La Oficina de Cambio de Suministrador también dará información a los usuarios
El Consejo de Ministros aprobó el real decreto que regula la estructura y funciones de la Oficina, creada en 2008 para supervisar los cambios de suministro conforme a los principios de «transparencia, objetividad e independencia».
La vicepresidenta segunda del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, destacó que se trata de una decisión «novedosa» en Europa y dijo que el objetivo de la Oficina es «orientar e informar» a los ciudadanos y garantizar una competencia leal entre las empresas con «reglas del juego claras para todos».
Por ello, contará con el Centro de Información sobre el cambio de suministrador, que ofrecerá información, al menos, sobre el procedimiento, requisitos, plazos y efectos del cambio, así como datos sobre las comercializadoras, encargadas de suministrar el gas natural y la electricidad.
La Oficina no atenderá las quejas y reclamaciones del consumidor, ya que los asuntos relacionados con consumo y reclamaciones relacionadas con el sector energético son competencia de las comunidades autónomas.
En febrero pasado, el Consejo de Ministros reguló la creación de una Oficina de Defensa del Consumidor de Productos Energéticos, que de momento no se constituirá al contar con el rechazo de las autonomías.
En el terreno empresarial, la Oficina garantizará el acceso a las bases de datos de todos los puntos de suministro en poder de las distribuidoras, que serán puestas a disposición de las comercializadoras de forma gratuita para garantizar la competencia.
Los usuarios deben elegir antes del próximo 1 de julio a su comercializadora de electricidad, que será la que le suministre la luz, y, en caso de no hacerlo, les será adjudicada automáticamente la que corresponda a su actual distribuidora.
Ese día entrarán en vigor la Tarifa de Ultimo Recurso (TUR), la única que será fijada por el Gobierno y a la que podrán acogerse los clientes con potencias contratadas iguales o inferiores a los 10 kilovatios (kW), que, no obstante, podrán elegir ir al mercado libre.
Los usuarios con más de 10 kW que aún no están en el mercado libre deberán pasarse a él o sufrirán recargos trimestrales del 5 por ciento respecto a las tarifas de enero hasta abril de 2010, cuando pasarán a pagar la TUR vigente en ese momento más un 20 por ciento adicional.
La Oficina de Cambio de Suministrador se constituye como una sociedad mercantil y en su accionariado participan los propios distribuidores y comercializadores de gas natural y de electricidad, que financiarán su mantenimiento y «autorregularán» la gestión de datos de interés común para todos ellos.
No obstante, la Comisión Nacional de Energía (CNE) supervisará el cumplimiento de la normativa y procedimientos relacionados con los cambios de suministrador que se realicen, así como la actividad de la propia Oficina.


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