El TSJCyL anula el mayor parque eólico en funcionamiento en León por afectar al urogallo del cantábrico

El fallo estimó las pretensiones de SEO/BirdLife y declaró la nulidad de la autorización administrativa del parque eólico, puesto en funcionamiento hace tres años, ya que en su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) no se valoró la existencia de ejemplares de urogallo cantábrico, en la que es la colonia más meridional del mundo, según informaron fuentes de dicho colectivo ecologista.

Tampoco se tuvo en consideración el papel de corredor ecológico para la especie que supone toda la zona de implantación del proyecto. El TSJ de Castilla y León también criticó de forma severa que se ignorasen los informes emitidos por los técnicos de la administración en los que se reconocía la presencia de la especie y la importancia de estos terrenos para su supervivencia.

Se trata del cuarto parque del macroproyecto eólico de las comarcas leonesas de Omaña y Cepeda cuya autorización quedó anulada por el Tribunal Superior de Justicia, a la espera de que se confirmen por este órgano judicial las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de León sobre la subestación eléctrica en la que evacuan todos ellos, situada en Villameca, y el parque eólico de Valdesamario.

El tribunal hizo referencia en distintos apartados de su fundamentación jurídica a las analogías existentes entre el presente caso y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de noviembre de 2011 por la que se declaraban ilegales, conforme al Derecho Comunitario, las explotaciones mineras a cielo abierto de Laciana y Babia (León), ya que en ambos casos se verían afectados espacios protegidos Red Natura 2000 por actividades que fueron autorizadas sin ser evaluadas de forma adecuada.

Igualmente, el TSJ se refirió, a la hora de anular su autorización, a la total ausencia de valoración del impacto del resto de parques eólicos instalados en los alrededores, así como de las líneas de evacuación y subestaciones necesarias para su funcionamiento, argumentos ya empleados en las sentencias de esta Sala que anularon los parques eólicos previstos en el municipio de Riello.

El parque eólico anulado es el primero construido y en funcionamiento en León que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia, promovido por la mercantil del grupo Viloria «Energías Especiales Alto Ulla». Según datos aportados por la propia empresa en el procedimiento judicial, ésta habría obtenido más de ocho millones de euros anuales únicamente por el funcionamiento de dicho parque.

Felipe González, técnico de SEO/BirdLife en el proyecto Life+ Urogallo cantábrico, calificó la resolución del tribunal de «sentencia ejemplar» que se suma a otras en las que su organización ha estado trabajando para conseguir preservar este núcleo poblacional de urogallo cantábrico, que tiene la particularidad de ser el más meridional del mundo.

Con esta sentencia, según González, el urogallo cantábrico, una de las especies prioritarias de conservación en España, «ha visto renovadas sus posibilidades de supervivencia».

SEO/BirdLife señaló que el fraccionamiento del hábitat y su permeabilidad son, entre otras, las principales amenazas que sufre el urogallo cantábrico y añadió que los parques eólicos provocan ambas amenazas, por lo que la sentencia supone un «balón de oxígeno» para la especie.

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