El Supremo exime a las eléctricas de pagar el bono social y deja unos 150 millones de euros en el aire

Este bono social, con unos tres millones de clientes acogidos, fue creado a mediados de 2009 y consiste en una congelación de la tarifa de luz, inicialmente hasta 2012 y posteriormente ampliada a 2013, para potencias contratadas inferiores a 3 kilovatios (kW), pensiones mínimas, familias numerosas y familias con todos sus miembros en situación de desempleo.

El Gobierno estableció que las compañías eléctricas se encargasen de la financiación de esta ayuda, cuyo coste asciende a más de 100 millones de euros anuales y publicó un listado con los distintos porcentajes que les correspondían a cada una. Además, a finales de 2010, amplió el mecanismo hasta 2013 y cifró en 150 millones el esfuerzo anual que las cinco grandes eléctricas debían hacer para sufragar la medida.

Tras la sentencia, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo debe no solo restituir el dinero pagado por las eléctricas, sino buscar el medio de financiación para los 150 millones de euros de coste de la medida para este año.

Iberdrola recurrió la normativa sobre el bono social al considerar que es «discriminatoria» y que «carga toda la financiación en unas empresas concretas de un sector, el de generación de energía eléctrica, sin que se explicite la razón por la que deba imponerse a dicho sector en general y a tales empresas en particular la prestación patrimonial que implica la financiación».

Además, la eléctrica que preside Ignacio Sánchez Galán, aseguró que el bono social carecía de transparencia y que la selección de las empresas que debían financiarlo y la cuantía con que deben hacerlo era arbitraria, al tiempo que obstaculiza el establecimiento en España de nuevas empresas generadoras de electricidad y que restringía la libertad de empresa reconocida en el artículo 38 de la Constitución

El Alto Tribunal coincidió en esta falta de justificación de los motivos por los que se obliga a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC y E.ON a financiar el bono social, «en vez de a todos los sectores empresariales (generación, transporte, distribución)» o «a la generalidad de los usuarios, o a unos y otros o, simplemente, con cargo al presupuesto estatal, dado que en definitiva se trata de la financiación de una ayuda social».

Por ello, el Tribunal Supremo insistió en la concepción «discriminatoria y no transparente, además de no resultar controlable ante la jurisdicción en sus parámetros esenciales».

«El País» y «El Economista«, que adelantan esta decisión del Supremo, señalaron que el magistrado José Manuel Bandrés emitió un voto particular en contra de la decisión en la que consideró que la obligación de las eléctricas de financiar este bono es una medida de política social que no es discriminatoria, es proporcionada y que está justificada por perseguir el interés económico general.

Asimismo, Bandrés explicó que la sentencia no afecta a la regulación del bono social, sino solo a su mecanismo de financiación y la falta de justificación del mismo, aunque deja en el aire cómo deberá financiarse a partir de ahora.

1 comentario
  1. dsad
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