Canarias comienza el trámite para impugnar la ley del sector eléctrico ante el Tribunal Constitucional

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el acuerdo por el que la Comisión de Bilateral de Cooperación entre el Estado y Canarias decidió abrir negociaciones entre las dos administraciones para intentar solventar las objeciones de inconstitucionalidad expresadas por la comunidad autónoma sobre la Ley 24/2013.

De acuerdo con el procedimiento que regula los recursos de inconstitucionalidad, esta comisión se convoca cada vez que una administración tiene dudas sobre el encaje en la Carta Magna de una norma aprobada por la otra, para intentar llegar a algún acuerdo de interpretación que evite elevar el asunto al Alto Tribunal.

En este caso, el Gobierno de Canarias discute cinco artículos de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, en concreto el 3 (apartado 13.c), el 7 (apartados 1 y 6), el 9 (apartados 3 y 4), el 10 (apartado 1) y el 14 (apartados 6, 7.b y 8).

El primero de ellos (art. 3) atribuye al Estado la competencia de autorizar las instalaciones de producción de electricidad en el mar territorial y el segundo (art. 7) faculta al Gobierno central para intervenir empresas eléctricas en determinados casos incluso si se trata de instalaciones de competencia exclusiva autonómica, siempre que considere que está riesgo la seguridad del suministro.

El artículo 9 regula las condiciones que deben cumplir las instalaciones de autoconsumo eléctrico, el 10 establece el marco para los sistemas extrapeninsulares y el 14 determina el procedimiento de retribución de las actividades eléctricas.

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