Endesa recurrirá la multa impuesta por el Tribunal Catalán Competencia
Endesa anunció que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la multa de 82.000 euros por abuso de posición de dominio que le ha impuesto el Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia (TCDC).
Endesa también señaló que si bien la sanción se inició por una denuncia conjunta de la Federación Catalana de Promotores y Constructores de Edificios (FECAPCE) -que agrupa un 55% de las empresas del sector que operan en Cataluña– y la empresa promotora de viviendas Rucallón, la Federación acabó retirándose del proceso.
La multa se debe a hechos acaecidos en 2005, cuando la Federación Catalana de Promotores y Constructores de Edificios (FECAPCE) -que agrupa un 55% de las empresas del sector que operan en Cataluña- y la empresa promotora de viviendas Rucallón denunciaron a Endesa antes las autoridades de competencia.
Los denunciantes alegaron que la eléctrica había modificado unilateralmente las relaciones contractuales pactadas en un principio para llevar las acometidas a las promociones de vivienda imponiendo presupuestos nuevos por encima de los pactados inicialmente.
Se entiende por acometida eléctrica las contraprestaciones económicas que paga a la empresa distribuidora por las obras que se ejecutan para llevar el suministro eléctrico o ampliar la potencia, desde la red de distribución hasta un nuevo equipamiento, solar o edificio.
Endesa justificó estos cambios por la anulación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del Decreto 329/2001 que aprobaba el Reglamento de suministro eléctrico, y según el cual las empresas distribuidoras de energía estaban obligadas a asumir los costos de las infraestructuras de acometida necesarias para atender nuevos suministros o ampliaciones de potencia hasta 100 kw. Endesa entiende que como este decreto fue declarado nulo, rige la norma estatal, que dice que la distribuidora sólo ha de asumir ampliaciones de potencias hasta 50 kw.
Endesa anunció a los promotores que solicitan acometidas eléctricas que debían pagar la diferencia pese a que la petición se hubiera presentado con anterioridad y les advirtió de que en caso de negativa les rescindiría el contrato.
El organismo regulador recuerda «la posición de dominio» de la que disfruta la empresa denunciada, «consistente en una modificación unilateral de algunas de las relaciones jurídicas formalizadas inicialmente» en aquellos casos en que no había cláusula de salvaguarda.



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