El gas natural baja el 3,6% de media para los hogares desde el 1 de enero

La tarifa T.1, que corresponde a los usuarios que utilizan el gas para cocinar y agua caliente sanitaria, bajará un 2,79 por ciento en el término variable y un 3,91 por ciento el término fijo.

La de los consumidores que además tienen calefacción (T.2) se reducirá el 3,45 por ciento en su término variable y un 3,5 por ciento en el fijo.

En el caso de las tarifas T.3 y T.4, utilizadas por las pymes y otras empresas pequeñas del sector terciario (hospitales, hoteles), los descensos serán inferiores al uno por ciento, tanto en el término fijo como en el variable. El ahorro mensual para este último grupo de consumidores será de unos 6 euros mensuales.

Las tarifas del gas se revisan trimestralmente mediante Orden Ministerial utilizando para su cálculo parámetros como el coste de la materia prima y la cotización internacional del euro.

Según explica el departamento que dirige Miguel Sebastián, las nuevas tarifas están calculadas a partir de una previsión de incremento global de la demanda de gas del 2,2 por ciento (3,7 por ciento de demanda convencional y un 0,2 por ciento de demanda del sector eléctrico).

Los costes del sistema suben el 2,3 por ciento, hasta los 63,5 millones, mientras que el coste de la materia prima ha disminuido el 3,78 por ciento por el descenso de la cotización internacional del producto.

La Orden de revisión tarifaria establece la flexibilización de los peajes para favorecer a sectores industriales intensivos en consumo de gas afectados por la crisis (fabricantes de ladrillos y el sector cerámico).

Asimismo, se reduce el coste relativo de los almacenamientos subterráneos respecto a los tanques de gas natural licuado (GNL) para fomentar su uso, ya que están menos saturados que los tanques.

La luz subirá una media del 3,4% a partir del 1 de enero

Al mismo tiempo, el departamento que dirige Miguel Sebastián ha anunciado que ha logrado un acuerdo con las empresas eléctricas para eliminar durante la actual legislatura la generación crónica de déficit tarifario (situación que se produce cuando los ingresos por las tarifas son insuficientes para cubrir los costes del sistema eléctrico).

La subida del recibo de la luz para un consumidor doméstico tipo (con una potencia contratada de entre 2,5 y 5 kilovatios -KW-, segmento en el que hay 13,6 millones de los hogares) será del 3,34 por ciento, lo que equivale a unos 0,92 euros mensuales.

El recibo de la luz para los clientes con potencias contratadas inferiores a 1 KW (unos 297.000) se encarecerá el 2,35 por ciento, unos 0,11 euros mensuales, mientras que para los que tienen contratados entre 1 y 2,5 KW el incrementó será también del 2,35 por ciento, 0,43 euros al mes.

Los 5,2 millones de consumidores con potencias de entre 5 y 10 KW deberán afrontar una subida del 4,1 por ciento, 2,07 euros al mes, mientras que los cerca de 700.000 con entre 10 y 15 KW verán cómo su recibo sube el 4,7 por ciento, 5,83 euros mensuales.

Si se toma como referencia el conjunto de los consumidores domésticos, la subida media es de 1,12 euros mensuales, un 3,5 por ciento. Por último, las pymes (más de 15 KW contratados) afrontarán subidas del 2,8 por ciento.

Según explica Industria, las tarifas para cada tipo de consumidor se han acordado teniendo en cuenta un criterio de progresividad.

La subida acordada por Industria es ligeramente inferior a la media prevista para la baja tensión en la propuesta de revisión de tarifas (3,5 por ciento) remitida hace unas semanas a la Comisión Nacional de Energía (CNE), y muy inferior al 30 por ciento planteado por el regulador energético.

Las tarifas de alta tensión, segmento de mercado en el que sólo queda regulada un tipo de tarifa para clientes con gran consumo de energía (G.4), suben un 3,8 por ciento.

El Gobierno tiene potestad para revisar las tarifas eléctricas cada tres meses, por lo que el recibo de la luz puede volver a subir o bajar a lo largo del año 2009.

El departamento que dirige Miguel Sebastián indica que la revisión tarifaria permitirá atajar el déficit tarifario una vez que se ha alcanzado un acuerdo global con las compañías eléctricas para acabar con el problema.

El acuerdo, cuyos detalles y calendario se están perfilando, se materializará en un conjunto de actuaciones puestas en marcha por las eléctricas y el Gobierno durante la actual legislatura. La revisión tarifaria estaba condicionada a alcanzar un acuerdo con las eléctricas sobre el déficit.

Sebastián ha señalado en varias ocasiones que el objetivo del Ejecutivo es modificar un modelo retributivo que genera déficit de tarifa de forma crónica con la colaboración de todas las partes implicadas: consumidores, empresas y Administración.

Por otro lado, tal y como estaba previsto el gas natural bajará en el primer trimestre del año el 3,6 por ciento, dijeron fuentes del sector energético. Las tarifas del gas se revisan trimestralmente mediante una fórmula que tiene en cuenta, entre otras cuestiones, el precio de la materia prima y la cotización del euro respecto al dólar.

La CNE cifra en el 4% la subida media de la tarifa eléctrica en enero de 2009

El regulador energético considera que la propuesta de las tarifas eléctricas para enero de 2009 es insuficiente para cubrir los costes del sistema eléctrico y contiene «diversos elementos de incertidumbre» que impiden calcular la subida necesaria para no generar el denominado déficit de tarifa.

La tarifa para los más de 13,6 millones de clientes con una potencia contratada de entre 2,5 y 5 kw subirá un 3,5 por ciento el próximo 1 de enero y la de los consumidores con potencias de entre 5 y 10 kw se incrementará el 4,2 por ciento.

Las tarifas sociales (los que tienen contratado menos de 3 kw y cumplen determinados requisitos) crecerán el 2,9 por ciento, mientras que las de los consumidores con potencias por debajo de 1 kw aumentarán el 2,7 por ciento.

Los consumidores que contraten entre 5 y 10 kw verán incrementado su recibo en un 4,2 por ciento, mientras que la tarifa de los de más de 10 kw subirán entre un 4,7 y un 3,5 por ciento de media. Estos dos últimos grupos de tarifas suelen utilizarlos los comercios y pequeñas y medianas empresas. Además, todas las tarifas que tengan discriminación horaria subirán en mayor porcentaje.

La semana pasada el Ministerio de Industria remitió a la CNE su propuesta de revisión de las tarifas eléctricas sin especificar los porcentajes de incremento.

En cuanto a las «incertidumbres», la CNE señala la previsión de demanda de electricidad para 2009 recogida en el texto enviado por Industria puede estar sobrevalorada, al tiempo que señala la dificultad de determinar el previo de los combustibles. Ambos factores influyen en los precios de la electricidad.

Asimismo, señala que actualmente se desconoce el impacto que puede tener en la estructura de costes del sistema eléctrico los acuerdos entre Industria y las compañías eléctricas.

El Gobierno y las empresas llevan semanas negociando fórmulas para reducir eliminar el déficit de tarifa -situación que se produce cuando los ingresos por las tarifas no cubren los costes-.

Entre los elementos del acuerdo podrían pactarse sacar determinadas partidas que se pagan mediante las tarifas a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) o rebajar los impuestos (IVA e Impuesto Especial de la Electricidad).

Por otro lado, el regulador energético señala que, a pesar de que el borrador de Industria estipula incrementos significativos de las denominadas tarifas de acceso, estas subidas serán insuficientes para cubrir los costes previstos.

El déficit de tarifa se imputa a las tarifas de acceso, que son las que retribuyen el coste del uso de las redes y otros costes permanentes del sistema. Las simulaciones de facturación para el ejercicio 2009 efectuadas por la CNE arrojan un déficit de 4.660 millones de euros. Al contrario de lo que ocurrió en 2007 y 2008 el Gobierno no ha reconocido con carácter previo (ex ante) ninguna cantidad de déficit.

Por último, la CNE señala que desconoce la estructura de la tarifa de último recurso (TUR) que sustituirá a las actuales tarifas reguladas a partir de julio de 2009.

Transporte o distribución: una cuestión de coordinación y eficiencia

En un voto particular promovido por el Consejero Luis Albentosa y al que se han adherido el Vicepresidente del Organismo, Fernando Martí Scharfhausen y el consejero Javier Peón Torre, se muestra su posición contraria a los criterios que la CNE ha articulado en materia de clasificación de los activos de distribución y transporte, en la interpretación que realiza en virtud de los papeles que la CNE tiene en esta calificación según la Ley 17 / 2007. Hay que tener en cuenta que estos criterios serán empleados por este organismo para definir su posición y trasladar al Ministerio de Industria, las propuestas de resolución a las peticiones que realicen las empresas distribuidoras.

En este voto particular, y de forma introductoria, se hace una descripción minuciosa de la conformación de las redes de transporte y distribución eléctrica y de cuál debe ser su papel, tanto el del transporte como el de la distribución. “Se entiende por transportista a la empresa propietaria de todos los equipos e instalaciones que forman las redes de transporte, siendo los encargados de construirlos y de gestionarlos. El transportista, que es el encargado de la correcta coordinación de la generación con el transporte, está obligado a cumplir los requisitos y exigencias, para garantizar la continuidad y la seguridad del suministro.”

Economías de coordinación de empresas distribuidoras

La función que realizan los distribuidores de energía eléctrica consiste en llevar dicha energía desde los puntos de conexión con la red de transporte hasta los consumidores finales a través de sus redes (de distribución), que son de ámbito regional o local. Por lo tanto, las empresas distribuidoras realizan, en primer lugar, funciones técnicas, en segundo lugar son las responsables de la calidad del servicio que recibe el consumidor final y, por último, realizan funciones de atención a los clientes. A su vez, centrales de generación de pequeño tamaño (menos de 100 MW) se conectan a las redes de distribución para verter la electricidad que generan. Las compañías distribuidoras poseen notables economías de coordinación con otros agentes sociales: conocen las características del territorio, son capaces de detectar las restricciones impuestas por las autoridades (regionales y locales), son sensibles a las peticiones de los grandes consumidores y, finalmente, cuentan en cada zona con los recursos (especialmente humanos) idóneos”.

Según estos consejeros “la clasificación de las instalaciones de la red eléctrica debería obedecer principalmente a su funcionalidad, no únicamente a su nivel de tensión. En este sentido, la característica diferencial entre la actividad de distribución y la actividad de transporte es la obligación de esta última de responsabilizarse de la atención y el suministro al cliente y consumidor final. Por ello, concluyen con una afirmación muy clara: “El transporte no tiene nada que ver con el suministro al llamado mercado final”. Razón por la que argumentan que los activos de red que tengan consumidores conectados deben ser propiedad del distribuidor.

Y es que, aunque la pretensión de la CNE es garantizar que no existe vaciado del principio de transportista único, es decir, del monopolista en transporte de electricidad, la ley 17/2007 establece la posibilidad de que esto no sea así en virtud del propio procedimiento que dejó abierta la puerta a matizar este monopolio, de forma que queda abierta la legislación a que determinados tramos de la red de 220 kV puedan formar parte de la red de un distribuidor previa solicitud y, siempre que lo determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITyC), después de tomar en consideración los informes de la correspondiente Comunidad Autónoma y de la CNE.

Una relación a tres bandas

Cuando un consumidor eléctrico se conecta con la red eléctrica se establece una relación en la que pueden participar dos o tres agentes. En la mayoría de los casos, los clientes están conectados a la red de distribución, estableciéndose entre el consumidor-cliente y la distribuidora una doble relación técnica y jurídico-económica derivada del suministro. En otros casos, en los que el consumidor posee gran tamaño, especiales características y elevadas necesidades energéticas, las relaciones se establecen entre tal cliente, el transportista (REE) y el distribuidor. La relación jurídico-económica, en este caso, se establece entre el consumidor y el distribuidor, ya que éste factura a aquél, y la relación técnica se establece entre REE y el consumidor; en este caso el agente que tiene interés económico (el distribuidor) no puede actuar en la gestión de la relación técnica, ni en la calidad del servicio, aunque es el responsable de ambos aspectos, ya que soporta las penalizaciones por falta de calidad, el eventual impago y está obligado a liquidar ante el sistema. Por su lado, el agente que tiene interés técnico no tiene interés económico y no siente la presión del consumidor.

En conclusión, la posición de los consejeros señala cómo la red de 220 kV, titularidad del distribuidor, debe ser toda la necesaria para alimentar directamente el mercado, “estando formada por líneas, cables, posiciones y elementos asociados, ubicadas en el interior o en la periferia de los grandes cascos urbanos y cuya funcionalidad sea la de ser sumidero de energía eléctrica”. No sólo por los cables subterráneos que consigna la CNE en sus criterios.

En este sentido, los Consejeros proponen que gran casco urbano son ciudades con más de 20.000 suministros del mismo modo y aquéllos en los que constituyen un “sumidero de energía eléctrica” cuando no más de un 25 por ciento de la energía eléctrica que entra en él, a través de la red de transporte, sale por la misma red de transporte. Los criterios de la CNE hablaban de ciudades de más de 1.000.000 de habitantes, lo que sería circunscribir estos criterios a Madrid y Barcelona.

En referencia a los sistemas de las islas (insulares y extrapeninsulares) también proponen que las instalaciones hasta 220 kV pertenezcan a las empresas distribuidoras y que las de 220 kV o superior pertenezcan a REE o al distribuidor dependiendo de la funcionalidad de la misma, no de su tensión. La CNE en sus criterios fijó este umbral en 36 kV, sin que ello signifique que la funcionalidad de una instalación de, por ejemplo, 66 kV sea en la Península distinta a la que tiene en los sistemas no peninsulares. Entienden que la calificación de instalaciones de transporte dada a las de tensión igual o superior a 36 kV debe entenderse restringida a los efectos de la planificación.

Señalan que, “de no utilizar un criterio como éste, REE tendría contacto directo con los consumidores industriales que se suministran a tensiones iguales o superiores a 36 kV, para lo que REE no está habituada”.

Industria remitirá esta semana a la CNE su propuesta de subida de tarifas eléctricas

El Ministerio de Industria enviará esta semana a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) su borrador de Real Decreto con la previsible subida de tarifas eléctricas a partir del 1 de enero.

El organismo presidido por Maite Costa dispondrá desde ese momento de quince días para elaborar su informe acerca del borrador, tras lo que el texto pasará a la Comisión Delegada de Asuntos Económicos y será aprobado por el Consejo de Ministros antes de que concluya el año.

Industria no ha adelantado en qué consistirá la revisión de tarifas ni si en el texto se incluirán algunas de las propuestas que el ministro Miguel Sebastián estudia desde hace semanas con los agentes del sector. Fuentes del sector consultadas indican que el departamento dirigido por Sebastián trabaja con distintos escenarios de subidas de tarifas, entre los que el más probable es el que contempla incrementos distribuidos durante los próximos tres años de entre el 8% y el 10% anuales. Esta posibilidad permitiría a Industria aplicar una subida en enero de en torno al 3% y aplicar incrementos similares durante las siguientes revisiones trimestrales.

Al mismo tiempo, al final de los tres años de subidas progresivas del recibo se habrá cumplido la reivindicación de Unesa y de la CNE de incrementos de cerca del 30% que impidan que siga aumentando la deuda eléctrica. De hecho, la medida serviría para acercar el precio de la electricidad al coste real de la energía y para eliminar el déficit de tarifa, diferencia entre ingresos y costes de la energía.

Industria mantiene conversaciones con las compañías eléctricas para acabar con esta deuda del sector, que a finales durante ese año superará los 6.000 millones y superará en términos acumulados desde 2000 los 14.000 millones.

Las conversaciones con las eléctricas están avanzadas y deben concluir con un acuerdo antes de fin de año. Las fuentes indican que las negociaciones versan sobre tres principios: subidas de tarifas, un bono social para potencias de menos de 4,4 kilovatios (kW) asociado a la renta y traslado a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de algunas de las partidas de la tarifa eléctrica no relacionadas con el suministro.

La negociación con las eléctricas y la revisión de tarifas guardan una estrecha relación. La pasada semana, Sebastián condicionó cualquier incremento en el recibo de la luz a que se alcance una solución sobre el déficit tarifario con las compañías eléctricas.

La CNE empieza a decidir sobre la distribución y transporte

La Comisión Nacional de Energía empieza a decidir sobre la calificación de los activos de transporte y distribución al amparo de la Ley 17/2007. Recordemos que la ley 17/2007, establecía la titularidad completa de la red de transporte a Red Eléctrica de España, con una definición técnica, de la misma de forma que a partir de 220 kV, cualquiera que fuese su función en el sistema eléctrico. Esta situación quedaba aún más abierta en los archipiélagos insulares.

A esta norma general, se podían instar excepciones ante la Secretaría General de Energía en la que las empresas distribuidoras podían solicitar que determinados tramos y activos en teoría de transporte (por esta definición técnica) pudieran considerarse de distribución, pasando entonces su titularidad de la empresa distribuidora. Industria para decidir finalmente sobre la naturaleza de estas instalaciones tendría que tomar en consideración la posición de la CNE y de la administración de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En concreto, según ha podido conocer Energía Diario, está previsto que el Consejo de Administración del organismo que tendrá lugar mañana decida sobre varias subestaciones y activos de distribución sobre los que se había solicitado su calificación. Entre ellos está el correspondiente al del Polígono Industrial Ca Na LLoreta de Alcudia (Palma de Mallorca), cuya polémica ha destapado el volumen de instalaciones de este tipo que estaba pendiente de decisión por el organismo y que obligó al Ministerio de Industria a reconvenir muy duramente a la CNE por el estancamiento sobre estos casos

Las instalaciones sobre las que mañana decidirá el consejo se corresponden a las solicitudes de dos empresas distribuidoras, en este caso, Endesa y Unión Fenosa. Por Comunidades Autónomas, se concentran en cuatro: Catalunya (con 3 subestaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma y 2 subestaciones de 220 kV en Barcelona), Islas Baleares (con una instalación de 132/15 kV en Menorca y varias instalaciones de 66/15 kV), Galicia y Castilla-La Mancha (con 2 instalaciones en la provincia de Toledo).

Tras la entrada en vigor de la ley 17/2007, un año más tarde (alrededor del mes de junio de este año) y en el seno del Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía se planteó la necesidad de definir criterios uniformes de cara a la respuesta a dar a estas solicitudes de las distribuidoras. Tras varios intentos y su remisión a la propia Red Eléctrica de España para su supervisión, hasta el momento no se conoce si el organismo regulador ha fijado estos criterios, pero el hecho es que el organismo mañana va a empezar a tomar decisión sobre las solicitudes relativas a estos activos e instalaciones.

La CNE propone una subida media del 2% del gas natural en enero de 2009

Este porcentaje, explica la CNE, es el resultado del incremento de los peajes de acceso, el aumento de los costes de comercialización y la caída del precio del gas.

Por tipos de tarifas, el organismo regulador propone incrementos menores para los usuarios domésticos: el 0,17 por ciento para la T.1 (3,42 millones de consumidores que tienen cocina y agua caliente a gas) y el 1,92 por ciento para la T.2 (3,37 millones de consumidores con calefacción por gas).

De esta forma, el 99,1 por ciento de los clientes domésticos tendría subidas por debajo de la previsión del IPC para el año que viene, situada en el 2 por ciento.

La CNE explica que ha basado su informe de tarifas en criterios de «suficiencia y eficiencia», de forma que el peaje por el uso de cada instalación gasista cubra el resto de costes.

Desde el pasado mes de julio, en el gas sólo existen las tarifas de último recurso (TUR), a las que se pueden acoger los consumidores domésticos y las pequeñas empresas, mientras que el resto de clientes acude al mercado liberalizado.

No obstante, las pymes y los consumidores domésticos también tienen la opción de ir al mercado y contratar el servicio con una comercializadora.

Desde principios de año, la CNE debe remitir trimestralmente su informe de tarifas al Ministerio de Industria, que elabora la propuesta definitiva.

Por otro lado, el organismo regulador ha propuesto una retribución de 2.908 millones de euros para las actividades reguladas del sector del gas natural.

El 51 por ciento de estos costes corresponde a la actividad de distribución, el 24 por ciento a la de transporte y el 18 por ciento a regasificación.

La CNE abordará hoy la tarifa de gas natural a partir de enero

El organismo presidido por María Teresa Costa tiene también previsto aprobar el informe sobre la repercusión real de la tarifa eléctrica social, añadieron las fuentes. Este informe sitúa en 40.000 el número de usuarios acogidos a esta modalidad tarifaria.

La revisión de la tarifa del gas natural se produce después de que en octubre el Ministerio de Industria aplicara un incremento del 9,6% para el cuarto trimestre, a pesar de que la CNE abogada por una subida más moderada, del 5,1%.

Tras la revisión de octubre, el encarecimiento acumulado en lo que va de año en el recibo del gas natural asciende al 18,5%, en un contexto de fuerte subida de los precios energéticos.

Para 2009, Industria tiene previsto acelerar el calendario de liberalización del gas y suprimir la tarifa de último recurso para los niveles de consumo superior a 50.000 kilovatios al año (KWh/año). Esta medida afecta a las tarifas T.3 y T.4.

El cálculo de la tarifa del gas natural ha generado controversias entre la CNE, Industria y las empresas. En su anterior revisión, el regulador recomendó prorrogar el sistema de actualización vigente, ya que la legislación aún no ha establecido el procedimiento para determinar el coste del gas que debe incorporarse a las tarifas de último recurso.

Por su parte, Industria partía de una nueva fórmula de revisión del término variable de la tarifa de último recurso que conllevaba un aumento del 15,2% respecto del coste del gas.

Mientras, Gas Natural exige un sistema de subastas para determinar la tarifa y discrepa de la metodología utilizada, por lo que recurrió ante la Audiencia Nacional la subida del 9,6% aplicada en octubre. El diseño de estas subastas aún está pendiente de desarrollo normativo.

Industria estudiará condicionar la tarifa eléctrica social al nivel de renta

Tras su intervención en las trigésimas Jornadas de la Abogacía General del Estado, que tratan de la regulación de los mercados de telecomunicaciones, energía y valores, Pedro Marín explicó que tendría sentido plantearse esta opción porque «la potencia instalada está muy relacionada con el nivel de renta».

Asimismo, señaló que, después de que entren en vigor las denominadas tarifas de último recurso (TUR) en julio del próximo año, por la extinción de las antiguas tarifas reguladas, tendría sentido «replantearse» las actuales tarifas.

Marín recordó que la tarifa social entró en vigor hace sólo tres meses, por lo que señaló que Industria aún tiene que comprobar «como funciona» antes de proponer modificaciones.

La tarifa social entró en vigor el pasado 1 de julio y, según los cálculos de Industria, unos 4,5 millones de hogares tienen menos de 3 MW de potencia instalada en la vivienda considerada primera residencia.

Además, para disfrutar de la tarifa social el consumidor deberá contar con un interruptor de control de potencia (ICP), mecanismo que corta el suministro si el consumidor supera el límite de potencia contratada.

Las eléctricas deberán pagar más IBI por sus instalaciones, según el Supremo

El Tribunal Supremo ha ordenado que las compañías eléctricas paguen por sus presas, embalses y centrales nucleares el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente a los Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES), lo que implica un incremento de la tributación por este concepto.

Fuentes de la Federación Nacional de Municipios con Centrales y Embalses explicaron que este cambio podría reportar unos ingresos adicionales de «cientos de millones de euros» a los ayuntamientos afectados, que estima en más de 1.500.

Explicaron que la calificación de las centrales nucleares, presas y embalses como BICES implica elevar prácticamente al doble su valor catastral y, por tanto, incrementa su tributación.

En la sentencia, el Supremo desestima el recurso interpuesto por Unesa el Supremo desestima el recurso interpuesto por la patronal eléctrica Unesa contra el real decreto que desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, del que pidió la nulidad en su totalidad y, subsidiariamente, de los artículos 20 y 23.

El alto tribunal señala que los BICES constituyen un «conjunto complejo de uso especializado, integrado por suelo, edificios, instalaciones y obras de urbanización y mejora que, por su carácter unitario y por estar ligado de forma definitiva para su funcionamiento, se configura a efectos catastrales como un único bien inmueble».

La resolución añade que la ley no establece ninguna limitación para otorgar esta calificación a los bienes destinados a la producción de energía eléctrica, que sólo podrían quedar excluidos si no concurren en ellos los caracteres delimitadores de los mismos.

En una sentencia de 2007, el alto tribunal falló a favor de la Federación Gallega de Municipios para que los parques eólicos y solares fueran considerados también como bienes especiales y, por tanto, tributaran como tales.

La catalogación de una instalación como BICES implica que el valor catastral de la misma se eleve y que se le aplique un tipo impositivo del 1,3 por ciento, que es el que ya están pagando las eléctricas, frente al 0,4 por ciento que paga el resto de bienes.