Hacia la normalización del sector eléctrico

La promulgación del R.D.-Ley 6/2009 por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, junto con la aprobación del R.D. 485/2009 en el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso, configuran dos normas que permiten, en el primer caso, resolver problemas generados en el pasado más reciente (y no sólo el déficit tarifario, como veremos más adelante) y abordar un escenario de avance en la liberalización del sector, en el segundo.

Cuando decimos que estas dos normas no sólo resuelven, en un modelo latino (es decir con gradualidad, transitoriedad y plazos) la cuestión del déficit tarifario, podemos señalar también cómo aborda, quizás, otra cosa de enorme gravedad: la situación de precariedad regulatoria heredada de la etapa Clos-Nieto, caracterizada por una regulación muy arriesgada, improvisada, atrabiliaria y espasmódica, conformadora de medidas que han generado una fuerte inseguridad jurídica, una falta de estabilidad regulatoria, el olvido de las condiciones empresariales y financieras del sector, incluyendo la tendencia a cuestionar el funcionamiento del mercado y del propio modelo de liberalización. Si bien, todo lo roto no se ha arreglado, sí que se han enviado señales muy claras de cambio de rumbo.

En todo caso, se había llegado a una situación impropia de un sector que necesita fuertes inversiones para que cumpla su misión de suministro de electricidad a ciudadanos y empresas. Por tanto, las soluciones y medidas recogidas en estas normas podríamos decir que hubieran sido impensables hace año y medio, con independencia de que fueran sus creadores políticos los propios responsables de su solución. El hecho es que el déficit tarifario como criatura prometeica estaba concebido en ese momento y por determinados apoyos “intelectuales retroprogresivos” como algo solucionable con un “golpe de Estado” regulatorio, al que estábamos acostumbrados de manera inexplicable. Por tanto, no era en sí un problema que tuviera el recurso de la arbitrariedad. Por eso, el de qué venimos es importante, porque no solamente había creado el problema, sino que era parte del problema.

En ese proceso, hay que señalar que se habían producido fuertes regresiones en el proceso de liberalización del sector, medidas como las emisiones primarias de energía con poco sentido incluso desde su finalidad presunta o, directamente, movimientos expropiatorios de dudosa estofa y menos garantía jurídica como la detracción de derechos de emisión (que acabarían mal en la esfera judicial). El caso, es que el rosario de procesos judiciales embalsado y con no muy buenas perspectivas para el regulador tenía toda la pinta de que empezaba su deshielo y las sentencias negativas inspiradas en las posiciones más intervencionistas del sector (el intervencionismo es la negación del estado de derecho). Industria, en este caso, ha optado por la solución menos heterodoxa, no por la solución más ortodoxa, ya que la ortodoxia pura existe, pero no es posible o no es razonable. Por tanto, este Real Decreto-Ley con la derogación del famoso R.D. 11/2007 acaba con los atisbos y las insinuaciones de persistencia en una medida disparatada judicialmente.

En segundo lugar y cuando decimos que el escenario permite abordar un avance en la liberalización real del sector, quiere decirse que con estas medidas se configura una caja de herramientas más o menos suficientes y, al mismo tiempo, susceptible de mejora y de buen uso, cosa que se confirmará con los próximos pasos de Industria. Por ejemplo, es necesario resolver la capacidad de que las actuales distribuidoras puedan ejercer de comercializadores de último recurso, que vayan subiendo tarifas de acceso y peajes, de forma que se reconozcan los precios reales y al mismo tiempo que la tarifa de último recurso sea completa (aditiva) para que puedan existir ofertas y competencia para los clientes. Quizá habría que señalar que el escenario de avance en la liberalización no es tan intenso, ambicioso o rápido como cabía prever, pero supone cierta inflexión en la tendencia que mostraba el anterior equipo contra el modelo de liberalización que prevé la directiva europea y sus continuos esfuerzos por zafarse de ello.

Por ese motivo, la semana que viene analizaremos y recogeremos las reacciones a este Real Decreto, pero podemos señalar que, en general, es una medida que conduce a normalizar una situación artificialmente anómala, inflada por las malas prácticas regulatorias precedentes. También analizaremos otras cuestiones como los registros de preasignación o el bono social, que son cuestiones también abiertas con esta normativa encima de la mesa.

Hasta ahí es una buena noticia, la conformación que se haga de la tarifa de último recurso, el impulso a la comercialización y de la competencia dictarán el avance liberalizador y su plazo que, en todo caso, no parece que sea corto. Por ello, hay que valorar positivamente este avance y el que las posiciones intervencionistas finalmente hayan sido soslayadas. Lo que viene ahora es gestión y la tendencia hacia esa normalización apuntada ahora. Paciencia y barajar.

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