El Supremo rechaza suspender de forma cautelar el decreto con el recorte a las energías renovables

La decisión del Alto Tribunal aparece recogida en los tres primeros autos de rechazo de medidas cautelares de suspensión presentadas por otros tantos recurrentes. Las empresas en cuestión son Energías Alternativas Murcianas, EnergyWorks San Millán y Energyworks Fonz.

A efectos prácticos, el nuevo sistema retributivo supone un recorte de los incentivos anteriormente recibidos para la mayor parte de las instalaciones.

Según indican los autos, la suspensión «generalizada» de la orden ministerial 1045/2014 supondría «prescindir del designio legislativo y podría poner en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico español», incluso en caso de admitirse que su aplicación puede generar un «perjuicio económico inmediato» a los productores.

De haberse adoptado esta decisión también podría paralizarse de forma generalizada el nuevo régimen retributivo aplicable a las instalaciones de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, según señalaron los magistrados.

No obstante, el tribunal apuntó que «en el mejor de los casos» conllevaría «mantener de modo provisional la subsistencia de un marco retributivo anterior cuyas consecuencias negativas eran ya perceptibles».

El nuevo régimen retributivo «a la vez que trata de evitar esas consecuencias, confiesa su voluntad de permitir que este tipo de instalaciones cubran los costes necesarios para competir en el mercado, en un nivel de igualdad con el resto de tecnologías y que obtengan una rentabilidad razonable», según dictaminó el Supremo.

El resarcimiento posterior para estos productores, de quedar jurídicamente establecido, sería «posible en todo caso», por lo que el Supremo no ha visto necesaria la suspensión cautelar.

Así, el Supremo impuso las costas de los procesos a las partes recurrentes, si bien limitó hasta una cifra máxima de 1.000 euros la condena al pago de las costas a satisfacer a la parte contraria.

Los recursos se aproximan a los 300

Asimismo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo admitió a trámite otra veintena de recursos contencioso-administrativos contra la nueva regulación de renovables que fija los parámetros de retribución a renovables, cogeneración y residuos, que acumula ya un total de 294 recursos en su contra.

Entre los últimos recursos presentados están los interpuestos por Lácteos Avilés, la Asociación de Productores de Energía Hidroeléctrica ‘Urwatt’, l’Associació de Productors i Usuaris d’Energia Elèctrica (Apuee), Energía de Galicia, Microcentrales de Andalucía, Albert Llorens y otras 292 personas físicas y jurídicas. Estos recursos se suman a los interpuestos por una larga lista de empresas y asociaciones entre las que destacan Gas Natural Fenosa, Enel, EDP, Protermosolar, APPA, o UNEF.

Los demandantes dirigen sus recursos contra el real decreto 413/2014 y la orden IET/1045/2014. El primero regula la producción de electricidad a partir de energías renovables, cogeneración y residuos, mientras que la orden ministerial contempla los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las distintas instalaciones con una rentabilidad razonable antes de impuestos cercana al 7,5% a lo largo de toda la vida útil de la instalación, conforme a los estándares para cada instalación.

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