El CSN autoriza la renovación de la licencia de la central nuclear de Trillo hasta 2024 con límites y condiciones

Una vez emitido el informe favorable a esta renovación hasta el 17 de noviembre de 2024, ahora será el Ministerio de Industria, Energía y Turismo el que tome la decisión definitiva y autorice o deniegue este permiso, tras el informe preceptivo del CSN.

El acuerdo se tomó en cumplimiento del apartado b) del artículo 2° de la Ley 15/1980, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, y conforme al procedimiento previsto en el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (Real Decreto 1836/1999).

En concreto, desde la presentación del expediente en la sesión plenaria del 17 de septiembre, el pleno del CSN analizó detalladamente la propuesta de los servicios técnicos en una reunión de la Comisión Permanente de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica celebrada el 30 de septiembre y en las sesiones plenarias de 1 y 8 de octubre.

Así, explicaron que la decisión se fundamenta en los resultados de la evaluación realizada por los servicios técnicos del organismo regulador, contenidos en un conjunto de 35 informes especializados,

En estos análisis se comprobó el correcto funcionamiento de la instalación y el mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación (Revisión Periódica de Seguridad) así como los resultados de la supervisión continua del funcionamiento de la central mediante el Sistema Integrado de Supervisión de Centrales (SISC) y de las inspecciones realizadas por el CSN durante la vigencia de la actual autorización.

Además, se analizó las modificaciones introducidas o previstas para dar respuesta a requisitos normativos de mayor exigencia a los estrictamente requeridos por la reglamentación vigente (Normativa de Aplicación Condicionada) y la verificación del debido cumplimiento por parte del titular de los requisitos de la autorización vigente (Orden Ministerial ITC/4024/2004, de 16 de noviembre), incluidas las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) asociadas y todas aquellas de aplicación a la central, como por ejemplo las ITC relativas a las mejoras de seguridad a introducir como consecuencia de las pruebas de resistencia derivadas de Fukushima.

Sobre la titularidad, precisamente el pasado viernes el Gobierno aprobó un Real Decreto Ley para facilitar la adaptación de varias centrales nucleares a la obligación normativa de tener un titular único por central nuclear.

Diez condiciones específicas

El informe del CSN estableció diez condiciones relativas a la titularidad de la autorización, las actividades autorizadas, la documentación oficial aplicable y sus procedimientos de revisión, las obligaciones de información, el régimen de comunicación de entradas y salidas de material nuclear, el procedimiento y los requisitos aplicables a la renovación de la autorización y en caso de cese de explotación voluntario por parte del titular, los programas y acciones de mejora a realizar durante la vigencia de la autorización y sus plazos de implantación, así como ciertas condiciones específicas derivadas de la revisión periódica de seguridad o de la normativa de aplicación condicionada.

Por otro lado, para que el Gobierno de luz verde a la autorización, el CSN estableció también unas condiciones específicas como la necesidad de definir y aplicar en un plazo de un año, programas para la gestión del envejecimiento de determinados equipos de suministro KWU, que aseguren que durante el periodo de operación de la central no se verá afectado el cumplimiento de su función de seguridad en caso de accidente e incorporar en procedimientos la verificación periódica de las lógicas de actuación de los sistemas de instrumentación y control como función prevista de seguridad.

Asimismo, el pleno del CSN aprobó 18 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) asociadas a la renovación de la autorización, condicionadas a la aprobación previa por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y que desarrollan las condiciones de la autorización y requieren, asimismo, las siguientes acciones de mejora adicionales por parte del titular y que fueron identificadas en el transcurso de la evaluación.

En concreto, se requiere a Trillo que realice análisis específicos a incluir en el informe anual nueva normativa correspondiente a 2015, en relación con la vigilancia de transformadores y la estabilidad de redes; la revisión del Estudio de Seguridad de la central para incluir bases de diseño referidas al emplazamiento; las normas adicionales a incorporar a las bases de licencia de la central como consecuencia de la normativa de aplicación condicionada; pruebas de fugas de sistemas de ventilación y unidades de filtración; mejoras en el aislamiento de contención, así como una revisión general de la documentación soporte de la revisión periódica de seguridad, para incorporar todas las mejoras derivadas de la evaluación realizada por el CSN.

Por otro lado y también sobre Trillo, el Pleno del organismo regulador informó favorablemente a la solicitud de renovación de la autorización de protección física de la central nuclear de Trillo, conforme al Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.

El Real Decreto mencionado establece la obligatoriedad de las instalaciones nucleares de solicitar una autorización de protección física a Industria, quien, previo informe del CSN y del Ministerio del Interior, concederá la autorización correspondiente por el mismo plazo de validez por el que se conceda la autorización de explotación a la que va asociada.

El director de Trillo ve alentador el informe del CSN

El director de la central nuclear de Trillo, Aquilino Rodríguez, consideró «alentador» el informe favorable del CSN a la solicitud de renovación de la autorización de explotación de la planta por 10 años más y confió en que desemboque en una apreciación también favorable del Ministerio de Industria y Energía.

El responsable de esta central, recordó que la última palabra la tiene el Ministerio, que es a quien compete la concesión, aunque consideró que el hecho de que el CSN haya emitido este informe atendiendo la petición de la planta es «positivo y un paso fundamental, aunque no el último».

«Es preceptivo pero no vinculante, necesario pero no suficiente. Espero que la parte de suficiente lo tengamos el mes que viene. Pero es positivo y alentador», dijo, para añadir que «una vez recibido el informe del CSN, el Ejecutivo lo estudia, analiza y decide. Lo normal es que el Ministerio acoja lo que dice el Consejo, y que en algunos casos añada determinadas condiciones».

En cuanto a las condiciones e instrucciones técnicas complementarias que se exigen también a la central para seguir en funcionamiento, para Rodríguez se trata de lo habitual para todas las centrales, mientras que en el caso de las ITCs, se trata de cuestiones más específicas para esta instalación.

«Estamos en el camino apropiado, y confiamos en que desembocará en una apreciación favorable de la autorización de explotación por diez años más por parte del Ministerio el mes que viene, decisión que respetamos y que no es un mero trámite», puntualizó.

Los ecologistas consideran «un riesgo» la decisión

Ecologistas en Acción de Guadalajara consideró que diez años más de concesión de funcionamiento a la central nuclear de Trillo es un demasiado tiempo ante posibles riesgos, entre ellos de origen natural y «sería un riesgo».

Esto es lo que piensa el portavoz de Ecologistas en Acción en Guadalajara, Alberto Mayor, quien volvió a insistir en la importancia de tener en cuenta que a raíz del accidente de Fükushima, desde la Unión Europa se pidió a las centrales nucleares ciertas exigencias de cara a posibles riesgos de origen natural como terremotos o inundaciones, y que Trillo está en ese cupo.

En este aspecto insistió una vez más en la postura de Ecologistas en Acción en contra de la energía nuclear, y por tanto, la posibilidad de que la nuclear de Trillo pueda obtener un nuevo permiso de explotación por diez años tras el informe favorable del Consejero de Seguridad Nuclear a la petición realizada desde la dirección de la planta, no les satisface.

Insistieron desde esta organización en que «todavía hay muchas cuestiones que esta central debe afrontar y que están en el aire», en referencia concreta a algunas de las peticiones realizadas desde la Unión Europea. «no creemos que esta central esté adecuada para evitar esos riesgos y concederle estos 10 años más de prórroga ya sería un riesgo», insisten.

Cofrentes es amonestada por «trato inadecuado»

Por otra parte, el Pleno del CSN acordó emitir un apercibimiento al titular de la central nuclear de Cofrentes (Valencia) por haber mantenido la conducta «inadecuada» de un representante del titular que «menospreció e interfirió la labor inspectora del organismo regulador».

Según informó el CSN, este incumplimiento se produjo durante la inspección del Plan Básico de Inspección sobre seguridad física llevada a cabo el 26 y 27 de febrero de 2014. En dicha inspección, el equipo recibió un trato «ofensivo e inadecuado» por parte de un representante del titular, que con su actitud obstruyó el adecuado desempeño de la función inspectora.

En concreto, explicó que estos hechos se valoraron de acuerdo al artículo 86 de la Ley 26/1964 como infracción leve, por lo que se propuso un apercibimiento al titular de la mencionada instalación.

Además, puesto que de los hechos descritos se concluye que la comisión de la infracción se asocia con la actuación de una persona física, se consideró oportuno aplicar lo previsto en el artículo 91.4 de la Ley 25/1964 de Energía Nuclear.

Este artículo expone que «con independencia de la sanción que pudiera corresponder en su caso al titular, el Consejo de Seguridad Nuclear podrá amonestar por escrito a la persona física que, mediante negligencia grave, sea responsable de la realización de una mala práctica por la que se haya originado la comisión material de hechos susceptibles de sanción».

Por tanto, el pleno del CSN acordó amonestar también a la persona que obstruyó la labor de los inspectores.

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