La OCU reclama que se elimine la factura estimada de la electricidad
Industria publicó en el BOE una resolución aclarando la periodicidad con que las empresas eléctricas deben leer el contador. En ella se establece que la lectura debe realizarse una vez cada dos meses, y sólo si el cliente lo consiente expresamente, la revisión podría ser semestral.
Algo que, según la OCU, «no supone una novedad, y en la práctica, las cosas apenas cambiarán para los consumidores».
La normativa actual ya recogía la obligación de leer el contador cada dos meses y la lectura semestral sólo con autorización expresa, continuó esta organización.
Desde la OCU «nos tememos que las distribuidoras seguirán incumpliendo la obligación de leer cada dos meses, ya que sigue sin haber sanciones a la compañías, ni éstas están obligadas a compensar al consumidor por no cumplir con sus obligaciones contractuales».
Las únicas novedades de lo publicado por Industria en el BOE tratan de resolver algunas de las situaciones absurdas que provoca la estimación de facturas, como evitar las estimaciones en base a consumos del año anterior en las viviendas que se detecte que están en la actualidad sin consumos y la no aplicación de estimaciones a partir de consumos históricos cuando haya cambios en la potencia contratada, añadió.
Para la OCU esto no es más que una nueva forma de justificar y alargar el recurso a la factura estimada, una forma de cobro que impide al consumidor saber lo que consume y comprobar de manera sencilla y cierta la evolución de sus consumos.
A su juicio, es preciso eliminar la estimación de consumos; acelerar la implantación de contadores electrónicos; y favorecer la lectura mensual a partir de esos nuevos contadores electrónicos.




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