Expectación ante un dictamen previsible. La CNE decide sobre los derechos políticos de ACS en Iberdrola y Unión Fenosa
La expectación se ha adueñado de esta cuestión que, si atendemos a la historia reciente y continuada de la CNE, tendría una resolución inmediata que impediría a ACS ejercer derechos políticos por encima del 3 % en Iberdrola, a pesar de poseer más del 12%. Sus antecedentes fueron además de polémicos en su momento, muy expeditivos.
Por otra parte, el jueves pasado, la segunda eléctrica española pidió en sus alegaciones que el regulador energético aplique la normativa vigente, que limita al 3 por ciento los derechos de voto de una sociedad que participe en dos operadores principales del sector energético. En la actualidad, ACS posee el 40,47 por ciento del capital de Unión Fenosa y controla la mitad de su consejo, mientras que su participación en Iberdrola alcanza el 12,3 por ciento.
Si repasamos la historia reciente de este precepto legal y su aplicación, en el año 1991 la Caixa tuvo que elegir entre estar en los consejos de Endesa y Gas Natural. Recientemente, en el año 1995, el BBVA tuvo que, incluso levantarse de la silla y salir del consejo de Iberdrola y de Repsol YPF. Y eso que las actividades aún siendo energéticas, no eran en los dos casos de generación eléctrica, pero en los dos casos se trataba de presencia simultánea en los denominados operadores principales. De hecho, el BBVA mantuvo un posicionamiento especialmente duro con esta decisión del regulador.
Lista restringida
En este sentido, el Consejo de la CNE ha sido claro y taxativo , delmitando las acciones que podían realizar simultáneamente los propietarios de dos empresas con la consideración de operadores principales: la aprobación de cuentas de resultados, aprobación del informe de gestión y la aprobación de la distribución de resultados. Nada más. Evidentemente, no pueden participar en el nombramiento de consejeros y por otra parte, la utilización de una lista corta de posibilidades de decisión por encima del 3% impide cualquier tipo de ambigüedad al respecto de la interpretación realizada hasta el momento del Real Decreto sobre el control de los derechos políticos en dos o más operadores principales.
Por eso, y aunque los actores son importantes: Iberdrola y ACS, Ignacio Sánchez Galán y Florentino Pérez, parece que el argumento no debería tener muchas variaciones sobre este guión y la decisión del órgano regulador debería ser casi un calco de sus anteriores pronunciamientos.
¿Alguien sabe por qué de tanta expectación?

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