El Ministerio de Hacienda aclara a los transportistas dudas sobre la devolución del céntimo sanitario

Según informó la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, les explicó que hay ya prevista una partida presupuestaria destinada a esta contingencia para aquellos contribuyentes que soliciten su devolución.

Fenadismer indicó que se les trasladó que la voluntad de la Agencia Tributaria es acceder a dicha devolución, previa comprobación de las facturas que acrediten que el consumidor soportó el impuesto.

Hacienda aclaró, además, que sólo serán admitidas aquellas facturas que contengan desglosado el importe concreto del citado impuesto o que al menos incluyan en la propia factura una referencia de que en el precio va incorporado el impuesto. Por tanto, serán rechazadas las facturas que no recojan tal mención o desglose del impuesto.

La solicitud de devolución podrá solicitarla tanto el consumidor final como la empresa proveedora del carburante, si bien no se admitirán las solicitudes de devolución que presenten las entidades emisoras de tarjetas de carburante, por cuanto no tienen reconocida la consideración de sujeto pasivo del impuesto.

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