Industria publica en el BOE la orden de parámetros de renovables, que recorta en 1.700 millones de euros las primas y culmina así su reforma
De la cifra récord de 1.761 páginas de las que consta la orden, 15 se corresponden al articulado, mientras que el anexo se compone de 1.746 páginas que describen los parámetros de la nueva retribución.
La orden ministerial es la cuarta y última norma regulatoria relacionada con las renovables y establece un total de 1.517 instalaciones tipo para recoger la amplia casuística existente por cada tecnología, potencia, año de puesta en marcha, combustible empleado, sistema eléctrico y otras características técnicas. Habrá una equivalencia entre las distintas categorías del anterior régimen especial y las que se establecen en el nuevo modelo.
La tecnología con un mayor número de estándares será la fotovoltaica, con un total de 580, seguida de la cogeneración (480), hidroeléctricas (150), biogás (70), biomasa (50), eólica (45), termosolar (20) y residuos (5).
Asimismo, fija la vida útil regulatoria para cada tecnología, que no podrá en ningún caso ser revisada una vez asignada a cada instalación. La tecnología con mayor vida útil regulatoria será la fotovoltaica, con 30 años, seguida de la cogeneración, termosolar, hidroeléctrica, biomasa, biogás y residuos, con 25 años, mientras que para la eólica se establecen 20 años.
Respecto a la retribución específica, los distintos parámetros considerados en el nuevo modelo son los ingresos estándar por la venta de la energía, los costes estándar de explotación, el valor estándar de la inversión inicial, la vida útil y las horas de funcionamiento.
El objetivo es procurar a las instalaciones una rentabilidad razonable para el primer periodo regulatorio en las obligaciones del Tesoro a 6 años de los 10 años anteriores a la entrada en vigor del real decreto-ley, más 300 puntos básicos, establecido en el Real Decreto Ley 9/2013 de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. La tasa antes de impuestos queda en torno al 7,5%.
Por el contrario, no perciben retribución específica adicional a la del mercado las instalaciones que hayan superado la vida útil regulatoria y aquellas que aún estando dentro de su vida útil regulatoria hayan alcanzado el nivel de rentabilidad razonable establecida. Las plantas eólicas anteriores a 2005 quedarán en esta situación.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estimó que la aplicación de los nuevos parámetros retributivos puede suponer un descenso de unos 1.700 millones de euros de la retribución específica percibida en 2014 por el conjunto de las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos.
En total, para este año prevé unos incentivos totales de 7.014 millones de euros en incentivos, de los que la tecnología solar fotovoltaica recibiría la mayor cantidad (2.445 millones de euros), seguida de la cogeneración (1.513 millones de euros), la so


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