Informe CNE: resumen de propuestas para garantizar la sostenibilidad económico-financiera del sistema eléctrico
En la introducción del informe aprobado por la CNE se apunta que el déficit entre los ingresos y los costes del sistema eléctrico es insostenible, anticipando una cifra de 21.812 millones de euros a marzo de 2012 y una previsión final de año de 23.312 millones de euros si se incluye el déficit establecido para 2012.
El informe reconoce que las consecuencias directas de mantener una senda creciente de deuda del sistema eléctrico son, por una parte, los crecientes pagos por la deuda del sistema a través de los peajes de acceso presentes y futuros de los consumidores y, por otra, el impacto sobre el endeudamiento de las empresas eléctricas que están obligadas a financiar temporalmente el déficit del sistema.
Con estas medidas, la CNE establece que (sin contar con la financiación extrapensinsular incorporada en este año en las tarifas eléctricas) se puede conseguir el equilibrio en los peajes de acceso en 2016 si se produce una subida en los mismos del 2% anual hasta 2015. Si este crecimiento fuese del 3% o el 4%, esto se conseguiría en 2014. Y, el organismo evalúa que sería necesaria una subida del 15,1% en 2012 para que el déficit sea nulo a partir de 2012.
Para ello, la CNE establece medidas con impacto en el corto plazo y en el largo plazo, para eliminar el déficit del sistema, mitigar los costes de financiación y definir los costes de acceso que ‘deben recaer sobre los consumidores’, eliminando los costes que absorbe el sistema eléctrico.
Medidas regulatorias con impacto en el corto plazo
– La amortización de los activos y la retribución del Valor Neto en la retribución del transporte.
– El aplazamiento de inversiones de transporte previstas en la planificación.
– La revisión de la retribución de la distribución mediante el criterio de la amortización de activos y retribución a Valor Neto.
– La revisión de los costes de operación y mantenimiento de la retribución de la distribución.
– La armonización de la prima de la tecnología solar termoeléctrica con respecto a su tarifa regulada.
– La limitación del uso de los combustibles fósiles de apoyo al 5% de la energía primaria para tecnologías de régimen especial.
– La eliminación de los gastos de naturaleza recurrente en los costes de compensación extrapeninsular.
– El incremento de los factores de eficiencia de todas las actividades y costes regulados.
– La revisión de la tasa interna de rentabilidad en las actividades reguladas.
– Medidas relativas al mecanismo de financiación y cesión del déficit tarifario a FADE por parte de las empresas eléctricas que están obligadas a financiar temporalmente el déficit, con el objeto de mitigar de forma inmediata el impacto de dicho mecanismo de cesión en las anualidades con cargo a los peajes de acceso de los consumidores. Para el déficit que no ha sido cedido a FADE, la CNE propone que las empresas cedan directamente a terceros la deuda de la que son titulares iniciales, tal y como se realizó en el déficit anterior a 2003 y el de 2005.
– Propuesta para que las empresas eléctricas beneficiarias de la cesión a terceros de los derechos de cobro contribuyan a financiar parte de los costes de la titulización.
– Medidas para trasladar hacia los costes de energía, partidas actualmente consideradas como costes de acceso (retribución del Operador del Sistema y coste de interrumpibilidad de los grandes consumidores), a efectos de eliminar de los peajes de acceso aquellas partidas que son identificadas como costes de servicios del sistema.
– Revisión del sistema de pagos por capacidad y del sistema de restricciones por garantía de suministro.
– Cumplimiento de la senda de financiación de la compensación extrapeninsular con cargo a los PGE establecida en el RDL 6/2009, eliminando la financiación de dicho coste por el sistema eléctrico.
– Ejecución en 2012 de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2010 correspondiente al ejercicio 2009, relativa a la financiación con cargo a la tarifa eléctrica del Plan de Acción 2005-2007 de la Estrategia Energética.
– Financiación de las primas del régimen especial en parte de forma externa a los peajes de acceso, a partir de los ingresos de las subastas de CO2.
– Laminar la senda temporal de las primas que recibirán las centrales solares termoeléctricas inscritas en el registro de preasignación para mitigar el impacto del desajuste temporal del sistema eléctrico consistiría en, pero sin acta definitiva de puesta en servicio.
Medidas regulatorias con impacto en el medio plazo
– En materia de infraestructuras de actividades reguladas, revisión de los costes unitarios y las bases retributivas de activos, actualizando el mecanismo de incentivos vigente de forma homogénea a todas las actividades reguladas (eliminando, así, la senda creciente de costes derivada de la regulación que indexan de forma automática y creciente determinadas retribuciones a fórmulas (IPC-X)) y eliminando problemas metodológicos en los sistemas de retribución vigente de actividades reguladas.
– Determinar claramente los costes que deben incluirse de forma estable en los peajes de acceso y aquellos otros que deben financiarse externamente (compensación extrapeninsular), o conjuntamente a otras fuentes de financiación externas a los peajes de acceso (régimen especial).
– Atribuir a la CNE, hasta que se transponga la Directiva 2009/72/CE, el establecimiento de la metodología de retribución de las actividades reguladas, a partir de la implantación de una contabilidad regulatoria de costes, así como la metodología de asignación de los costes para determinar los peajes de acceso y de generación, los pagos por capacidad, como también los precios de los operadores de mercado y del sistema, que deben pagar los agentes de forma suficiente.
– Introducción de un mecanismo de subastas competitivas para determinar la retribución de nuevas instalaciones de generación renovable. El uso de este mecanismo aportaría elementos de competencia, con el fin de disminuir los costes asociados a la promoción de las energías renovables y traspasar al consumidor esas ganancias de eficiencia.
– Medidas fiscales con especial atención a los impuestos sobre los hidrocarburos para compensar el desfase entre ingresos y gastos del sistema eléctrico.
Medidas relacionadas con el mercado mayorista eléctrico
– Desarrollo y consolidación de un mecanismo de pagos por capacidad (utilizando preferentemente mecanismos competitivos) adaptado a las nuevas condiciones de mercado que se prevén para el largo plazo.
– Medidas relacionadas con las reglas del mercado diario e intradiario, para incrementar la eficiencia y permitir la convergencia con el resto de mercados de la UE.
– Retrasar la hora de cierre del mercado diario hasta las 12:00 y el mantenimiento del mercado intradiario del Mibel con el formato actual de subasta al que se le añadiría un mercado continuo para las transacciones en la frontera francesa.
– Medidas relacionadas con el mecanismo de restricciones por garantía de suministro relacionado con el carbón nacional.
– Medidas para mejorar la operación del sistema eléctrico, con el fin de permitir una mejor integración de las energías renovables y mejorar la eficiencia en la operación.
– Mejora en la capacidad de supervisión global de la CNE de todos los segmentos del mercado mayoristas, con especial énfasis en el segmento de contratación a plazo, debido tanto al incremento registrado en este segmento, como a que gran parte de la negociación se produce en mercados no organizados.
– Lograr una mayor capacidad de supervisión y transparencia en los contratos bilaterales intragrupo.
– Conseguir tener una mayor información sobre los precios de gas a los que tienen acceso las centrales de ciclo combinado, por su importante influencia sobre el precio del mercado.

Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir