El Tribunal Supremo anula la congelación de la luz pactada por el Gobierno y el PP en julio de 2010
En una sentencia del 31 de octubre, el Supremo anuló el primer artículo de la orden ministerial 1732/2010, en el que se congelan las tarifas de acceso, que son las que recogen los costes regulados de la electricidad «por razones de fondo» y aseguró que éstos «deben incrementarse en la cuantía necesaria para que las empresas recuperen las cantidades aportadas».
El tribunal adoptó esta decisión en respuesta a un recurso presentado por Iberdrola, que denunció la medida. En la sentencia se da la razón a Iberdrola en este aspecto, pero no en otra de sus pretensiones, que es la recibir indemnizaciones por los efectos negativos de la congelación tarifaria.
La compañía presidida por Ignacio Sánchez Galán reclamaba la anulación de la orden ministerial y que se obligase a la Administración a redactar otra en la que se reconociese el desajuste de 1.116 millones de euros del sistema eléctrico de 2010 y se reconociese el derecho de Iberdrola a «ser indemnizada en la cantidad necesaria para resarcirle íntegramente de los daños y perjuicios» ocasionados.
Asimismo, Iberdrola solicitó que se incrementaran a partir del 1 de julio de 2010 los peajes en la cuantía necesaria para que la eléctrica recuperase el 35% que le corresponde de dicho desfase, y reclamaba que se recalculara la TUR en el tercer trimestre en función del incremento propuesto.
Pero Iberdrola no fue la única empresa en denunciar la congelación de los peajes, ya que Gas Natural Fenosa, Endesa, E.On España, HC Energía, la Asociación de Comercializadoras Independientes de Energía (ACIE), la Asociación de Empresas Eléctricas (ASEME) y Cide Sociedad Cooperativa también presentaron un recurso contencioso administrativo.
En su sentencia, el Supremo no solo consideró que la orden ministerial contraviene la Ley del Sector Eléctrico, en la que se fija una senda de suficiencia en la tarifa para que no siga produciéndose déficit, sino que también se vulneran aspectos formales.
En concreto, señaló que la orden ministerial se aprobó sin informe previo de la Comisión Nacional de la Energía (CNE). Esta orden sustituyó un borrador de norma anterior en que se recogía un aumento de peajes eléctricos y que sí había sido analizado por el organismo regulador.
Además, según el Supremo, el legislador reconoció en su día que «la obligación de financiar el déficit de tarifa, en general, y el retraso en su compensación, en particular, generan perjuicios a las empresas acreedoras».
Los ponentes del Supremo recordaron también en su sentencia que en la propuesta inicial remitida por el Ministerio de Industria se aumentaban los peajes de acceso a partir del 1 de julio de 2010 para hacer frente al déficit de 2009, aunque al final de dicho año la orden suprimía el incremento «esperado».
En sus argumentos, el Supremo sostiene que este «significativo cambio entre la propuesta y el texto final, no vino acompañado, ni siquiera a posteriori, de explicación satisfactoria alguna». Un cambio que no es puesto en duda por la propia Administración demandada.
También, destacó que «eran y son innegables tanto la existencia de dicho exceso o desajuste temporal, como la regla de que su importe debería haber sido reconocido de forma expresa al aprobarse los peajes del año 2010».
El diario «El Mundo«, que adelantó el contenido de esta sentencia, indicó que su contenido sienta jurisprudencia ante la posibilidad de que el Gobierno que salga de las urnas el 20-N pueda aplicar por los mismos cauces revisiones en la tarifa.
El ministro de Industria, Miguel Sebastián, y el coordinador económico del PP, Cristóbal Montoro, cerraron tres días antes de la entrada en vigor de la revisión de tarifas un acuerdo para congelar el recibo de la luz a cerca de 25 millones de hogares.
El PP apoyó la congelación de la luz por «intención política» de evitar más subidas
Por su parte, Montoro defendió que los populares pactaron con el Gobierno la congelación de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de la luz en la revisión trimestral de julio de 2010, anulada ahora por el Tribunal Supremo (TS), en el marco de su «intención política» de evitar nuevos incrementos tarifarios en la electricidad, al tiempo que añadió que «obviamente», esta sentencia del TS «está para cumplirse».
«Es evidente que había una ley que el Gobierno del PSOE, en sus negociaciones con nosotros, no fue capaz de cambiar. Se trataba de aplazar la subida de la luz hasta que tuviéramos un nuevo esquema legal de las tarifas eléctricas y los costes de producción energética», explicó Montoro en cuanto al mencionado acuerdo relativo a la congelación tarifaria.
A tal efecto, recordó que, finalmente, fue el Gobierno el que «alumbró esa ley, que lo que hace es garantizar la subida inexorable de las tarifas eléctricas». «Tendremos que cambiar la política energética de nuestro país», anunció el coordinador económico del PP.


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