Diez causas para un recurso
1- Retroactividad impropia y lesiva
La principal causa para presentar el recurso de inconstitucionalidad es la retroactividad que se quiere aplicar a las nuevas medidas dictadas. El Real Decreto Ley dispone un nuevo régimen retributivo para la producción eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos; pero no afectará únicamente a las instalaciones que entren en funcionamiento con posterioridad a su entrada en vigor, también a las que están en funcionamiento, lo que implica según el recurso del PSOE una “retroactividad impropia”.
El recurso reconoce que los cambios regulatorios dotados de retroactividad impropia han sido considerados conforme a derecho por el Tribunal Supremo pero recuerda que “se limitaban a ser ajustes, no una sustitución integral del sistema retributivo” como la que creen que lleva a cabo este Real Decreto Ley. El PSOE considera esta retroactividad impropia como “lesiva para los derechos e intereses de los titulares de las instalaciones existentes de régimen especial, toda vez que conlleva una modificación in peius (peor) del régimen hasta ahora vigente”.
2-La cuestionada rentabilidad razonable
Se trata de una de los puntos más polémicos de la reforma energética. El recurso presentado por el PSOE incide en que “no se tiene constancia de que exista un modelo retributivo similar al reflejado en la propuesta en ninguna jurisdicción de la Unión Europea, así como tampoco en otros países de cuyos sistemas de apoyo se tiene conocimiento a través de asociaciones internacionales de organismos reguladores”, tal y como recogió la Comisión Nacional de Energía en su Informe 18/2013.
El Gobierno establece que las instalaciones en funcionamiento, que tienen reconocido un régimen económico primado con base a la normativa vigente con anterioridad, recibirán un complemento a sus ingresos, si lo necesitan, para alcanzar una rentabilidad razonable en toda la vida de la instalación; esta rentabilidad razonable se fija en la media del rendimiento durante los últimos diez años del bono a diez años más 300 puntos básicos.
El PSOE denuncia que “se acuerda ahora, para instalaciones construidas hace años, a qué coste debiera haberse realizado la inversión, así como haber operado y mantenido desde su puesta en marcha, y qué rentabilidad razonable debieran haber obtenido bajo el criterio de una gestión que el Gobierno fija ahora (en 2013) como eficiente”; el objetivo: “rehacer con esos criterios las cuentas para ajustar sus ingresos futuros”.
3-Inseguridad jurídica
El PSOE considera que la retroactividad aplicada “pone en cuestión el principio constitucional de seguridad jurídica y afectaría a todas las actividades reguladas”. Se sentaría un precedente que trascendería el campo energético y alcanzaría a todos los ámbitos de la Administración. Según se explica en el recurso, si este criterio no se invalidara, “se abriría la puerta para revisar, en cualquier momento, la teórica rentabilidad razonable que cualquier actividad regulada debiera haber recibido desde su entrada en funcionamiento, compararla con la real y solicitar la devolución del exceso, o deducírselo de los ingresos futuros revisando precios, tarifas, peajes o cánones”.
4-Rentabilidad negativa
Los diputados socialistas consideran que la inseguridad jurídica que genera la reforma energética del Gobierno se traduce en una revisión de la rentabilidad obtenida en el pasado para adaptarla al concepto de rentabilidad razonable, fijado por el Gobierno en la actualidad. Según razonan en el recurso, esta retroactividad conlleva que “se puede ahora reducir la rentabilidad futura de unas instalaciones, incluso hasta hacerla negativa, para compensar una rentabilidad obtenida -en los años de vida de la instalación- superior a lo que ahora se dice que hubiera sido razonable, al margen del marco retributivo con el que esas inversiones se realizaron”.
5-Imprecisión
El nuevo modelo retributivo fijado para las energías renovables establece, según el recurso del PSOE, simplemente las directrices que han de servir para su configuración de forma genérica con arreglo a “conceptos jurídicos indeterminados, como es la rentabilidad razonable en relación a “una empresa eficiente y bien gestionada”, calculada en virtud de valores estándar respecto a ingresos, costes e inversiones”, que deben determinarse posteriormente en reglamento. Para los diputados socialistas, “los productores de energía renovable, a resultas de lo establecido en el Real Decreto Ley, desconocen el régimen retributivo que les corresponde con el mínimo de rigor y precisión exigibles”, lo que “menoscaba gravemente los derechos adquiridos y consolidados” por una producción anterior a la elaboración de la norma pero afectada por su entrada en vigor.
6-Vulneración de la reserva de ley
El artículo 53.1 de la Constitución establece que sólo por ley podrá regularse el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del Título I de la Constitución. Entre estas libertades se encuentra la libertad de empresa, marco en el que se desenvuelve la producción de energía eléctrica. La regulación del nuevo régimen retributivo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos, “lejos de precisarse en el Real Decreto Ley” se delega en la potestad reglamentaria del Gobierno lo que supone, según el recurso, “una degradación de la reserva formulada por la Constitución en favor del legislador”.
7-Procedimiento incorrecto para dictar el Real Decreto Ley
En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el artículo 86.1 de la Constitución prevé que el Gobierno pueda “dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes”. A juicio del Partido Socialista, ni la exposición de motivos del Real Decreto Ley ni la presentación que del mismo realizó en el Congreso de los Diputados el Ministro de Industria, Energía y Turismo “ofrecen luz alguna para justificar ésta modificación estructural, en forma tan urgente, del régimen económico-retributivo de las instalaciones renovables”, especialmente, recuerda el recurso, cuando desde enero de 2012 permanece vigente una moratoria a la instalación de potencia renovable primada. En conclusión, estas medidas introducidas “podían perfectamente articularse como una ley formal, tramitada por el procedimiento ordinario o de urgencia”.
8-Obstáculos a la inversión en energías renovables
El grupo parlamentario socialista manifiesta que la reforma energética del Gobierno «dificulta las inversiones productivas» para un «nuevo modelo con un gran componente innovador, como es el caso de las renovables». En el propio recurso ya sostienen que se inflige “un grave daño a la seguridad jurídica de las inversiones en actividades reguladas, porque siempre estarán al arbitrio de la revisión de la rentabilidad que desde su puesta en funcionamiento se pueda decidir». Además, desde el Partido Socialista también lamentan que el Real Decreto Ley «agrava los problemas del sistema energético español y afecta a un tipo de energías autóctonas como las renovables en un país con un 80% de dependencia energética respecto de terceros países».
9-Encarecimiento de la energía y sus consecuencias
El PSOE también quiere denunciar que el Gobierno “traslada el déficit tarifario al recibo de la luz” con las consiguientes subidas que sufrirán las economías familiares y las industrias. De este modo, “se condena a nuestro país a tener una energía cada vez más cara que el resto de la Unión Europea», lo que «amenaza gravemente la competitividad de la industria española y castiga al sector servicios con sobrecostes añadidos mientras se arroja por la borda toda la apuesta realizada por las renovables, que constituyen un yacimiento de empleo intensivo».
10-Riesgo para las familias que invirtieron
Desde el grupo parlamentario del PSOE aseguran que el Gobierno «renuncia a las energías renovables despreciando la oportunidad de avanzar en independencia energética y abre un conflicto social que puede traducirse en miles de desahucios para los inversores familiares que hipotecaron sus propiedades para instalar plantas fotovoltaicas, con un número de afectados sólo por instalaciones fotovoltaicas de 55.000«. Además, el resto de la población también se verá afectada ya que la reforma energética «genera una nueva forma de pobreza, la energética, en la que muchas familias tienen que renunciar a determinados servicios en sus hogares«.



Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir