Una planta fotovoltaica a mercado puede usar acumuladores y verter durante la noche, según la CNE

En todo caso, el regulador entendió que esta planta, pese a no disfrutar de primas, sí podría acogerse al régimen especial, con lo que tendría derecho a prioridad de acceso a la red, a conexión y a despacho, si bien debería aportar unos avales.

Esta solución de acumuladores, a juicio de la CNE, se adapta a las nuevas plantas que se instalen después de que en enero de este año el Gobierno aprobase el real decreto ley 1/2012, en el que suspende temporalmente las primas a las nuevas plantas fotovoltaicas.

El real decreto 661/2007, al que se encuentran acogidas muchas de las plantas en funcionamiento que disfrutan de primas, no contempla la posibilidad de utilizar sistemas de almacenamiento de electricidad que permita los vertidos durante la noche.

No obstante, en las plantas que no reciban primas por la entrada en vigor de la moratoria renovables «sí podría justificarse económicamente la inversión en un sistema de acumulación para su posterior vertido a la red», indicó el regulador.

De esta forma, una planta con acumuladores no podría acogerse al régimen especial con prima, pero sí a otras dos opciones, que son un régimen ordinario para vender al mercado o un régimen especial para vender igualmente a mercado. En este tercer caso, los equipos deberían ser nuevos y sin uso previo, añadió.

Una planta fotovoltaica a mercado puede usar acumuladores y verter durante la noche, según la CNE

En todo caso, el regulador entendió que esta planta, pese a no disfrutar de primas, sí podría acogerse al régimen especial, con lo que tendría derecho a prioridad de acceso a la red, a conexión y a despacho, si bien debería aportar unos avales.

Esta solución de acumuladores, a juicio de la CNE, se adapta a las nuevas plantas que se instalen después de que en enero de este año el Gobierno aprobase el real decreto ley 1/2012, en el que suspende temporalmente las primas a las nuevas plantas fotovoltaicas.

El real decreto 661/2007, al que se encuentran acogidas muchas de las plantas en funcionamiento que disfrutan de primas, no contempla la posibilidad de utilizar sistemas de almacenamiento de electricidad que permita los vertidos durante la noche.

No obstante, en las plantas que no reciban primas por la entrada en vigor de la moratoria renovables «sí podría justificarse económicamente la inversión en un sistema de acumulación para su posterior vertido a la red», indicó el regulador.

De esta forma, una planta con acumuladores no podría acogerse al régimen especial con prima, pero sí a otras dos opciones, que son un régimen ordinario para vender al mercado o un régimen especial para vender igualmente a mercado. En este tercer caso, los equipos deberían ser nuevos y sin uso previo, añadió.

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