El Consejo de Estado emite un dictamen dentro de lo que cabía esperar

El dictamen que el Consejo de Estado emitió hace una semana sobre la propuesta de Industria de modificar el Real Decreto 436/2004 es relativamente suave si lo comparamos con el que en su día emitió al respecto la Comisión Nacional de Energía, CNE, o con las posturas que el sector de las energías en régimen especial, especialmente el eólico, ha mantenido desde el principio.

Aun siendo mucho más liviano que el sector eólico o que la misma CNE, el dictamen del Consejo de Estado no deja de ser crítico con la actuación de la Secretaría General de Energía, y lo que es más importante, hace una serie de observaciones que instan al Ministerio de Industria a seguir las recomendaciones que le hace la CNE al respecto.

Por un lado, el texto minimiza el impacto de la seguridad jurídica, un problema al que aluden constantemente las patronales del sector y que ha complicado especialmente la toma de una decisión por parte de la CNE. El dictamen afirma, efectivamente, que el proyecto del nuevo marco normativo del Régimen Especial no vulnera el principio de seguridad jurídica. Y sin embargo recrimina a Industria que ese proyecto no incorpore un informe sobre el impacto económico de la nueva norma. “No cabe desconocer la significación que en materia de política económica tienen las observaciones desfavorables para el proyecto que se contienen en el informe de la CNE”, apunta.

Otra de las críticas del Consejo de Estado hacia el Ministerio de Industria en su preparación del proyecto se basa en el hecho de que no se hayan incluido en el proceso los informes de los ministerios de Economía y Hacienda y de Medio Ambiente, “dada la importancia del proyecto en lo que hace a la política económica y la relevancia que para el medio ambiente tiene el fomento de la utilización de las energías renovables”.

En el texto se hace también referencia al informe de la CNE, por cuanto éste considera “discriminatoria, y posiblemente contraria a la ley, la exclusión de la retribución de la garantía de potencia de la energía no gestionable”. Explica que, en la Ley del Sector Eléctrico, se ordena “retribuir la garantía de potencia que cada unidad de producción preste efectivamente al sistema”, y añade que “es necesario advertir que la legalidad de la disposición adicional segunda del proyecto depende de la firmeza con la que se pueda sostener que las unidades de producción de energía primaria no gestionable no prestan ninguna garantía de potencia al sistema”.

El Consejo de estado emplaza, en suma, a la Secretaría General de Energía, a que negocie con las eólicas aquellos puntos que resultan especialmente conflictivos, como el régimen de las primas y su retroactividad o la eliminación de la garantía de potencia.

Con todo, el texto final emitido por el Consejo de Estado no es todo lo beligerante que algunos desearían y, por otra parte, es comprensible que no sea tan exigente como la propia Comisión Nacional de Energía.

Y ello por dos cuestiones, principalmente. En primer lugar, el Consejo de Estado no tiene medios para hacer estudios de estas características, ya que no cuenta con los especialistas necesarios en materia de regulación eléctrica en régimen especial, que puedan avalar un correcto diseño del marco regulatorio que hace falta.

Por otro lado, y quizá más importante, el Consejo de Estado no cuenta con más datos que aquellos con los que ha trabajado el Ministerio. Recordemos que Industria se ha basado en las cifras de un solo trimestre para calcular la rentabilidad de los parques eólicos. Esto supone un error, por la estrechez del margen, si tenemos en cuenta que la duración de un parque eólico ronda los 15 a 20 años. Y un doble error si además ese cálculo tan estrecho se hace en un momento de máximos de rentabilidad, lo que distorsiona, por extrapolación, el cálculo de la rentabilidad media de los parques. Desde aquel máximo en que Industria tomó su referencia, los precios del pool no han vuelto a alcanzar esas cotas.

Por tanto, puede decirse que la imagen que ha llegado al Consejo de Estado sobre la rentabilidad de los parques eólicos no se corresponde fielmente con la realidad y, en este sentido, el dictamen emitido por este organismo era un resultado esperable.

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