El CSN es contrario a aceptar la petición de prórroga de Garoña tras vencer el plazo de solicitud
El CSN recibió el 24 de agosto una petición de informe del Ministerio de Industria sobre la petición que había formulado Nuclenor para que se alargara dos meses el plazo para la presentación de la solicitud de prórroga.
El 31 de agosto el CSN emitió un informe en contra de esa opción, y argumentó que «una reducción adicional de este plazo, necesario para llevar a cabo la revisión, evaluación, e inspecciones que procedan, afectaría negativamente al rigor y profundidad de la revisión del CSN».
De hecho, el informe sirvió de base para la orden que el Ministerio de Industria emitió el 3 de septiembre, en la que se denegó el alargamiento de plazo para la presentación de la solicitud de prórroga.
El titular de la central exponía «que ante la falta de información segura y la incertidumbre actual sobre las medidas que el Ministerio de Industria está considerando para resolver el denominado déficit de tarifa, que puede afectar de manera importante a los ingresos de la generación nuclear y ante la imposibilidad de poder analizar dichas medidas y sus consecuencias, Nuclenor considera que no se dan las condiciones para tomar una decisión responsable sobre el futuro de la Central de Santa María de Garoña«.
De hecho, ésta fue la razón principal que la empresa propietaria de Garoña argumentó el 5 de septiembre en un escrito en el que anunciaba que no presentaría la solicitud en plazo.
En el mismo escrito, Nuclenor apuntaba la posibilidad de presentar la solicitud de prórroga si, una vez aclarada la situación del mercado eléctrico y la posibilidad de cobro de algún nuevo impuesto autonómico, las condiciones son adecuadas para garantizar la rentabilidad de la instalación nuclear.
Fuentes jurídicas consultadas señalaron que, en el plano administrativo, no sería necesario que el Gobierno emitiera una nueva orden abriendo un plazo de presentación, dado que en la resolución del 3 de septiembre se abre la puerta a que Nuclenor presente un recurso de reposición que, de ser aceptado por el Gobierno, alargaría automáticamente el plazo de presentación de la solicitud de prórroga.




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