Facua pide a la Comisión Europea que intervenga ante la «ilegalidad» de la nueva tarifa de luz y gas que no informa a priori del precio
La asociación denunció la «ilegalidad» de un mecanismo cuyo contenido pone en cuestión una reciente sentencia de la Sección Cuarta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según el cual los usuarios deben ser informados en tiempo oportuno antes de que entre en vigor cualquier subida de precios.
Facua requirió al jefe de la Unidad de Energía de Bruselas, Jan Panek, que analice el contenido de esta sentencia, publicada el pasado 23 de octubre y que responde a cuestiones planteadas por el Tribunal Federal alemán, en la que se establece que los consumidores de gas y electricidad «deben ser informados en tiempo oportuno, antes de que entre en vigor cualquier subida de precios, de los motivos, las condiciones y el alcance de dicho incremento».
Esta circunstancia contrasta con la situación en España, donde los proveedores modifican la tarifa «sin garantizar que antes de su entrada en vigor se informe a los usuarios en tiempo oportuno sobre los motivos, las condiciones y el alcance de ésta».
Facua ya denunció en marzo ante la Comisión Europea la nueva factura de la luz impuesta por el Gobierno de España por imponer unas fórmulas tarifarias y de facturación que «atentan contra los derechos de los usuarios» establecidos en tres directivas comunitarias, que son las de electricidad, protección de los consumidores y cláusulas abusivas.
Bruselas contestó hace unas semanas argumentando que inicialmente no encontraba ilegalidad en el nuevo modelo tarifario español, ante lo que Facua presentó una serie de alegaciones que ahora completó con el contenido de la sentencia del TJUE.
En paralelo, Facua está estudiando el inicio de acciones judiciales al considerar que la sentencia del alto tribunal europeo pone de manifiesto no sólo la ilegalidad de los actuales modelos de tarifas de electricidad y gas en España, sino también de los vigentes desde hace años.
Sobre esta base, «los consumidores podrían impugnar las subidas tarifarias que se han producido en los últimos años», con el argumento de que «las compañías energéticas no envían a los usuarios información sobre las modificaciones tarifarias con anterioridad a su aplicación, a diferencia de lo que ocurre en el sector de las telecomunicaciones, donde la legislación española les obliga a hacerlo con un mes de antelación».
En el caso de la electricidad, con el modelo anterior, la TUR, los precios se publicaban en el Boletín Oficial del Estado (BOE), algo que ha dejado de hacerse con el PVPC.



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