El CSN ordena a Garoña reforzar la vigilancia de la piscina de combustible y de la situación del personal hasta el cese definitivo

Así, según informó el organismo que preside desde diciembre Fernando Martí, el acuerdo del Pleno se produce en el ámbito de la cultura de seguridad y dentro de los límites y condiciones asociados a la autorización de explotación vigente, que expirará el 6 de julio proximo.

Además, ante la comunicación realizada el 28 de diciembre de 2012 por Nuclenor, titular de Garoña, sobre el cese de explotación de la planta, el organismo regulador subrayó que la declaración de cese de explotación es competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y recordó que esta declaración debe hacerse previo informe del CSN.

Por ello, consideró que la comunicación del 28 de diciembre «debe entenderse como una puesta en conocimiento de cese material de la operación y de la intención de cesar la explotación». Sin embargo, el Pleno del CSN añade que mientras no se declare como tal por el Ministerio, «no tendrá los efectos jurídicos correspondientes al cese».

Esto implica que, por lo tanto, a efectos del CSN la planta sigue operativa aunque en parada y seguirá sujeta a los requisitos de la autorización vigente (documentos oficiales de explotación e ITC del CSN), «no existiendo cambio alguno en este sentido, de la situación jurídica de la planta, hasta que se produzca el acto administrativo de declaración de cese».

En este contexto, en la reunión del Pleno del CSN, se acordó que la secretaria general eleve en el plazo de dos meses, un informe sobre el cumplimiento de los límites y condiciones impuestos en la autorización de explotación vigente, a la central nuclear Santa María de Garoña, así como de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) emitidas por el CSN, tanto las asociadas a la explotación como las asociadas a las pruebas de resistencia y los compromisos del titular de dicha central, tras la parada y descarga del combustible del reactor efectuada en diciembre pasado.

El CSN revisará si Garoña cumple con sus requisitos de seguridad

El CSN ordena a Garoña reforzar la vigilancia de la piscina de combustible y de la situación del personal hasta el cese definitivo

Así, según informó el organismo que preside desde diciembre Fernando Martí, el acuerdo del Pleno se produce en el ámbito de la cultura de seguridad y dentro de los límites y condiciones asociados a la autorización de explotación vigente, que expirará el 6 de julio proximo.

Además, ante la comunicación realizada el 28 de diciembre de 2012 por Nuclenor, titular de Garoña, sobre el cese de explotación de la planta, el organismo regulador subrayó que la declaración de cese de explotación es competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y recordó que esta declaración debe hacerse previo informe del CSN.

Por ello, consideró que la comunicación del 28 de diciembre «debe entenderse como una puesta en conocimiento de cese material de la operación y de la intención de cesar la explotación». Sin embargo, el Pleno del CSN añade que mientras no se declare como tal por el Ministerio, «no tendrá los efectos jurídicos correspondientes al cese».

Esto implica que, por lo tanto, a efectos del CSN la planta sigue operativa aunque en parada y seguirá sujeta a los requisitos de la autorización vigente (documentos oficiales de explotación e ITC del CSN), «no existiendo cambio alguno en este sentido, de la situación jurídica de la planta, hasta que se produzca el acto administrativo de declaración de cese».

En este contexto, en la reunión del Pleno del CSN, se acordó que la secretaria general eleve en el plazo de dos meses, un informe sobre el cumplimiento de los límites y condiciones impuestos en la autorización de explotación vigente, a la central nuclear Santa María de Garoña, así como de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) emitidas por el CSN, tanto las asociadas a la explotación como las asociadas a las pruebas de resistencia y los compromisos del titular de dicha central, tras la parada y descarga del combustible del reactor efectuada en diciembre pasado.

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Así, según informó el organismo que preside desde diciembre Fernando Martí, el acuerdo del Pleno se produce en el ámbito de la cultura de seguridad y dentro de los límites y condiciones asociados a la autorización de explotación vigente, que expirará el 6 de julio proximo.

Además, ante la comunicación realizada el 28 de diciembre de 2012 por Nuclenor, titular de Garoña, sobre el cese de explotación de la planta, el organismo regulador subrayó que la declaración de cese de explotación es competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y recordó que esta declaración debe hacerse previo informe del CSN.

Por ello, consideró que la comunicación del 28 de diciembre «debe entenderse como una puesta en conocimiento de cese material de la operación y de la intención de cesar la explotación». Sin embargo, el Pleno del CSN añade que mientras no se declare como tal por el Ministerio, «no tendrá los efectos jurídicos correspondientes al cese».

Esto implica que, por lo tanto, a efectos del CSN la planta sigue operativa aunque en parada y seguirá sujeta a los requisitos de la autorización vigente (documentos oficiales de explotación e ITC del CSN), «no existiendo cambio alguno en este sentido, de la situación jurídica de la planta, hasta que se produzca el acto administrativo de declaración de cese».

En este contexto, en la reunión del Pleno del CSN, se acordó que la secretaria general eleve en el plazo de dos meses, un informe sobre el cumplimiento de los límites y condiciones impuestos en la autorización de explotación vigente, a la central nuclear Santa María de Garoña, así como de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) emitidas por el CSN, tanto las asociadas a la explotación como las asociadas a las pruebas de resistencia y los compromisos del titular de dicha central, tras la parada y descarga del combustible del reactor efectuada en diciembre pasado.

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