Entradas

El Supremo anula una multa de 5,4 millones a Endesa por llevar consumidores sin derecho a TUR al mercado libre

Europa Press.- El Tribunal Supremo anuló una sanción de 5,4 millones de euros impuesta en junio de 2012 a Endesa por trasladar al mercado libre a clientes que habían perdido el derecho a la Tarifa de Último Recurso (TUR). Con esta decisión, las compañías eléctricas han logrado que los tribunales hayan dejado sin efecto en los dos últimos años, ya sea en el Supremo o en la Audiencia Nacional, sanciones impuestas por la anterior autoridad de Competencia por 70 millones de euros.

En la última resolución judicial, el Supremo deja sin efecto una multa de la extinta Comisión Nacional de Competencia (CNC) a Endesa Energía XXI, filial de Endesa encargada del suministro a precio regulado, por actos de «competencia desleal» y «falsear la libre competencia de modo que afecte al interés público». Concretamente, Competencia consideraba desleal el traspaso al mercado libre de clientes que habían perdido el derecho a la TUR y que estaban siendo suministrados de forma transitoria por Endesa sin que la compañía hubiese recabado el consentimiento expreso del consumidor.

La Audiencia Nacional desestimó el recurso presentado por Endesa, que se dirigió posteriormente al Supremo, donde ahora su conducta ha sido considerada conforme a derecho. El tribunal considera que la sanción no observó «de forma inexcusable y con todo su rigor» las cautelas necesarias para imponer una sanción. El tribunal reconoce que el cambio de contrato es un asunto «sustancial para los clientes» y que el principio de transparencia aconsejaba requerir el consentimiento expreso de los afectados, pero considera que, «desde la exclusiva óptica del derecho sancionador, no cabe sustentar la definición y el contenido del comportamiento desleal en una interpretación contextual de la norma sectorial que se aleja en exceso de su tenor literal».

70 millones en sanciones anuladas

Esta sentencia se suma a la ristra de decisiones judiciales en las que se han dejado sin efectos decisiones sancionadoras de Competencia. La mayor de ellas correspondió a una sanción de la CNC a las eléctricas y Unesa por 61 millones, anulada después de que el Supremo invalidase las inspecciones de la Dirección de Competencia en la sede de la patronal eléctrica. El Supremo consideró que las inspecciones en la sede de Unesa carecieron de «concreción del objeto y finalidad», pese a estar autorizadas por un juzgado. La actual CNMC anunció que no recurriría la decisión de la Audiencia Nacional.

Recientemente, la Audiencia Nacional dio la razón a Iberdrola y anuló otra sanción de 3 millones de euros impuesta en 2014 por el Ministerio de Industria a esta empresa y a Endesa por la gestión de la central nuclear Vandellós II. Endesa, con un 72%, e Iberdrola, con un 28%, son los propietarios de la instalación. En marzo, el Supremo anunció una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la CNC a Gas Natural Fenosa por prácticas relacionadas con el cambio de comercializadora de energía, el conocido como switching.

Los usuarios domésticos de electricidad en el mercado libre superan ya en casi 850.000 a los regulados

Europa Press.- Los consumidores domésticos de electricidad que disponen de un contrato en el mercado libre superan ya en 842.000 a los que se decantan por la opción regulada, según el último informe de indicadores eléctricos de la Comisión Nacional de los Mercado y la Competencia (CNMC). El informe muestra que la brecha entre uno y otro perfil crece con velocidad. Si tres meses antes los clientes de mercado superaban por primera desde la liberalización de 2009 a los regulados, ahora son un 6,5% más.

El superregulador calcula que en la actualidad existen 25,7 millones de consumidores con derecho a disfrutar del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), que es la opción regulada diseñada por el Gobierno en 2014 para potencias inferiores a 10 kilovatios (kW). De estos consumidores, 12,45 millones cuentan con el PVPC, y de ellos apenas 626.271 con la opción de discriminación horaria. Los consumidores de la opción regulada consumen de media 2.222 kilovatios hora al año (kWh). La potencia media contratada es de 3,89 kilovatios (kW).

Por contra, los consumidores que pasaron al mercado libre con 13,29 millones, de los que 1,07 millones disfrutan de discriminación horaria. Estos usuarios de mercado consumen una media de 2.642 kWh al año y tienen una potencia contratada de 4,39 kW. El 63% de los usuarios con discriminación horaria se encuentra en el mercado libre, frente al 37% que se encuentra en la opción regulada, según el informe del regulador.

7 años desde la liberalización

La liberalización del suministro eléctrico para los consumidores domésticos comenzó en 2009, cuando la tarifa regulada quedó restringida a potencias inferiores a 10 kW y adoptó el nombre de Tarifa de Último Recurso (TUR). Desde ese momento, los cerca de 26 millones de consumidores domésticos pudieron elegir entre esta tarifa regulada, suministrada por las comercializadoras de último recurso de las principales eléctricas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España, y un precio en el mercado libre.

El vuelco entre consumidores de mercado y regulados se produjo en 2015. En su informe anual del mercado eléctrico de 2014, la CNMC cifraba en 13,9 millones los consumidores domésticos con PVPC y en 13 millones los de mercado. En ese informe, el regulador indicaba que las tres mayores comercializadoras aglutinaban el 67% del volumen de energía suministrado en mercado libre. Endesa Energía era líder, con una cuota del 32%, frente al 20% de Iberdrola y el 14% de Gas Natural Fenosa. En ese momento, ya se apreciaba lo que la CNMC describía como un «lento pero progresivo» aumento de la cuota de energía suministrada por los comercializadores eléctricos independientes.

La CNMC afirma que las comercializadoras eléctricas del mercado libre elevaron un 30% sus márgenes desde que desapareció la TUR

Europa Press / Servimedia.- Los márgenes brutos aplicados por las comercializadoras de electricidad en el mercado libre para el consumidor doméstico se incrementaron hasta un 30% desde que se sustituyó la tarifa de último recurso (TUR) por el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), según datos ofrecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Según el informe de supervisión del mercado minorista de electricidad correspondiente al año 2014 de la CNMC, estos márgenes brutos (incluido el coste comercial) se situarían, en promedio, entre los 12 y 18 euros por megavatio hora (MWh) en el año 2014, frente a los 9-14 euros por MWh del año anterior. Así, el organismo presidido por José María Marín Quemada señala que los márgenes se habrían incrementado, especialmente tras la desaparición de la TUR. Además, los precios medios finales facturados por las comercializadoras se incrementaron en 2014 respecto al 2013, excepto para los consumidores industriales. Estos incrementos fueron del 6%, 4% y 2%, para consumidores domésticos con derecho a PVPC, consumidores domésticos sin derecho a PVPC y pymes, respectivamente.

Por otra parte, el informe también señala que las cinco comercializadoras vinculadas a los grandes grupos tradicionales energéticos han reducido su cuota de comercialización en el mercado libre, pasando del 80% en 2013 al 77% en 2014. Asimismo, se incrementó el número de comercializadoras que suministran electricidad, pasando de 66 en 2013 a 90 en 2014 (número de empresas que cuentan con un volumen significativo de clientes). «Esto muestra la capacidad que presenta el mercado eléctrico para dar entrada a nuevos suministradores», destacó la CNMC.

El superregulador indica que, en el segmento del consumidor doméstico, la existencia de la tarifa regulada actuaba hasta abril de 2014, cuando se cambió al actual sistema de PVPC, «como techo de las ofertas de las comercializadoras, que seguían, con carácter general, la evolución del precio regulado». Con la nueva metodología aseguran que esta referencia desaparece. De hecho, la CNMC señala que el margen aplicado al consumidor acogido a PVPC, establecido regulatoriamente, es de 4 euros por kilovatio (kW) de potencia contratada al año, lo que equivale, para 2014, a unos 7 euros por MWh.

Así, la CNMC constata la importancia de que el consumidor analice «en profundidad» las ofertas disponibles en el mercado antes de cambiarse de suministrador, ya que la contratación de uno u otro producto puede suponer un ahorro para el consumidor doméstico de unos 200 euros anuales. Así, subraya que se aprecia que gran parte de los cambios de suministrador registrados se realizaron con empresas que presentan los precios más elevados, «lo que demuestra que el consumidor doméstico no conoce bien las opciones disponibles o no le resulta fácil valorarlas correctamente».

En el caso del consumidor doméstico sin derecho a PVPC, donde se registran mayores márgenes, también se incrementaron de los 16-22 euros por MWh en 2013 a 19-25 euros por MWh en 2014. También en el segmento de las pymes los márgenes se incrementaron de forma significativa, con carácter general, pasando en 2013 de 9-15 euros MWh a márgenes en 2014 de 10-17 euros MWh.

Recientemente, el Tribunal Supremo estimó parcialmente los recursos presentados por Iberdrola y Gas Natural Fenosa contra el real decreto por el que se regulaba el nuevo sistema de PVPC, obligando al Gobierno a «regular con precisión la metodología de cálculo del margen de comercialización» eléctrico. En las sentencias, el tribunal señalaba que procedía estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Iberdrola contra el apartado del real decreto por el que se establece la metodología de cálculo de los PVPC de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, anulándolo en ese inciso, «por ser disconforme a Derecho«. Asimismo, pedía al Gobierno que fijara el margen de comercialización fijo «previa adopción de una metodología acorde a la Ley del Sector Eléctrico».