El Gobierno reduce de 49 a 10 millones de euros las ayudas para comprar coches eléctricos en 2012

Según el Ejecutivo, «de este modo se compatibiliza el objetivo de esfuerzo reducción del gasto con el apoyo a la demanda de este tipo de vehículos con las consecuentes sinergias positivas de eficiencia entre el sector de automoción y el de energía, y la incorporación de tecnología nueva e innovadora».

El Ministerio subvencionará un 25% del precio de venta antes de impuestos del vehículo si incluye batería y del 35% si no la incluye, con un máximo de 6.000 euros por unidad para flotas y usuarios particulares y de hasta 30.000 euros para los vehículos grandes (como autobuses), dependiendo del tipo de vehículo.

Estas ayudas se concederán, con las mismas condiciones y el mismo sistema de gestión utilizado en 2011, a aquellas solicitudes presentadas entre el 1 de enero al 30 de noviembre de 2012.

Desde Industria indicaron que podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas, autónomos, empresas, administraciones públicas y las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local. Se enmarcan en las mismas la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos.

Las ayudas, asimismo, abarcan prácticamente todos los segmentos de vehículos: turismos, furgonetas, furgones, autobuses motocicletas y cuadriciclos.

Los límites establecidos para estas ayudas se establecen de la siguiente forma:

GRUPO 1: vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e, L3e

-2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 kilómetros no inferior a 15 km.

-4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 kilómetros e inferior o igual a 90 km.

-6.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 kilómetros.

GRUPO 2: vehículos microbuses M2 y comerciales N2

-Máximo de 15.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 kilómetros.

GRUPO 3: vehículos autobuses y autocares M3

-Máximo de 30.000 euros, siempre que su autonomía sea superior a 60 kilómetros.

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