La CNE pide una mejor definición de los clientes protegidos de gas y los niveles de crisis de suministro

Esta consideración aparece recogida en un informe del regulador acerca del reglamento 994/2010 del Parlamento Europeo sobre medidas para garantizar la seguridad de suministro de gas, indicó la CNE.

El informe aseguró que el grado de cumplimiento es diverso. En líneas generales, la regulación ya concuerda en líneas generales con las dictadas por el Reglamento, si bien aún resulta necesario adecuar algunos aspectos, entre los que figuran los antes citados, así como los relacionados con las funciones de la autoridad competente en materia de seguridad de suministro y su coordinación con otras administraciones.

También es preciso mejorar la regulación en relación a la bidireccionalidad permanente de todas las conexiones internacionales y la elaboración de evaluaciones de riesgos, planes de acción preventivos y planes de emergencia.

El informe también detalló la forma en que otros Estados están realizando la aplicación del reglamento, que entró en vigor en diciembre de 2010, si bien algunas disposiciones deben implementarse paulatinamente hasta 2014. Este texto es de directa aplicación en los Estados miembros y, por tanto, no requiere transposición a la normativa nacional.

En relación al estado actual de la aplicación del reglamento, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo remitió a la Comisión Europea en diciembre la evaluación de riesgos.

El siguiente paso consistirá en el desarrollo de un plan de acción preventivo que describa las medidas necesarias para eliminar o atenuar los posibles riesgos detectados. Estas acciones ahondan en el desarrollo de mecanismos de mercado transparentes, proporcionados, no discriminatorios y verificables.

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