El Supremo rechaza elevar de forma cautelar la parte regulada de la tarifa eléctrica para cubrir el déficit de 2013
En un auto, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal consideró que no hay razones de urgencia para acceder a la pretensión de la compañía eléctrica y que la «complejidad y trascendencia» de las cuestiones planteadas aconsejan seguir el cauce procesal ordinario.
La petición de Iberdrola se refiere a la orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo del pasado 1 de agosto, por la que se revisaban los peajes de acceso de energía eléctrica para su aplicación a partir de esa fecha, estableciendo una subida de los mismos del 8% que dio como resultado un incremento de la tarifa eléctrica del 3,2%.
Para la compañía eléctrica, sin embargo, son necesarios unos ingresos adicionales de 500 millones de euros para cubrir el déficit de tarifa previsto para este año, que el ministro José Manuel Soria cifró el pasado 25 de septiembre entre 2.500 y 3.000 millones de euros, por lo que solicitó que se ordenara al Estado a subir aún más los peajes de acceso con efecto inmediato.
Según Iberdrola, esos 500 millones de euros fueron «indebidamente minorados en la retribución de las energías renovables». Además la eléctrica advirtió de que los ingresos por las subastas de derechos de emisión de CO2 también serán menores a los 150 millones de euros previstos en la orden de peajes de agosto.
El Tribunal Supremo consideró, sin embargo, que no hay razones de urgencia para ello, como demuestra que Iberdrola esperara al final del plazo previsto para interponer el recurso cuando la orden impugnada fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 3 de agosto.
«Dicha actuación de la propia parte recurrente no se compadece con que pretenda la adopción de medidas cautelares positivas sin oír a la parte adversa, la Administración General del Estado», señalaron los magistrados, que añadieron que aunque la orden ya esté en vigor sus efectos no serán «sustancialmente diferentes», después de la tramitación del recurso por el cauce ordinario.
Tampoco le resultaron «convincentes» al tribunal los argumentos empleados por Iberdrola para justificar la adopción de la medida cautelarísima de forma inmediata, debido a la enorme cuantía del déficit tarifario acumulado a lo largo de 2013.
El déficit de tarifa, el desfase generado al ser los ingresos del sistema eléctrico insuficientes para cubrir los costes, supera los 26.000 millones de euros desde el año 2000.
Tras la decisión adoptada, el Supremo volverá a pronunciarse sobre la petición de Iberdrola después de oír a la Administración.
«No cabe duda de que se trata de cuestiones de gran complejidad y trascendencia económica y social, por lo que requieren una decisión equilibrada que contemple las razones de las partes personadas en el procedimiento, una vez que, tal y como se ha indicado, no se evidencia la necesidad de una inmediata resolución sobre las medidas solicitadas», dijo el auto.



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