El juez desestima la petición de Iberdrola de tomar varias medidas cautelares contra ACS
Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contra esta resolución cabe recurso de apelación a presentar en el término de cinco días. El auto del magistrado deja claro, además, que la demandante (Iberdrola) se enfrenta también a una condena en costas.
En la vista oral, la eléctrica denunció un «intento de control contable» por parte de la constructora, que, por su parte, defendió su derecho de participación en el Consejo de Administración de Iberdrola, basándose en su calidad de accionista mayoritario -posee el 12% del capital-.
Ambas sociedades se vieron las caras en este tribunal para dirimir sobre las citadas medidas cautelares solicitadas por la eléctrica, que el pasado 26 de mayo impugnó las cuentas de ACS del ejercicio 2009, concretamente la memoria, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la gestión del Consejo, alegando infracciones de la normativa jurídico-contable. Iberdrola sostiene que existe «una duda muy razonable» de que las cuentas de ACS del ejercicio 2009 son «ilícitas».
El demandante solicitaba la adopción de medidas cautelares consistentes en la anotación preventiva de la precedente demanda en el Registro Mercantil de Madrid para «garantizar el resultado y la efectividad del proceso, ofreciendo prestar caución en la suma de 100.000 euros o en otro caso la que el Juzgado estime oportuna.
Tal y como consta en el auto, «no ha quedado acreditada» la concurrencia de todos los requisitos necesarios para la concesión de la medida cautelar solicitada, por lo que «sin más razonamientos ya procedería su desestimación».
El magistrado entiende que para solicitar la tutela cautelar «no basta con recurrir a argumentaciones genéricas como la simple garantía de terceros».
Además, el juez Nieto Delgado considera que la eléctrica que preside Ignacio Sánchez Galán «habría adquirido una participación ínfima en el capital de ACS (20.000 acciones, equivalentes a un 0,0064% del capital social) con el único objetivo de impugnar los acuerdos sociales de la compañía demandada».
Esto, añade, «evidenciaría un mero ‘animus retorquendi o defendendi’ frente a la demanda interpuesta» (esto es, ánimo o intención de defenderse) por ACS ante los Juzgados Mercantiles de Bilbao, después de que Iberdrola impidiera la entrada de un accionista de la constructora en su Consejo de Administración, en su última Junta de Accionistas.
En alusión a este cruce de denuncias, el magistrado incide en que «únicamente se atenderá a las pretensiones que las partes deduzcan en este pleito», no en otros, «sin que deba producirse la menor interferencia entre dos impugnaciones cuyo objeto y fundamentación son totalmente distintos».
Además, señala que aunque la demanda prosperase, el efecto de la sentencia que en su día se dicte será que ACS tendrá que volver a convocar a sus socios para proceder a la aprobación de las cuentas rectificadas, «sin que se comprenda de qué modo habrá de contribuir a garantizar dicha situación la mera anotación de la demanda en el Registro Mercantil».
Las cotizadas se enfrentaron de nuevo tras un procedimiento similar celebrado la semana pasada en el Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao, que denegó la suspensión cautelar solicitada por ACS de los acuerdos adoptados por la última Junta General de Iberdrola, que sirvieron para rechazar la entrada de un representante de la constructora en el consejo de administración de la eléctrica vasca.

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