Las eléctricas fraccionarán durante 2012 la subida retroactiva de la luz obligada por el Tribunal Supremo
Además, las compañías deberán explicar por carta a los usuarios, tanto a los acogidos a tarifa como a los que contratan su suministro en el mercado libre, las cantidades a refacturar desde el 1 de octubre de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012 y a desglosar cada una de las partidas, según la orden de peajes eléctricos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo que publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE).
«Las facturas emitidas por los comercializadores hasta el 31 de diciembre 2012, recogerán de forma separada los conceptos correspondientes a cada periodo para el que corresponda realizar la refacturación«, según la norma publicada.
En concreto, las eléctricas especificarán el periodo al que corresponde la refacturación, el consumo de dicho periodo y la cuantía correspondiente a la refacturación complementaria que se imputa en cada una de las facturas.
Todos estos importes se prorratearán en los recibos de luz de 2012, de modo que los consumidores harán frente de forma fraccionada a este pago.
El diario oficial publicó también la orden por la que la tarifa de último recurso (TUR), a la que están acogidos unos 20 millones de hogares y pymes con potencias contratadas iguales o inferiores a los 10 kilovatios, subió el 7% con fecha 1 de abril que, como ya indicó el Gobierno, se realizó para apñicar los autos del Tribunal Supremo. Dicho de otro modo, el prorrateo al que harán frente los consumidores a partir de ahora equivaldrá al 7% del precio actual.
Para el resto de usuarios, los peajes de acceso (que retribuyen costes regulados como el transporte, la distribución o las primas al régimen especial) se incrementa desde el 1 de abril en un 4,1% para las grandes residenciales y pymes; el 2,8% para el industrial medio, y el 0,9% para la gran industria.
Con las nuevas tarifas, se daría cumplimiento a las revisiones a las que obligó el Tribunal Supremo en relación a los peajes de acceso para dar cumplimiento a los límites legales de generación de déficit de tarifa.
Cambios de titular y bono social
La orden también señaló que, en el caso en el que se hubieran producido cambios de titularidad desde octubre del año pasado, o bajas de suministro o cambios de suministrador, los afectados podrán informar a la suministradora para que adopte las medidas «oportunas».
Industria aprovechó la orden ministerial para fijar el nuevo mecanismo de financiación del bono social. Hasta febrero del año pasado, eran las eléctricas las que soportaban este coste, pero una sentencia del Tribunal Supremo consideró discriminatoria esta práctica, de forma que la financiación se cargará a partir de ahora sobre la tarifa de luz.
Para ello, señaló la orden, antes del día 15 de cada mes los comercializadores de último recurso deberán presentar a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la información de la facturación correspondiente al mes anterior de los consumidores a quienes aplicaron el bono social, con desglose de períodos y facturación, para determinar la cuantía total del bono social aplicado y las liquidaciones asociadas.


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