El CSN aprueba los planes de emergencia de las centrales

La nueva normativa incluye diversos cambios en el órgano ejecutivo de dirección de la emergencia, con incorporación al mismo de representantes municipales. Asimismo, se incluyen otras modificaciones que permiten adecuar cada Plan a la situación actual.

El CSN, en el marco de sus competencias, ha evaluado el contenido de dichos planes, concluyendo que se atienen a los criterios radiológicos que estableció en su día, que cumplen las directrices recogidas en la norma por la que se modifica el Plan Básico de Emergencia Nuclear (Plaben), que no modifican ninguna de las atribuciones encomendadas al Grupo Radiológico, ni alteran las funciones y competencias atribuidas por ley al Consejo de Seguridad Nuclear en emergencia nuclear.

Como modificación común a los cinco Planes se incorpora al órgano ejecutivo de cada Plan un representante de los alcaldes de la Zona I de planificación. Asimismo, se indica que el director del Plan tiene potestad para incorporar al órgano ejecutivo a cualquier otro miembro con las funciones que en cada momento sean requeridas.

Dichos planes se someterán a la aprobación por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, previo informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear y de la Comisión Nacional de Protección Civil.

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