El Tribunal de Justicia de la UE y la Audiencia Nacional frenan la puesta en marcha del decreto sobre el carbón

Por un lado, la Audiencia Nacional ha paralizado uno de los desarrollos reglamentarios del decreto ya publicado en el BOE a la espera de la celebración el próximo 3 de noviembre de una vista en la que decidirá si aplica las medidas cautelarísimas solicitadas por las eléctricas (Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa ) e inhabilita la norma.

Las cautelarísimas responden a una resolución publicada por el Ministerio de Industria con detalles técnicos para la aplicación del decreto, entre ellos el precio al que se pagará el megavatio hora a las nueve centrales que quemen carbón nacional, situado en una media de 71,63 euros.

Las eléctricas recurrieron el desarrollo porque recogía un plazo de sólo tres días para que las centrales remitiesen sus cartas de intención a los distribuidores eléctricos, lo que, a juicio de las empresas, supone un lapso de tiempo insuficiente.

Según Industria, la aceptación de las medidas cautelarísimas referentes a la citada carta no bloquean la entrada en vigor del decreto, ya que hay mucho carbón almacenado que deberá ser quemado por las eléctricas por el procedimiento de resolución de restricciones por garantía de suministro en el que se basa la normativa.

Por otro lado, el Tribunal de Luxemburgo ha solicitado por carta al Gobierno español que retrase en dos meses la aplicación de la norma para analizar el expediente. Las eléctricas habían recurrido el decreto ante esta instancia judicial.

En este caso, las eléctricas también habían pedido medidas cautelarísimas contra un texto que no ha recibido en principio trabas de la Comisión Europea y que, según dicen, podría alterar el funcionamiento del mercado eléctrico al incentivar el carbón en detrimento de otras tecnologías.

Las mismas fuentes del Ministerio informaron de que no se trata de ningún tipo de resolución y que el escrito no es vinculante, por lo que tampoco bloquea la aplicación del decreto.

Las decisiones de la Audiencia y de la Justicia europea se producen apenas ocho días después de que, en otro de los frentes judiciales abiertos por las eléctricas, el Tribunal Supremo rechazase la petición realizada por separado por Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa de medidas cautelarísimas en contra del decreto.

Las grandes eléctricas presentaron el pasado 7 de octubre por separado sendos recursos ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Supremo en contra del decreto y, pese al rechazo de las cautelarísimas, aún podrían lograr una paralización mediante cautelares o, más adelante, mediante un fallo satisfactorio.

Las empresas consideran el decreto contrario a la Ley del Sector Eléctrico por alterar el mercado al dar mayor entrada a las centrales térmicas de carbón, en detrimento de otras tecnologías como los ciclos combinados de gas o las térmicas de carbón de importación, que resultarán desplazados.

La norma, entienden las empresas, requiere de la aprobación previa de una ley que permita retirar la retribución a las instalaciones eléctricas que queden desplazadas en el sistema por el mayor uso de centrales térmicas de carbón. Por este motivo, el decreto carece, a su juicio, de rango legal suficiente.

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