Entradas

La CNMC multa a Endesa Energía con 260.000 euros por irregularidades en la formalización de contratos de luz y gas

Europa Press.– La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía con 260.000 euros por irregularidades en la formalización de contratos de luz y gas natural, según indicó el organismo que preside José María Marín Quemada.

Concretamente, Competencia ha sancionado a la compañía con 170.000 euros por 17 infracciones leves (14 de ellas contrarias a la Ley del Sector Eléctrico y 3 a la Ley del Sector de Hidrocarburos), a los que se suma otra multa de 90.000 euros por haber cambiado de compañía a un particular sin su consentimiento. Durante la investigación llevada a cabo por la CNMC, el organismo ha detectado que Endesa Energía incumplió su obligación de contar en todo momento con la documentación que acredita la voluntad del cliente de cambiarse de suministrador para 14 contratos de suministro eléctrico. Igualmente, detectó esta práctica en otros 3 contratos de suministro de gas natural, de los que tampoco disponía de la documentación exigida legalmente.

Cambio de compañía sin consentimiento

En consecuencia, la CNMC considera que la compañía cometió un total de 17 infracciones leves por incumplir sus obligaciones en relación con la formalización de los contratos de suministro de energía eléctrica y de gas natural. Por otra parte, la CNMC recibió la denuncia de un consumidor, a través de la Consejería de Economía del Gobierno de Canarias, que reclamaba que Endesa Energía le había cambiado de comercializador de electricidad sin su consentimiento en 3 propiedades que previamente fueron de un familiar fallecido. En consecuencia, la compañía ha sido multada con 90.000 euros por haber cometido 3 infracciones leves, según la Ley del Sector Eléctrico.

Competencia recuerda que recientemente también ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, y anteriormente, con otros 120.000 euros por dar de alta a clientes sin contar con su consentimiento. Meses antes, Endesa también fue sancionada con 30.000 euros por una práctica similar. La CNMC insiste en que las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos fijados por la Ley cuando formalizan sus contratos y muy especialmente cuando se trata de consumidores vulnerables. Asimismo, recuerda que están prohibidas las ventas en el domicilio, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y sea por iniciativa suya.

La CNMC denuncia cambios de comercializador a clientes de luz y de gas sin su consentimiento o de modo engañoso

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha denunciado cambios de comercializador a clientes, algunos de ellos beneficiarios del bono social, por las comercializadoras eléctricas y gasistas sin su consentimiento o de modo engañoso, por lo que pide regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas sobre ello«.

En su informe sobre la supervisión del efectivo consentimiento del consumidor al cambio de comercializador, la CNMC señala que ha detectado que varias empresas de electricidad y gas no pueden acreditar el consentimiento al cambio de compañía de diversos clientes. Así, detectó durante el periodo de análisis 11 beneficiarios del bono social que afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso y perdieron su derecho a un descuento del 25% en su factura.

Concretamente, ha analizado los cambios de compañía de electricidad (3.160.246) y gas (931.123) que tuvieron lugar entre julio de 2015 y junio de 2016 y ha realizado una muestra estadística representativa sobre 3.400 casos de cambios. En el caso del sector eléctrico, la CNMC constató que en el 3% de los casos el comercializador no ha podido demostrar que los clientes hubieran solicitado el cambio de compañía. De las muestras estadísticas analizadas se han detectado 33 cambios no acreditados. Además, en el 11% de los casos analizados, existen dudas de que los clientes dieran realmente su permiso para el cambio.

En lo que se refiere al sector gasista, el 0,9% de los cambios de comercializador no acreditaron el consentimiento del consumidor y el 4% de ellos fue dudoso. La CNMC señala que, extrapolando estos resultados, se podría afirmar que durante el periodo de estudio, no sería posible acreditar el consentimiento al menos en un total 40.000 cambios de clientes eléctricos, ni en al menos 4.000 de cambios de clientes gasistas.

Por otra parte, la CNMC constató que una parte de los cambios sin consentimiento ha afectado a clientes vulnerables, que tienen derecho a percibir el bono social de la luz, un descuento que durante el periodo analizado alcanzaba el 25% de la factura mensual. Concretamente, el regulador detectó 176 cambios con pérdida del bono social. En 11 casos, los consumidores afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso. La CNMC subraya que las medidas de protección incluidas en el Decreto 897/2017, en el que se regula la figura del consumidor vulnerable y el nuevo bono social, «evitarán que se sigan produciendo estas situaciones».

Para combatir estas prácticas, la CNMC considera necesario regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas». Además, se debería establecer la regulación de la contratación telefónica en el caso del sector eléctrico, «simétrica a la existente en el sector gasista«. Adicionalmente, como ya ha recomendado el organismo anteriormente, considera que las empresas deberían incrementar los controles a los agentes de venta.

La CNMC multa a Endesa Energía con 30.000 euros por cambiar de comercializadora eléctrica a un consumidor sin su consentimiento

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por haber cambiado a un consumidor de compañía eléctrica sin contar con su consentimiento. Competencia considera que, con esta actuación, Endesa Energía es responsable de una infracción leve de las tipificadas en la Ley del Sector Eléctrico.

Esta multa tiene su origen en la denuncia que realizó un consumidor a través de Facua-Consumidores en Acción, quejándose de que le habían cambiado de comercializador de electricidad sin su visto bueno. Tras recibir la denuncia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía por cometer una infracción administrativa de carácter leve, en concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que Endesa Energía no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras eléctricas para contratar con un nuevo cliente ni tampoco contó con su consentimiento.

Competencia recuerda que no es la primera vez que sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. Así, en 2017 multó a 4 comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios, y Viesgo Energía) con 155.000 euros. Además, la CNMC publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas cuando se realiza una contratación. Entre otros consejos, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas al captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono.

Asimismo, la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. En definitiva, la sanción a Endesa asciende a 30.000 euros y se aprueban las reducciones recogidas en la normativa siempre y cuando se produzca el desistimiento o renuncia de cualquier acción, o recurso en vía administrativa, contra la sanción.

Los consumidores de luz que regresan al comercializador de referencia y a la tarifa regulada PVPC aumentaron en 2016

Europa Press.– El número de consumidores domésticos de electricidad que pasaron en 2016 del mercado libre al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) aumentó en 2016 por primera vez desde la puesta en marcha del precio regulado. Este dato aparece en el último informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en el que se aprecia además que la mayor parte de los cambios de comercializador se producen entre empresas en el mercado libre.

El número de consumidores que solicitó regresar al comercializador de referencia, que es el que suministra el PVPC, ascendió a 270.000 en 2016, frente a 160.000 en 2014, que fue el primer año de implantación del precio regulado. En todo caso, este tipo de cambio solo equivale al 8,5% del total, frente a los cambios entre comercializadoras de mercado, que acaparan alrededor del 60% del total y son los predominantes.

El aumento en los consumidores que regresan al PVPC coincide con una pérdida de peso relativo entre los que pasan del precio regulado al mercado libre. Este grupo ha pasado de suponer un 51,3% del total en 2014 a un 29% en 2016. El informe también muestra que la mayoría de los cambios del comercializador de referencia al mercado libre en el sector eléctrico tienen como destino comercializadores perteneciente al mismo grupo empresarial. De los cambios de este grupo, el 74,6% responde a este patrón.

Durante 2016, el número de cambios de comercializador activados fue de 3,2 millones en el sector eléctrico y de casi un millón en el sector gasista, lo que supone unas tasas de cambio, o switching, elevadas en ambos sectores, del 11,1% y de 12,5%, respectivamente. En el sector eléctrico, cerca del 86% de las altas se activaron a favor de comercializadores verticalmente integrados con el distribuidor, y en torno al 16% fueron a favor de comercializadores de referencia, entre los que figuran Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP.

A finales del 2016, el mercado eléctrico estaba compuesto por 29 millones de puntos de suministro. De ellos, un 58%, o 16,9 millones de puntos, estaba suministrado por un comercializador en el mercado libre, mientras que al resto lo suministraba un comercializador de referencia mediante el denominado PVPC. En el mercado libre, las comercializadores independientes de los cinco grandes grupos energéticos suministraban únicamente al 10,2% de los puntos de suministro.

Por su parte, en el mercado gasista, que estaba compuesto por 7,7 millones de puntos de suministro, el 78% de ellos eran suministrados en el mercado libre (6 millones), y de ellos, los comercializadores independientes únicamente suministraban al 0,7%. El 22% restante de los puntos eran suministrados a tarifa regulada. El número de solicitudes de cambio de comercializador de electricidad y de gas recibidas por los distribuidores durante el año 2016 fue de 4,8 millones. De estas solicitudes, 3,6 millones pertenecen al sector eléctrico y 1,2 millones al sector gasista.

Tres de cada cuatro clientes de luz que pasan del precio regulado al mercado lo hacen en la misma compañía

Europa Press / Servimedia.- El 74% de los cambios de suministrador de electricidad en los que el consumidor pasa del precio regulado al mercado libre se da entre sociedades del mismo grupo empresarial, según el informe de supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre comercialización de luz y gas correspondiente al segundo trimestre.

Si en electricidad el porcentaje de cambio desde la filial regulada a la filial de mercado de un mismo grupo empresarial equivale al 74%, en el caso del gas esta tasa es inferior y se sitúa en el 41%. El precio regulado, llamado Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), es generalmente la opción más económica. Además, esta es la modalidad de suministro de la que deben disponer los consumidores que deseen beneficiarse del bono social y cumplan las condiciones para disfrutarlo. En todo caso, la CNMC indica que el mayor volumen de solicitudes de cambio de comercializador se dio entre suministradores en el mercado libre. El porcentaje fue del 61% en el sector eléctrico y del 89% en el gasista.

El informe muestra además que los tiempos medios de cambio de comercializador se redujeron en el segundo trimestre. Para el sector eléctrico fueron de 12 días, frente a entre 13 y 14 días en 2015, mientras que para el gasista fue de 14 días, frente a entre 14 y 15 días en 2015. Por canales de contratación, la venta domiciliaria es, con 8 días, más lenta que el resto de canales, como son el teléfono, la web y la tienda. Esta circunstancia se produce tanto en electricidad como en gas.

La CNMC también ofrece un ranking de comercializadores en función de los tiempos medios de cambio. Entre los comercializadores de electricidad con tiempos medios de 6 días o menos se encuentran los del Grupo Iberdrola, Carvisa y Viesgo COR. Por el contrario, con tiempos medios de 30 días o más está la comercializadora de referencia de CHC. En el sector del gas natural figuran cinco comercializadoras con tiempos medios inferiores a 7 días, que son Sonatrach Gas Comercializadora, Fenie Energía, Endesa Energía XXI, Iberdrola Clientes, EDP CUR e Iberdrola CUR. Se registran dos comercializadoras con tiempos medios superiores a 30 días, que son Viesgo Energía, Multiservicios Tecnológicos, Gas Natural Comercializadora y Unión Fenosa Gas Comercializadora.

Por otro lado, el número de solicitudes de cambio de comercializador de electricidad y de gas recibidas por los distribuidores durante el segundo trimestre se incrementó en un 7,8%, hasta 1,31 millones de solicitudes. De estas solicitudes, 988.713 pertenecen al sector eléctrico y 330.641 al sector gasista. En total, se aceptaron el 88% de solicitudes en el sector eléctrico y el 79% en el sector gasista, ya que no todas las solicitudes formuladas por los comercializadores están bien realizadas, contienen la información que corresponde a la del punto de suministro o incluso puede ocurrir que deban rechazarse por aspectos técnicos.

En el sector eléctrico, la tasa de rechazo alcanzó el 11,8% y puede atribuirse a los rechazos experimentados por Iberdrola CUR, como consecuencia de un fallo puntual en sus sistemas automatizados. En el sector gasista, la tasa de rechazo alcanzó el 21% en el segundo trimestre. El incremento se produce en todas las áreas de distribución y, en mayor medida, en la de Gas Natural Fenosa, favorecido por la implantación de una serie de mejoras en sus sistemas informáticos. De esta manera, el número de cambios de comercializador activos, los que fueron ejecutados por los distribuidores, alcanzaron los 848.560 en el sector eléctrico y los 266.271 en el sector gasista.

La tasa global de cambio de comercializador, conocida como switching, fue en el segundo trimestre de 2016 un 2,9% en el sector eléctrico y un 3,5% en el sector gasista, superiores a las del anterior trimestre. En términos interanuales se observa una tasa de cambio del 11,1% en el sector eléctrico y del 12,3% en el sector gasista. Estas tasas de cambio están entre las más altas de gas y electricidad a nivel europeo, y serían comparables a las existentes en otros sectores regulados como la telefonía, asegura la CNMC.

El 76,5% de cambios de suministro de la tarifa regulada al mercado libre se hizo con la misma eléctrica

Europa Press.- El 76,5% de los cambios de suministro de la tarifa regulada al mercado libre en el sector eléctrico en el primer trimestre del año tuvo como destino los comercializadores pertenecientes al mismo grupo empresarial, según datos del informe de supervisión de los cambios de comercializador de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En concreto, Iberdrola, con el 83%, y Endesa, con el 79%, fueron los dos grupos con mayor porcentaje de este tipo de movilidad interna en el cambio de suministro en el periodo, siendo el menor Gas Natural (44%).

Estos cambios de suministro son posible gracias a que las grandes compañías del sector (Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo), además de una distribuidora de electricidad, cuentan con dos comercializadoras: una de referencia o COR, que vende al precio regulado, y otra que lo hace en el mercado libre.

En el sector gasista, sin embargo, el porcentaje de cambios que pasan del CUR (tarifa regulada) al comercializador del mismo grupo es bastante inferior, con una media sectorial del 38% en el primer trimestre del año.

1,2 Millones de solicitudes de cambio

En el primer trimestre de 2016, el número de solicitudes de cambio de comercializador de electricidad y de gas recibidas por los distribuidores fue de 1,2 millones, ligeramente superior a los 1,18 millones del cuarto trimestre de 2015. De estas solicitudes, 917.044 pertenecieron al sector eléctrico y 290.438 al sector gasista.

En total, un 89% de solicitudes fueron aceptadas en el sector eléctrico y el 83% en el sector gasista. El resto fueron rechazadas por diversos motivos (no estaban bien realizadas, no contenían toda la información del punto de suministro necesaria para su gestión, o, incluso, no pudieron activarse por cuestiones técnicas).

Por su parte, el número de cambios de comercializador activados por los distribuidores en el primer trimestre de este ejercicio fue de 805.236 en el sector eléctrico y de 244.724 en el sector gasista.

La tasa global de cambio de comercializador (‘switching’) en el primer trimestre de 2016 fue del 2,8% en el sector eléctrico, y del 3,2% en el sector gasista, cifras muy similares a las del anterior trimestre. En términos interanuales se registró una tasa de cambio del 11,1% en el sector eléctrico y del 11,7% en el sector gasista.

Las tasas de cambio de comercializadores en el sector eléctrico y del gas están entre las más altas a nivel europeo, y son equiparables a las existentes en otros sectores regulados como la telefonía.

Por su parte, la tasa de cambio de compañía (‘switching’) es un indicador del nivel de competencia en el mercado minorista que debe valorarse en conjunto con otros indicadores relacionados con la estructura y el grado de satisfacción de los consumidores.

Respecto a la movilidad entre el mercado regulado y el libre, el mayor volumen de solicitudes de cambio de comercializador, tanto en el sector eléctrico como en el gasista, se ha dado entre comercializadores del mercado libre (el 60% en el sector eléctrico y el 88% en el gasista).

Con respecto al balance total de los puntos de suministro de los principales comercializadores (sumando las altas/bajas y los saldos comerciales del trimestre), en el sector eléctrico destacaron las pérdidas sufridas por Endesa y Gas Natural Fenosa, con pérdidas de 37.268 y 9.164 puntos de suministro, respectivamente, y el balance positivo de otros comercializadores, con 49.489 puntos más, y del grupo EDP, con 14.755 puntos.

En el sector del gas, destaca el balance positivo en puntos de suministro de Iberdrola y Endesa, con 20.654 y 18.332 puntos de suministro, respectivamente, y un balance negativo de Gas Natural Fenosa, con una reducción de 25.888 puntos.

Finalmente, en lo que se refiere a los tiempos medios de cambio de comercializador en electricidad y en gas natural durante el primer trimestre del año, fueron 12,8 y 15,5 días, respectivamente.

Baja un 2,4% el número de solicitudes de cambio de comercializador de suministros energéticos

Europa Press.- El número de solicitudes de cambio de comercializador en electricidad y gas recibidas por los distribuidores en 2015 fue de 4,54 millones, un 2,4% menos que en el año anterior, según el informe anual de supervisión de los cambios de comercializador en el sector eléctrico y de gas natural publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Del total de solicitudes, 3,58 millones fueron de electricidad y 958.956 de gas. De esta manera, se constata un descenso acumulado en el periodo 2013-2015 en el número total de solicitudes de un 7,1% en el sector eléctrico y de un 0,7% en el gasista. No todas las solicitudes formuladas por los comercializadores están bien realizadas, contienen la información que corresponde a la del punto de suministro o deben rechazarse por aspectos técnicos. Así, durante 2015 se registraron unas tasas de rechazo del 8,2% en el sector eléctrico y del 10,3% en el sector gasista.

Asimismo, la CNMC publica por primera vez los tiempos medios de cambio de comercializador, que oscilaron durante los cuatro trimestres de 2015 entre los 13,1 y 14,2 días en el sector eléctrico y entre los 14 y 15,2 días en el sector del gas natural. El conteo de estos tiempos se inicia con la obtención del consentimiento del consumidor al nuevo comercializador y finaliza con la recepción de la activación del cambio procedente del distribuidor. Las directivas y las leyes sectoriales establecen un tiempo máximo de 21 días para que el distribuidor ejecute el cambio.

Tasa de cambio de comercializador

Por su parte, el número de cambios de comercializador activados por los distribuidores durante 2015 fue de 4,06 millones. De ellos, 3,21 millones corresponden al sector eléctrico y 846.571 al gasista. La tasa de cambio de comercializador (switching) en 2015 fue del 11,2% en el sector eléctrico, mostrando un descenso de casi un 1% con respecto al año anterior, y del 11,2% en el sector gasista, un incremento algo superior al 1% respecto al 2014.

Tomando como referencia el desglose geográfico de la tasa de cambio de comercializador por comunidades en el sector eléctrico, Cantabria (14,1%) y Murcia (12,6%) presentan las tasas más elevadas, mientras que Ceuta y Melilla (1,7%) y Galicia (8,3%) muestran las más bajas a nivel nacional. En el sector gasista, las tasas más elevadas en 2015 se dieron en Cantabria (13,9%) y País Vasco (13,3%), mientras que Galicia (9,4%) y Cataluña (9,9%) presentaron las más reducidas.

Respecto a la movilidad entre el mercado regulado y el libre, el mayor volumen de cambios de comercializador en el sector eléctrico se produjo entre comercializadores del mercado libre, con 1,73 millones de solicitudes, mientras que los cambios de un comercializador de referencia a un comercializador en el mercado libre fueron de 1,25 millones de solicitudes activadas en el 2015.

En lo que se refiere al sector de gas natural, prevalecen los movimientos de cambio de comercializador entre comercializadores del mercado libre, con 720.916 solicitudes activadas por los distribuidores, al mismo tiempo se detecta una disminución del número de activaciones correspondientes a consumidores que pasan del comercializador de último recurso a otro en el mercado libre, pasando de 177.428 solicitudes en 2013 a 118.628 en 2015, con un descenso del 33%. También se observa que en el sector gasista se ha producido un ligero incremento en el número de consumidores que vuelven al comercializador de último recurso procedentes del mercado libre, pasando de 3.741 solicitudes en el año 2013 a 6.777 solicitudes en el 2015, con un incremento del 81%.

El Supremo ratifica una multa de 2,65 millones de euros a Gas Natural por competencia desleal mientras le anula otra

Redacción / Agencias.- El Tribunal Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a Gas Natural Fenosa por prácticas relacionadas con el cambio de comercializadora energética, conocido como switching. Sin embargo, el Supremo ratificó la sanción de 2,65 millones de euros impuesta en 2011 a Gas Natural Comercial por la CNC, actual CNMC, por la realización en 2009 de una campaña de información a sus clientes que fue desleal con sus competidores.

Según expone, la campaña consistió en el envío de unos 5 millones de cartas a sus consumidores domésticos y pymes, advirtiendo sobre las visitas de comerciales de otras compañías con objeto de disuadir de posibles cambios de suministrador, empleando para ello expresiones y afirmaciones que cuestionaban la fiabilidad de sus competidores. «Estos comerciales ofrecen cambiar de comercializadora de gas de forma rápida y fácil. La normativa vigente facilita al máximo el cambio de comercializadora. Es justo esta facilidad la que aprovechan dichos comerciales para atraer clientes a otras compañías, ofreciéndoles facturar en condiciones aparentemente más ventajosas, asegurándoles, además, que es Gas Natural quien sigue responsabilizándose del servicio», decían dichas cartas.

Además, aseguraba que «estas actividades comerciales son completamente ajenas a nuestra compañía. Ni la garantía, ni la atención, ni el servicio que le pueden ofrecer, están avalados por Gas Natural. Por este motivo, y con el único objetivo de que pueda seguir disfrutando de las máximas garantías de servicio, confort y tranquilidad a los que usted y su familia están acostumbrados por ser clientes de Gas Natural, le recomendamos que tome una serie de precauciones».

Para el Supremo, la carta, en los términos que estaba redactada y tomando en consideración que el mercado del gas se encontraba en un proceso de liberalización, se refería claramente a los agentes comerciales de la competencia que pretendían convencer a sus clientes para que cambiasen de compañía, «instando a sus clientes a que no confiasen en los mismos ni en las ofertas que les presentasen, insinuando la falta de seriedad y engaño de estas ofertas con la finalidad de que permaneciesen con Gas Natural.

El Supremo subraya que «los términos vagos y confusos en los que se le informa sobre los servicios que estaría obligada a prestar inducen a pensar al consumidor medio que, en caso de que optase por el cambio de compañía, Gas Natural se desvincularía de la prestación del servicio del suministro». El tribunal asegura que dicha información «no responde a la realidad, pues seguiría estando obligada a operar y mantener las redes de distribución y proceder a la lectura de contadores de los consumidores conectados a sus instalaciones. Sólo dejaría de prestar el servicio de atención del cliente y los servicios relacionados con la comercialización«.

En conclusión, añade la sentencia, «el mensaje inducía al engaño en torno a los servicios que Gas Natural seguiría estando obligada a prestar al consumidor, aunque éste se cambiase de compañía. Además, sostiene que «ninguna relevancia puede concederse al hecho de que el remitente de la carta fuera la empresa Gas Natural Comercial y no Gas Natural Distribución, pues, tratándose de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, no es posible exigir al consumidor medio la captación de estas sutilezas y de ahí extraer la conclusión en razón a la distribución competencial entre dichas empresas que tan solo se estaba refiriendo a los servicios comerciales y no a los de distribución».

En su recurso, Gas Natural pedía que se analizase una carta de «carácter similar» enviada por Iberdrola a sus clientes, sin embargo, la sección tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera que «carece de relevancia, pues sostiene la eventual infracción de otra compañía», lo que no alteraría la sentencia. El alto tribunal desestima así todos los argumentos del recurso de casación que interpuso Gas Natural contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2013, que ya confirmó la sanción.

Anula la multa del switching

Por otro lado, el Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la CNC a Gas Natural Fenosa al darle la razón frente a un fallo anterior de la Audiencia Nacional ya que considera que, como argumenta la empresa, la presentación de una grabación telefónica no era suficiente para realizar un cambio de suministrador, al menos en el periodo comprendido entre 2007 y 2009. La nueva decisión judicial pone fin a un enfrentamiento entre empresas eléctricas iniciado en 2007, cuando Gas Natural Fenosa se negó a facilitar a Iberdrola el cambio de comercializadora de 399 clientes, basándose en informes del regulador, porque el único soporte presentado para solicitarlo era el consentimiento en grabaciones telefónicas de los usuarios.

Como en ese momento la regulación no era lo suficientemente clara acerca de la base documental para propiciar el switching, Gas Natural Fenosa rechazó los cambios y mantuvo esta posición hasta 2010, momento en el que la normativa sí aceptó inequívocamente las grabaciones como material suficiente. Pese a que el procedimiento ya no es fruto de controversia, Gas Natural Fenosa e Iberdrola mantuvieron un enfrentamiento judicial acerca del cambio de suministrador entre julio de 2007 y mayo de 2009, en el que la CNC dio la razón a la segunda y multó a la primera.

Sin embargo, en 2010, el Gobierno aprobó el real decreto 104/2010, y a partir de ese momento Gas Natural Fenosa ya informó a Iberdrola de que sus empresas distribuidoras «atenderán las solicitudes de cambio de suministrador que le dirijan en las condiciones reglamentariamente establecidas, con tal que se acompañe en soporte electrónico la documentación o grabación telefónica que acredite» que se cuenta con la «voluntad inequívoca del cliente para solicitar el cambio». Por ello, Gas Natural Fenosa subrayó que la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó pretende aplicar retroactivamente lo contemplado en el decreto 104/2010, que es el que introduce la modalidad de contratación telefónica, y el Supremo le da ahora la razón.

Los cambios de comercializadora de luz y gas caen un 13% en el tercer trimestre

Redacción / Agencias.- Más de un millón de clientes de electricidad y gas (1,02 millones) solicitó un cambio de suministrador durante el tercer trimestre de 2015, una cifra que se sitúa en torno a un 13% por debajo del año anterior. En concreto, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), las solicitudes de cambio en el sector eléctrico se situaron en 814.274, un 12,9% menos, y las del gasista, en 204.825, un 13,5% menos.

No obstante, la CNMC explica que algunas de las solicitudes son rechazadas porque no están bien realizadas por parte de los comerciales, o no contienen la información que corresponde a la del punto de suministro, o incluso puede ocurrir que sean rechazadas por aspectos técnicos. En el tercer trimestre, la tasa de rechazo de solicitudes se situó en el 8,9% para el sector eléctrico y el 7,1% para el sector gasista. Este estudio trimestral se elabora con la información remitida por 637 agentes distribuidores y comercializadores de electricidad y gas natural. En el informe, se aprecia que los tiempos medios de cambio de comercializador energético se mantienen. En electricidad fue de 14 días y en gas natural, de 15 días.

En el sector eléctrico, solo figuran 8 comercializadores con tiempos medios iguales o inferiores a 3 días, que son los comercializadores libres Electra Aduriz, Iberdrola Clientes, Goiener, Vertsel Energía, Cooperativa Eléctrica-Benéfica Albaterense, Eléctrica de Albaterense, Enara Gestión y Mediación, y el comercializador de referencia Iberdrola CUR. En cuanto al gas natural, sólo figuran 2 comercializadores con tiempos medios inferiores a 3 días, que son Unión Fenosa Gas Comercializadora y Sonatrach Gas Comercializadora, al tiempo que se registran 3 comercializadores con tiempos medios de 30 días o más, que son Petronavarra, Viesgo y Gas Natural Comercializadora.

Tasas de switching del 2,5%

En este sentido, el número de cambios de comercializador activados, es decir, aquellos realmente ejecutados por los distribuidores, durante el tercer trimestre ha sido de 927.162, desglosados en 740.681 en el sector eléctrico y 186.481 en el de gas natural. En consecuencia, las tasas de cambio de comercializador (switching) acumuladas en el trimestre fueron del 2,6% en el sector eléctrico y 2,5% en el de gas. Se observan unas tasas medias de cambio de comercializador en el sector eléctrico del 2,5% para el segmento doméstico/comercial, del 5,6% para las pymes y del 4% para el sector industrial. En el sector del gas, se desglosa en 2,4% para el sector doméstico/comercial, 4,9% para las pymes y 3% para el sector industrial.

Respecto a la movilidad entre el mercado de precios regulados y el libre, el mayor volumen de solicitudes de cambio de comercializador en el sector eléctrico se da entre comercializadores del mercado libre (434.846 solicitudes, más de la mitad de solicitudes), seguido por las solicitudes para pasar de tarifa regulada al mercado libre (327.251 solicitudes). En el sector del gas natural, prevalecen las solicitudes de cambios de comercializador entre comercializadores del mercado libre (175.507 solicitudes), sobre las solicitudes de cambio de tarifa regulada a comercializadora del mercado libre (27.744 solicitudes).

En el sector eléctrico, la compañía que más puntos de suministro ganó en el tercer trimestre fue EDP (11.868) y las que más perdieron, Endesa e Iberdrola, con 20.740 y 3.558, respectivamente. En el sector del gas natural, el balance total de clientes de los principales grupos comercializadores resultó positivo para Iberdrola, con 17.200 puntos de suministro, y para Endesa, con 11.083 puntos de suministro. En sentido opuesto, destaca la pérdida de 38.857 puntos de suministro de Gas Natural Fenosa.

Cambiar de comercializadora de luz o de gas tarda de 13 a 15 días, según un informe de la CNMC

Redacción / Agencias.- Los tiempos medios de cambio de comercializador en electricidad y en gas natural oscilaron entre los 13 y los 15 días durante el primer semestre de 2015, según un informe que por primera vez publica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que señala que más de 2,1 millones de usuarios cambiaron de comercializador en electricidad y gas durante este primer semestre.

El proceso de cambio de comercializador energético de electricidad ha sido de 13,5 días en el primer trimestre y de 14,3 días en el segundo. Para el gas natural, estos tiempos medios entre enero y marzo han sido de 14 días, mientras que entre abril y junio el cambio de comercializador duró una media de 14,6 días, según la información ofrecida por 609 y 618 agentes distribuidores y comercializadores, respectivamente.

También se ha publicado por primera vez un ranking de comercializadores energéticas en función de los tiempos medios de cambio. En electricidad hay 10 comercializadores con tiempos medios inferiores a 5 días en alguno de los dos trimestres analizados: Agri-Energía SA, Iberdrola CUR, Iberdrola Clientes, Riojana de Energía, Light Up, Goiener, CR Energía, Bassols Energía Comercial y Enara Gestión y Mediación. En gas natural, el informe sólo señala al comercializador de último recurso Madrileña Suministro.

El número de cambios de comercializador ejecutados por los distribuidores durante el primer semestre de 2015 fue de 2,103 millones: 1,674 millones en el sector eléctrico y 429.264 en el gasista. En consecuencia, las tasas de cambio de comercializador (switching) acumuladas en el semestre fueron del 5,8% en el sector eléctrico y del 5,7% en el sector del gas natural. En cuanto a la movilidad por segmento de mercado, se registraron unas tasas medias de cambio de comercializador en el sector eléctrico del 5,6% para el segmento doméstico/comercial, del 14,1% para las pymes y del 9% para el sector industrial. En cuanto al sector gasista, correspondió al 5,6%, 11,5% y 9,4% en estos mismos segmentos.

2,345 millones de solicitudes realizadas

Por su parte, durante el primer semestre de 2015 se produjeron en total 2,345 millones de solicitudes de cambio de comercializador. De ellas, 1,861 millones correspondieron a electricidad y 483.538, a gas. Desde la CNMC recordaron que no todas las solicitudes formuladas por los comercializadores están bien realizadas, contienen la información que corresponde al punto de suministro o incluso puede ocurrir que deban ser rechazadas por aspectos técnicos. En consecuencia, en este periodo se registraron unas tasas de rechazo del 7,6% y del 8,1% en el primer y segundo trimestres respectivamente en el sector eléctrico, y del 10,3% y del 9,2% en el sector gasista.

En el desglose geográfico, las comunidades autónomas más activas en el cambio de suministrador en el sector eléctrico han sido Murcia y Cantabria, que se sitúan muy por encima de la media estatal. Por el contrario, Ceuta y Melilla, Galicia y Asturias están por debajo. En el sector gasista, Aragón, Murcia y Cantabria están muy por encima de la media estatal, con Galicia y Cataluña por debajo de esta media.

En lo que se refiere al balance total de clientes de los principales comercializadores eléctricas, el balance de altas y bajas de clientes durante el primer semestre de 2015 ha sido positivo para el grupo Gas Natural Fenosa, con 98.581 puntos de suministro adicionales. Endesa e Iberdrola perdieron 93.147 y 90.300 puntos de suministro, respectivamente. Para el gas, ese balance fue positivo para los grupos Gas Natural Fenosa e Iberdrola, con 22.653 y 16.159 puntos de suministro, respectivamente. Competencia indicó que del análisis de los datos relativos a la movilidad entre grupos empresariales se deduce que, en algunas empresas distribuidoras de ambos sectores, se registran ratios de rechazo medios superiores cuando las empresas comercializadoras no pertenecen a su grupo empresarial.

Respecto a la movilidad entre el mercado de precios regulados y el libre, el mayor volumen de solicitudes de cambios de comercializador en el sector eléctrico se dio entre comercializadores de mercado libre (995.319 solicitudes, lo que supone casi la mitad de ellas), seguido de las solicitudes para pasar de un comercializador de referencia a un comercializador en el mercado libre (729.209 solicitudes). En el sector del gas natural, prevalecen las solicitudes de cambios de comercializador entre comercializadores de mercado libre (411.847 solicitudes), y prácticamente se mantienen las solicitudes de consumidores que cambian del comercializador de último recurso a otro en mercado libre (67.527 solicitudes).