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Cataluña asegura que el Gobierno se compromete a retirar el recurso a su ley autonómica de cambio climático

Europa Press.- El consejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña, Damià Calvet, ha asegurado que la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, se ha comprometido a retirar el recurso del Estado contra la Ley catalana de cambio climático. En este sentido, Calvet considera “necesario que el Gobierno del PSOE retire el recurso para garantizar que se aplica esta legislación; si no, estaríamos pendientes que una eventual sentencia del Tribunal Constitucional nos tumbase estos mecanismos de lucha contra el cambio climático«.

El Tribunal Constitucional levantó la suspensión de la ley, excepto para determinados artículos relacionados con el fracking, pero la Generalitat ha señalado que es necesaria la retirada del recurso para garantizar el pleno despliegue de la norma. Calvet mantiene que la Generalitat no cambiará la legislación, «ni una coma», porque quiere que las partes que afectan a la fiscalidad pueda ser operativa ya que considera que es una normativa útil, moderna y avanzada. Por ello, asegura que el compromiso de la ministra, que «llegó a alabar» la ley, se mantiene, y remarca la importancia de poder aplicar plenamente la normativa.

Nadal vaticina que el precio de la luz será «bastante menor» en 2018 que el año pasado

Europa Press / EFE.– El ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal, vaticina que el recibo de la luz de 2018 será «bastante menor» que el del año pasado. En este sentido, Nadal recordó que en los dos primeros meses del año el recibo para un consumidor medio bajó con respecto al mismo periodo de 2017 «del orden de un 7,5%» debido a que «las circunstancias son mejores este año».

El ministro ha recordado la falta de agua que hubo en 2017, un año que ha calificado de «muy malo», a la que se sumaron los altos precios que alcanzó el gas en el mercado. Así, valoró las medidas del Gobierno para bajar o mantener congelados en los últimos años los peajes y cargos eléctricos con los que los consumidores sufragan los costes regulados, que es la parte sobre la que el Ejecutivo tiene capacidad de decisión. «El año pasado los elementos coyunturales fueron muy malos y este año son sustancialmente mejores. Cuando la situación coyuntural es buena, el efecto sobre el recibo final se nota», señaló Nadal en referencia a las mejores condiciones climáticas en este inicio de 2018.

Ha subrayado que «es muy importante que todas las propuestas que se hagan de energía sean siempre pensando en que deben ayudar a bajar esos costes, no aumentarlos», y considera que todas las que está viendo de otros grupos parlamentarios «es para aumentarlos». El ministro ha indicado que en el precio de la electricidad también incide con qué se produce y eso, «a medio plazo, es decisión de la política energética» porque «no es lo mismo, por ejemplo, producir con energía nuclear o sin ella».

Por otra parte, Nadal defendió la necesidad de cambiar la Ley para modificar los aspectos en los que las compañías eléctricas están sobrerretribuidas por actividades que realizan, como son las redes de alta tensión y las redes de distribución. Ha añadido que al regulador le preocupa que las inversiones estén sobreretribuidas, pues por cada euro de más que las empresas usuarias de energía pagan al sector energético, disponen de un euro menos para pagar en salarios o invertir en innovación y mejorar su capacidad exportadora.

«En algunos elementos la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dicho que sí están sobrerretribuidas y en algunos elementos Red Eléctrica, como operador del sistema, ha dicho que sí, y por eso le trasladamos a los parlamentarios que tenemos autoridades independientes que nos están diciendo que en algunos elementos están sobrerretribuidas, y para cambiar esta situación tendríamos que cambiar la Ley», apuntó Nadal, añadiendo que ahora corresponderá a los grupos parlamentarios saber «si quieren trabajar en favor de los consumidores en la manera que les propongo».

Nadal reconoció que el tema de la retribución de las compañías es una discusión en la que «siempre va a haber una tensión», ya que las empresas «van a querer cobrar lo más posible» y el deseo del Gobierno va a ser siempre que sea «una retribución equivalente al riesgo que realmente están asumiendo». «Entre regulado y regulador siempre hay una relación de amor-odio», sentenció respecto a la relación de su departamento con las eléctricas.

Ha señalado que, pese a las quejas de las eléctricas por cambios en la regulación, «aquí continuamente se está cambiando» a través de los recursos de las compañías eléctricas, un sector del que ha dicho que «prácticamente recurre todas las normas que le afectan para tratar de mejorarlas en su favor». «Cuando los tribunales les dan la razón, que a veces ocurre, no muchas veces, eso va en perjuicio del consumidor y es un cambio de regulación realizado a través de la vía judicial», ha añadido Nadal, que ha afirmado que él también piensa que otros cambios que benefician al consumidor «los podríamos hacer también nosotros por la vía legal».

Unesa recurre ante el Tribunal Supremo la orden de peajes eléctricos que congela la parte regulada del recibo para 2018

Europa Press / EFE.- La patronal eléctrica Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra la orden del Ministerio de Energía por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2018. El recurso fue admitido a trámite el pasado 2 de marzo, según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

A finales del año pasado, el Ministerio de Energía publicó las órdenes ministeriales en las que se adoptó la congelación de los peajes de electricidad y de gas para el 2018. Estos peajes recogen los ingresos necesarios para cubrir los costes regulados previstos tanto en el sistema gasista como en el eléctrico. La parte regulada del recibo de la luz representa en torno al 60% del total. Aparte de estos peajes, los consumidores abonan en su recibo los impuestos y el coste de la energía. En los últimos cinco años, estos peajes, la parte regulada de la factura y que depende del Gobierno, se ha mantenido constante para la electricidad. En el caso del gas, es el cuarto año consecutivo.

Castilla-La Mancha recurrirá al Tribunal Constitucional la suspensión de la ejecutividad de la ley antifracking aprobada por las Cortes autonómicas

Europa Press.- El Gobierno de Castilla-La Mancha va a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional solicitando el levantamiento de la suspensión de la ejecutividad de la ley antifracking aprobada por las Cortes regionales el año pasado, «mientras no exista un plan estratégico regional sobre la fractura hidráulica» que impida esta práctica en la región. Así lo puso de manifiesto el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, quien ha apoyado a las plataformas antifracking de la región.

«Esperamos que el Tribunal Constitucional levante la suspensión de la ejecutividad de la Ley porque de ellos depende que en Castilla-La Mancha se puedan realizar prácticas de fractura hidráulica y queremos impedirlo a través de ese recurso que vamos a presentar ante el Tribunal Constitucional», ha señalado. Y es que, ha incidido, la Ley aprobada en las Cortes de Castilla-La Mancha «no invade competencias estatales» ya que, ha recordado, «se apoya en dos competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma: el medio ambiente y la salud pública», en las que «tenemos las competencias para legislar y no estamos de acuerdo con esa posición manifestada desde el Gobierno central a través del recurso que se ha admitido por el Tribunal Constitucional», explicó.

En suspenso por el recurso

En este sentido, ha indicado que, además de garantizar la salud pública y el medio ambiente, en Castilla-La Mancha se apuesta por un «modelo energético sostenible muy alejado de prácticas como el fracking y las energías nucleares y vamos a defenderlo siempre» porque «garantiza la viabilidad de nuestro territorio«. En la Ley aprobada por las Cortes regionales, actualmente en suspenso por el recurso admitido a trámite del Gobierno central ante el Tribunal Constitucional, se establecen las medidas adicionales de protección de la salud pública y el medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la fractura hidráulica.

El Gobierno regional entiende que deben prevalecer las garantías de la salud pública y medio ambiente sobre una práctica «de la que se desconocen con precisión sus efectos» según resaltó el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, quien reitera que «hay argumentos suficientes para que en Castilla-La Mancha podamos legislar sobre esta materia apoyándonos en competencias exclusivas de Castilla-La Mancha y así vamos a defender los intereses en la región en este sentido».

Nadal se erige en “defensor” de los consumidores mientras Compromís se suma a la revisión retributiva de la distribución eléctrica

Europa Press.- Compromís está de acuerdo en algo con el Gobierno y no es otra cosa que la revisión a la baja de la retribución a la actividad de la distribución de electricidad, lo que parece coincidir con los planes del ministro de Energía, Álvaro Nadal, que ha lamentado la «conflictividad judicial» de las compañías eléctricas con las reformas realizadas por el Gobierno y ha defendido la necesidad de tener una factura energética «lo más ajustada posible» en defensa de los consumidores.

Respecto a «la polémica» surgida tras las quejas del sector por la pretensión del Gobierno de recortar la retribución a la distribución eléctrica, Nadal indicó que en España se ha hecho «un enorme esfuerzo» para eliminar la generación de más déficit tarifario ya que «el aumento de los precios no servía para cubrir los costes». Tras destacar que el precio de la energía eléctrica es «clave» para el desarrollo industrial del país, Nadal subrayó que «el peso de la factura eléctrica en los costes del PIB industrial es «muy alto».

«Lo prioritario de la política energética es el desarrollo industrial y que tengamos unos precios competitivos«, ha incidido, para añadir que de no haberse llevado a cabo la reforma de 2013 los precios finales hubieran sido un 42% superiores, lo que era «liquidar la capacidad competitiva de la industria española». En este sentido, Nadal ha lamentado así la «conflictividad judicial» habida en los últimos años, en los que se ha «recurrido todo» y no hay «ninguna norma que no se haya recurrido» por el sector.

De este modo, ha valorado la propuesta realizada desde el Ministerio a las diferentes formaciones políticas para que «de la misma manera que las eléctricas defienden sus intereses» haya «determinados elementos en interés del consumidor que también deben ser corregidos«. «En esto consiste esa tensión, ya que no sería adecuado que el sistema solo se corrigiera a favor de los generadores de electricidad, sino que también habrá que hacer correcciones en el sistema cuando tocan del lado del consumidor», ha descrito, para añadir que «es muy importante tener una factura energética lo más ajustada posible en defensa de los consumidores».

En este sentido, ha incidido en que «cada euro que no se gaste en energía es un euro que no nos lo gastamos en salarios o innovación», por lo que ha subrayado que la política llevada a cabo desde su Ministerio es «defendible y tiene lógica«. «Prácticamente no cambia nada porque determinadas cosas caen hacia las eléctricas y otras hacia los consumidores, por lo que se compensan y el sistema se queda igual, con las empresas rentabilizando sus inversiones», concluyó.

Retribución de la distribución eléctrica

Por su parte, Compromís quiere revisar a la baja la tasa de retribución financiera de la distribución de energía eléctrica de cara al próximo período regulatorio que comenzará en 2020, máxime después del informe de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) en el que el regulador detectaba una retribución superior a la establecida legalmente. Por ello, su portavoz de Energía en el Congreso, Ignasi Candela, registró una proposición para su debate en la comisión del ramo de la Cámara Baja, en la que insta al Gobierno a adecuar estas retribuciones.

Según recuerda en su iniciativa, la CNMC señaló en su Informe de Análisis Económico-Financiero de las Principales Empresas de Distribución del Sector Eléctrico que la retribución de las compañías EDP, Endesa, Gas Natural Fenosa, Iberdrola y Viesgo se situaba en este período por encima del 10%. «Muy por encima del 6,5% en el que, según lo dispuesto en la ley, se debería haber situado», asevera Candela. Las retribuciones fijadas a la distribución de energía en la reforma de 2013 marcaba una tasa ligada a las obligaciones del Estado a diez años, más 200 puntos básicos.

El Tribunal Constitucional anula varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y el Gobierno autonómico reivindica su validez

Europa Press.- El Gobierno autonómico del País Vasco ha lamentado que el Tribunal Constitucional haya optado por una decisión «drástica» al anular varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y ha asegurado que, pese a que el Constitucional mantenga lo contrario, se trata de una norma que tiene «pleno encaje» en la Constitución Española. El Tribunal entiende que estos apartados «desbordan» las competencias de Euskadi en materia de protección del medio ambiente y que podrían «vulnerar» el principio de territorialidad.

De este modo, el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno central contra varios artículos de esta ley, que establece importantes obstáculos para la utilización del fracking, una controvertida técnica para la extracción de gas del subsuelo que es rechazada por ecologistas, por considerarla peligrosa para el medio ambiente y para la salud de las personas.

El Tribunal declara inconstitucional y nulo el artículo 3 de la ley, al considerar que «desborda» las competencias de las comunidades autónomas para establecer «normas adicionales de protección» del medio ambiente. También anula un apartado del artículo 2, puesto que considera que «interpretado en combinación con otros preceptos, podría llevar a la comunidad autónoma a vulnerar el principio de territorialidad».

El Tribunal Constitucional ha aplicado la doctrina que ha quedado establecida en 4 sentencias referidas a la regulación autonómica de la técnica de la fractura hidráulica por las comunidades de Cantabria, Navarra y Cataluña. En el artículo 3 de la ley vasca sobre la fractura hidráulica, que modifica la ley de suelo y urbanismo del País Vasco, la sentencia señala que dicho precepto es idéntico al contenido en la ley sobre el fracking de Cataluña, ya anulado por el Tribunal.

El Tribunal Constitucional señala que la competencia de las comunidades autónomas para fijar «normas adicionales de protección» del medio ambiente no incluye la «prohibición absoluta e incondicionada» del fracking, pues una prohibición de esas características «contradice de manera insalvable» la ley estatal del sector de hidrocarburos, que es la que autoriza el empleo de esta técnica. Según indica, esta competencia permite a las comunidades autónomas imponer, para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones, “requisitos y cargas” no previstos por la legislación estatal. No obstante,  esas nuevas exigencias deberán ser «razonables y proporcionadas al fin propuesto», añade, y no podrán alterar el ordenamiento básico en materia de régimen minero y energético.

La sentencia concluye que, si bien la norma vasca impugnada no prohíbe el fracking de forma «absoluta e incondicionada», sí contiene mandatos que «reducen, dificultan o impiden la eficacia» de la normativa básica del Estado, lo que las hace incompatibles entre sí». En consecuencia, el artículo 3 de la ley es declarado inconstitucional y nulo. Lo mismo ocurre con la disposición transitoria primera, que establece el régimen transitorio del artículo 3, al que se remite.

Ojos a hidratos de metano

El Tribunal también declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso del artículo 2 referido a los hidratos de metano enterrados en el mar. En la sentencia se señala que este inciso, «aplicado junto con otros preceptos no impugnados de la norma, permitiría a la comunidad autónoma vasca extender el ejercicio de su competencia al mar territorial y al subsuelo marino, que no forman parte de su territorio«. Esto, añade, «supondría vulnerar el principio de territorialidad».

El recurso del Gobierno se dirigía también contra el artículo 5 de la ley, que modifica la normativa vasca sobre aguas. En este caso, la sentencia considera que el precepto es «respetuoso» con la normativa estatal, cuya finalidad es la protección de las aguas y del dominio público hidráulico mediante la reducción de la contaminación y el establecimiento de medidas que eviten su contaminación adicional.

Este artículo tampoco «vulnera» la competencia del Estado ya que la sentencia indica que la ley no contiene una «prohibición general» sobre todo el territorio de la comunidad autónoma del País Vasco, sino sólo sobre un 37%, según su mapa de acuíferos. Además, no se impone una prohibición «genérica e incondicionada», puesto que prevé la evaluación individualizada de cada uno de los acuíferos de Euskadi, y prohíbe el fracking sólo en los que «hayan ya sido declarados con un grado de vulnerabilidad media, alta o muy alta de contaminación». La sentencia también desestima el recurso en relación con el artículo 6, que permite a las autoridades y funcionarios vascos acordar «la reposición de la situación alterada a su estado originario”.

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, al que se han adherido los magistrados Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer. Estos magistrados discrepan parcialmente de los argumentos y del fallo de la sentencia, en concreto, en lo que afecta al artículo 3. Los firmantes del voto particular sostienen que la sentencia no tiene en cuenta que dicho precepto remite «a lo que establezcan los instrumentos de ordenación ambiental», circunstancia que habría exigido enfocar el análisis desde el punto de vista de la competencia sobre protección del medio ambiente, y que habría conducido a la desestimación del recurso en este punto.

País Vasco defiende su constitucionalidad

Por su parte, pese a no compartir la decisión del Tribunal Constitucional, el Ejecutivo autonómico «acata» la sentencia, según indicaron fuentes del gabinete de Iñigo Urkullu. Desde el Gobierno autonómico se ha recordado que esta ley, aprobada por el Parlamento Vasco en 2015, no fue impulsada por el Ejecutivo, sino que se trato de una iniciativa planteada por los propios grupos de la Cámara autonómica.

En todo caso, desde el gabinete de Iñigo Urkullu se ha recordado que cuanto el Gobierno español recurrió la norma, el Ejecutivo vasco defendió el «pleno encaje constitucional» de la ley del fracking, primero en el proceso de negociación bilateral con el Gobierno central y, con posterioridad, a través de las alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional. El Ejecutivo autonómico ha subrayado que no está «de acuerdo» con la interpretación que hace el Tribunal Constitucional.

La Junta de Andalucía destaca el compromiso de «llegar hasta el final» para frenar el almacén de gas de Doñana

Europa Press.- El consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, José Fiscal, ha señalado que «se están analizando todos los datos que obran en poder» de su departamento para presentar el tipo de recurso «más conveniente» para frenar el proyecto de almacenamiento y explotación de gas en el espacio natural de Doñana, desde el compromiso de «llegar hasta donde haya que llegar» para paralizar una iniciativa que «no convence a nadie» porque «pone Doñana en riesgo».

Fiscal ha afirmado que «es un tema muy serio» y explica que se han pedido todos los datos en los que se apoyan los últimos informes del Defensor del Pueblo Estatal y de su homólogo andaluz. En este sentido, y preguntado sobre si hay colaboración suficiente por parte del Ministerio de Medio Ambiente, Fiscal ha apuntado que «en absoluto», porque «a tenor de los últimos informes» de las dos Defensorías, que «han pedido la paralización del proyecto», la respuesta en lo que respecta al Gobierno central es que «se sigue hacia adelante, con lo cual no podemos hablar de colaboración».

El Tribunal Constitucional anula parcialmente el decreto del Gobierno que regula las gasolineras desatendidas al vulnerar competencias autonómicas

EFE / Europa Press.- El Tribunal Constitucional anuló parcialmente el decreto-ley sobre gasolineras desatendidas o surtidores de combustible que funcionan sin la supervisión de un empleado, al considerar que la medida del Ejecutivo vulnera las competencias autonómicas en materia de ordenación comercial. Los magistrados, que estiman parcialmente el recurso de la Generalitat de Cataluña, rechazan por inconstitucional el artículo de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, incorporado posteriormente a la norma que avalaba la proliferación de estas gasolineras automáticas.

Dicho artículo no permitía que la superficie de la instalación de suministro de carburantes computara como espacio útil de exposición y venta al público del establecimiento comercial. Una disposición elevada al más Alto Tribunal nacional por el Gobierno catalán, que apeló una vulneración por parte del Estado de las competencias atribuidas a cada autonomía en materia de ordenación comercial en su territorio. Ahora los jueces destacan que cualquier aspecto relacionado con la exposición y venta al público pertenece a la regulación del comercio interior, refrendada por el propio decreto 6/2000, que presupone un «margen de intervención» a las comunidades autónomas.

Esto es, la norma estatal no excluye que las autonomías empleen sus competencias en la materia para establecer requisitos adicionales a la hora de regular la instalación de gasolineras en establecimientos comerciales. Asimismo, el Tribunal Constitucional resalta que el artículo 3.4 «no responde de forma directa e inmediata a la planificación general de la economía o al establecimiento de las bases en materia energética», por lo que carece de cobertura constitucional. Por tanto, la redacción dada por el artículo 40 del real decreto-ley 11/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y de la creación de empleo, «es contrario al orden de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo».

La sentencia cuenta con el voto particular del juez Fernando Valdés Dal Ré, al que se adhirió el magistrado Andrés Ollero, para quienes «no es pertinente» entender que la «extraordinaria y urgente necesidad», manifestada por el Gobierno a la hora de dictar la norma, haya permanecido inalterable durante 13 años. Explican que este tipo de conductas, en las que la voluntad del Ejecutivo predomina sobre aquella de las Cortes Generales, «comporta el riesgo de convertir en habitual» una modificación excepcional del poder de dictar normas.

Por su parte, la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (Aevecar) considera «muy conveniente» que el Estado revise “en profundidad” la regulación de este tipo de instalaciones para salvaguardar los «derechos, principios y títulos competenciales recogidos en la Constitución«. Según Aevecar, esta sentencia supone, en la práctica, que cualquier comunidad autónoma que, como Cataluña o Madrid, haya asumido competencias en materia de Comercio Interior, podrá hacer uso de ellas para decidir si la superficie de las estaciones de servicio situadas en grandes superficies computa o no como superficie útil de exposición y venta al público.

El Tribunal Supremo admite un recurso de Unesa contra los peajes eléctricos de este año

Europa Press.- El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo de la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) contra la orden del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital por la que se establecen los peajes eléctricos para 2017. En concreto, la patronal eléctrica presentó el recurso en la sala tercera, sección tercera del Tribunal Supremo, que fue admitido a trámite el pasado 2 de marzo, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este recurso se une a los presentados también por Gas Natural Fenosa y la Unión Fotovoltaica Española (UNEF) contra esta orden ministerial que establece los peajes eléctricos de 2017. El Ministerio de Energía aprobó sendas órdenes ministeriales en las que se adoptaba la congelación de los peajes de electricidad y gas para el ejercicio 2017. Estos peajes recogen los ingresos necesarios para cubrir los costes regulados previstos tanto en el sistema gasista como en el eléctrico. Aparte de estos peajes, los consumidores abonarán en su recibo los impuestos y el coste de la energía. Con esta decisión, se suman tres ejercicios consecutivos con los peajes de electricidad y gas congelados.

El Supremo admite a trámite los recursos de Gas Natural Fenosa contra los peajes de 2017 de electricidad y gas

Europa Press.- El Tribunal Supremo admitió a trámite dos recursos de Gas Natural Fenosa en contra de las dos órdenes ministeriales del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2017 y la que revisa los peajes y cánones asociados al acceso a terceros a las instalaciones gasísticas para 2017.

En lo referido a la orden del gas, Energía recoge una congelación para 2017 de la parte regulada del recibo, de modo que el precio solo variará en función de la evolución del coste de la materia prima y los costes de comercialización. Energía considera que los peajes serán suficientes para cubrir los costes del sistema y que incluso podría generarse de forma adicional un superávit cuyo importe serviría para cubrir los déficit hasta 2014 y un déficit de 27 millones correspondiente a 2015. La memoria económica reconoce además un déficit de tarifa acumulado hasta 2014 de 1.025 millones de euros, que deberá pagarse anualmente hasta 2031 en anualidades de cerca de 80 millones. Esta deuda se financiará al 1,12%.