definitivo» de la explotación. En este apartado, el texto apunta que las instalaciones que «a la entrada en vigor del Real Decreto» ya hubieran obtenido la declaración de «cese definitivo» de la explotación, podrán solicitar la renovación de autorización de la explotación, en los términos previstos en la nueva redacción.

Esta disposición adicional sería la que permitiría a Nuclenor pedir una renovación de la licencia (que se extingue a partir de las 23.59 horas de este sábado) ya que con la modificación del Reglamento de Instalaciones Nucleares tendría un ‘año de gracia’ en el que el Gobierno podría aprobar este Real Decreto que le permitiría volver a su actividad.

Además, la orden ministerial figura que el Consejo de Seguridad Nuclear podrá eximir «temporalmente» el cumplimiento de algún apartado de los documentos requeridos, informando a la Dirección General de Política Energética y Minas del inicio y de la finalización de la exención.

Además, se autoriza al titular bajo su responsabilidad, conforme a lo previsto por la normativa, a realizar modificaciones en el Manual de Garantía de Calidad «siempre que el cambio no reduzca los compromisos contenidos en el programa de garantía de calidad en vigor».

En la misma línea, Nuclenor también podrá acometer modificaciones en el Manual de Protección Radiológica y en el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible gastado en determinadas circunstancias y siempre con la autorización o apreciación favorable del organismo regulador.

Finalmente, autoriza a interponer un recurso de reposición en un mes o bien un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día 7 de julio.

Industria firma la orden de cese de explotación de Garoña pero espera modificar la normativa para que reanude su actividad en el futuro

La orden de cese de Garoña firmada por Nadal, y no por el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, es «un procedimiento administrativo iniciado hace meses; que el ministerio tenía que concluir antes del 6 de julio», cuando expira la licencia actual de la planta. «Estamos a cinco» apostilló la vicepresidenta en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, expuso que la autorización de Garoña expira este sábado, por lo que debe cesar su operación en esa fecha «aún cuando no existan razones de seguridad y protección radiológica que lo exijan y la empresa titular de la instalación haya invocado razones económicas para no solicitar la renovación de la autorización».

De este modo, el documento declara que el «cese definitivo de la explotación» tendrá lugar el 6 de julio de 2013 y establece las actividades que deberá realizar el titular en la planta. Estos límites y condiciones coinciden con los que aprobó el Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear el pasado 3 de junio.

Por tanto, la central nuclear burgalesa, la más antigua del país, entrará en fase de pre-desmantelamiento a partir del domingo, 7 de julio y que podría aún tardar en torno a unos tres años, según marca la legislación nuclear.

De acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, en este periodo, Nuclenor tendrá que haber descargado el combustible del reactor y de las piscinas de almacenamiento, o bien contar con un plan de gestión del combustible gastado, aprobado por Industria previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Además, para entonces tendrá que haber acondicionado los residuos generados durante la explotación.

Sin embargo, la vicepresidenta señaló que se trata de una «orden de cese basada en motivos económicos, que no de necesidad; ahora se trata de trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro dado que no hay problemas de seguridad».

Por ello, Sáenz de Santamaría aseguró que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo «va a iniciar las modificaciones normativas necesarias» para «contribuir» a que pueda continuarse la actividad de la instalación «si así fuera posible».

En este sentido, añadió que de lo que ahora se trata es de «trabajar sobre la posibilidad de que pueda reanudarse en el futuro, dado que no hay problemas de seguridad».

Para ello, la declaración de cese definitivo de una central nuclear podrá no ser verdaderamente definitivo hasta un año después si este se produce por motivos económicos, según el borrador de Real Decreto para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos, y que modifica en una disposición adicional el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas vigente.

De este modo, el borrador elimina del artículo 28 del Reglamento la palabra «definitivo» que acompaña al cese. Por ello, apunta que el Ministro, previo informe del CSN declarará el «cese» de dicha actividad estableciendo en la autorización de explotación las condiciones a las que deban ajustarse las actividades a realizar en la instalación «a partir de ese momento y el plazo en que se deberá solicitar la autorización de desmantelamiento o de desmantelamiento y cierre».

En la normativa actual se apunta, sin embargo, que esas condiciones deberán ajustarse a las actividades a realizar en la instalación «hasta la obtención de la autorización de desmantelamiento y el plazo en que se debería solicitar dicha autorización».

Además, el proyecto incorpora la novedad de que el cese –hasta ahora todo cese era definitivo– de actividad tendrá carácter definitivo cuando haya estado motivado por razones de seguridad nuclear o de protección radiológica.

«En otro caso, el titular podrá solicitar, a fin de reanudar la actividad, la renovación de la autorización de explotación dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha en que surta efectos la declaración de cese. Transcurrido dicho plazo, sin que haya tenido lugar dicha solicitud, la declaración de cese adquirirá, igualmente, carácter definitivo», apunta el proyecto.

Asimismo, añade una nueva disposición transitoria y que afecta a las instalaciones nucleares en las que se hubiera dictado la declaración de «cese definitivo» de la explotación. En este apartado, el texto apunta que las instalaciones que «a la entrada en vigor del Real Decreto» ya hubieran obtenido la declaración de «cese definitivo» de la explotación, podrán solicitar la renovación de autorización de la explotación, en los términos previstos en la nueva redacción.

Esta disposición adicional sería la que permitiría a Nuclenor pedir una renovación de la licencia (que se extingue a partir de las 23.59 horas de este sábado) ya que con la modificación del Reglamento de Instalaciones Nucleares tendría un ‘año de gracia’ en el que el Gobierno podría aprobar este Real Decreto que le permitiría volver a su actividad.

Además, la orden ministerial figura que el Consejo de Seguridad Nuclear podrá eximir «temporalmente» el cumplimiento de algún apartado de los documentos requeridos, informando a la Dirección General de Política Energética y Minas del inicio y de la finalización de la exención.

Además, se autoriza al titular bajo su responsabilidad, conforme a lo previsto por la normativa, a realizar modificaciones en el Manual de Garantía de Calidad «siempre que el cambio no reduzca los compromisos contenidos en el programa de garantía de calidad en vigor».

En la misma línea, Nuclenor también podrá acometer modificaciones en el Manual de Protección Radiológica y en el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible gastado en determinadas circunstancias y siempre con la autorización o apreciación favorable del organismo regulador.

Finalmente, autoriza a interponer un recurso de reposición en un mes o bien un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día 7 de julio.

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