El Gobierno aprueba rechazar el requerimiento de Cataluña sobre el cálculo para la retribución de la distribución de energía eléctrica

La Generalitat entendía que el real decreto de 2013 de retribución de la energía eléctrica no respeta la competencia autonómica de desarrollo legislativo de las bases del sector energético.

Con carácter general, la Generalitat alegó que Cataluña se caracteriza por una mayor extensión de la red eléctrica de baja tensión, entendiendo así que la uniformidad de las bases contenidas en el real decreto no permite desarrollar la normativa estatal para adaptarla a las particularidades de su territorio.

Por el contrario, el Gobierno estimó que las características propias de cada territorio «no pueden impedir el ejercicio de la competencia estatal sobre el régimen económico del sector eléctrico», tal y como queda avalado por varias sentencias del Tribunal Constitucional.

En cualquier caso, el objetivo de la norma «no es otro que establecer una formulación para retribuir los activos de distribución con una metodología clara, tanto de las instalaciones ya en servicio como de las futuras, bajo la premisa de garantizar el suministro eléctrico en condiciones de igualdad, calidad y al menor coste posible», de acuerdo con las competencias que al Estado le confiere el artículo 149.1 de la Constitución.

Por tanto, «el Estado ostenta la competencia para dictar la norma cuestionada y rechaza el requerimiento formulado».

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