El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de la AEE contra la orden de peajes de acceso que cambia las tarifas del sector eólico

AEE consideró que la citada disposición «no se ajusta a Derecho y que es gravemente lesiva para los intereses del sector eólico» y que aplica por primera vez el Real Decreto-Ley 2/2013 de medidas urgentes en el sistema eléctrico y, por lo tanto, constituye «la primera posibilidad de discutir judicialmente tales medidas».

Así, la asociación señaló que la forma en que se aprobó el Real Decreto-Ley, así como su contenido, «vulneran el Derecho Comunitario y la Constitución, lo que permite que, en el recurso frente a la orden, se pongan en tela de juicio las medidas adoptadas de forma urgente por el Gobierno en el Real Decreto-Ley 2/2013″.

Estas medidas suponen por un lado la eliminación de la posibilidad de acogerse a la opción de mercado más prima (lo que afectó a más del 90% de los parques eólicos españoles) y, por otro, la modificación de los parámetros de actualización de las tarifas, lo que supone una reducción de facto importante de la retribución, indicó AEE.

Por ello, afirmó que está haciendo «todo lo posible para que se eliminen o modifiquen los aspectos injustificados y perniciosos» para el sector que contiene la norma. De hecho, en sus alegaciones a esta misma Orden de Peajes ante la Comisión Nacional de la Energía (CNE) el pasado febrero, AEE argumentó que «la norma infringe los principios de rentabilidad razonable, seguridad jurídica y confianza legítima».

Asimismo, subrayó que el hecho de que la norma se publicara en febrero y sea de aplicación desde el pasado 1 de enero «supone un caso de retroactividad pura o propia, por lo que vulnera claramente los derechos adquiridos de las empresas».

De esta manera, AEE opinó que las medidas tomadas por el Gobierno en relación al sector son «inaceptables», y debería reconsiderarlas, ya que hacen más daño que los beneficios que generan, «lo que ya se está apreciando en los continuos cierres de fábricas y destrucción de empleo».

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