Repsol no podrá ampliar su red de gasolineras en 33 provincias el próximo año, al superar el límite del 30% de la cuota de mercado
Las provincias en las que Repsol no podrá crecer son Albacete, Alicante, Asturias, Ávila, Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cantabria, Ciudad Real, Córdoba, A Coruña, Girona, Guadalajara, Guipúzcoa, Huesca, León, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Ourense y Palencia.
Tampoco podrá sumar nuevas estaciones de servicio en Pontevedra, La Rioja, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Valladolid, Vizcaya, Zamora y Zaragoza, según consta en una resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Respecto al año pasado, cuando tenía vetado crecer en 34 provincias, la petrolera que preside Antonio Brufau dejó de ser operador dominante en Lleida y Álava.
En el caso de Cepsa, las limitaciones a su crecimiento quedan sólo restringidas para los territorios de Ceuta y Melilla.
Por su parte, Disa tendrá limitada la expansión en todas las islas Canarias (Tenerife, La Palma, El Hierro, Fuerteventura, Lanzarote, Gran Canaria y La Gomera), Ceuta y Melilla.
En todo el territorio peninsular, sólo hay nueve provincias que no tienen un operador petrolífero que supera un 30% del mercado: Álava, Badajoz, Cádiz, Huelva, Jaén, Lleida, Teruel, Toledo y Valencia.
La resolución se publica para cumplir lo establecido por la disposición transitoria quinta de la Ley 11/2013 acerca de la posición de mercado de los operadores al por mayor y los contratos en exclusiva suscritos con empresarios independientes.
Esta norma establece que los operadores con una cuota de mercado superior al 30% no podrán incrementar el número de instalaciones en régimen de propiedad o en virtud de cualquier otro título que les confiera la gestión directa o indirecta de la instalación.
Tampoco podrán suscribir nuevos contratos de distribución en exclusiva con distribuidores al por menor que se dediquen a la explotación de la instalación para el suministro de combustibles y carburantes a vehículos, con independencia de quién ostente la titularidad o derecho real sobre la misma.
En todo caso, la norma permite a los operadores renovar los contratos preexistentes aún cuando con ello superen la cuota de mercado establecida como tope.
La lista de compañías dominantes se actualiza anualmente.




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