La CNE podrá establecer sanciones por la manipulación del mercado energético y propone cambios para la creación del macrorregulador

La propia CNE se hace eco de esta exigencia de Bruselas en un informe, en el que ofrece además al Gobierno una propuesta para integrar el nuevo reglamento europeo, consistente en cambios en la Ley del Sector Eléctrico y en la Ley de Hidrocarburos, además de en la ley que se tramita para la creación del nuevo macrorregulador, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).

En concreto, España debe transponer los artículos 13 y 18 del Reglamento Europeo sobre Integridad y Transparencia de Mercado (REMIT) este semestre. El segundo de ellos alude a las sanciones y obliga a los Estados miembro a establecer normas en las que esta función recaiga sobre el regulador.

La CNE ya dispone de cierta capacidad sancionadora, pero la nueva normativa comunitaria le permitirá ampliarla a las actuaciones de manipulación fraudulenta del precio de la energía eléctrica y de los productos petrolíferos o de los gases combustibles, así como de la medición de las cantidades suministradas.

En la actualidad, estas prácticas se encuentran dentro de la capacidad sancionadora del Consejo de Ministros, ya que están consideradas «infracciones muy graves», recordó el organismo presidido por Alberto Lafuente en su informe.

Estas actuaciones muy graves referidas a la manipulación fraudulenta de los precios fueron incluidas por la Comisión Europea en el nuevo reglamento sobre la capacidad sancionadora de los reguladores.

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