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La ONU condena la «criminalización» del líder indígena guatemalteco Bernardo Caal Xol por oponerse a la construcción de una hidroeléctrica

Europa Press.- Relatores de Naciones Unidas para los Derechos Humanos han lamentado la «criminalización» en Guatemala del líder indígena Bernardo Caal Xol, condenado en noviembre a 7 años y 4 meses de cárcel por oponerse a la construcción de una presa hidroeléctrica.

Los expertos de la ONU han relacionado el dictamen judicial con el papel de Caal Xol como representante de las comunidades qeqchí del municipio de Santa María Cahabón en sus acciones legales contra la empresa Oxec para frenar este proyecto energético. La ONU denuncia que «el proyecto comenzó sin consulta ni consentimiento de las comunidades afectadas y ha tenido un impacto perjudicial sobre el medio ambiente, los recursos naturales, el acceso al agua y la salud de las comunidades qeqchí».

En enero de 2017, el Tribunal Supremo suspendió el proyecto y, en mayo de ese 2017, el Tribunal Constitucional reconoció el derecho al consentimiento libre, previo e informado del pueblo qeqchí. Entretanto, una empresa subsidiaria de Oxec empezó a presentar cargos penales contra Caal Xol, en prisión preventiva desde enero de 2018. «La criminalización del señor Caal Xol ha estado precedida por virulentas campañas de difamación en los medios de comunicación, describiéndolo como un criminal violento que actúa en contra de los intereses de la nación», ha recordado la relatora especial para los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz.

Una condena “desmesurada” por robo

Tauli-Corpuz y otros relatores especiales han considerado que «la condena de Caal Xol a más de 7 años de prisión por cargos de detención ilegal y robo agravado de un taladro, una caja de herramientas y fibra óptica parece desmesurada y se basó principalmente en testimonios de afiliados de Oxec». «Es un aparente intento de silenciar y desacreditar el ejercicio legítimo de los derechos de la comunidad indígena», han afirmado.

Los relatores han alertado de que «no es un caso aislado», sino que «hay numerosos miembros de comunidades indígenas que están siendo criminalizados en Guatemala por defender sus tierras tradicionales y recursos contra proyectos de desarrollo a gran escala que causan daños ambientales«. En este contexto, han instado al Gobierno «a garantizar la protección efectiva de los indígenas defensores de Derechos Humanos», han recordado a las empresas que «tienen que respetar los Derechos Humanos» y subrayan que «las investigaciones criminales deben ser independientes e imparciales».

La jueza pide a la Junta una inspección a la planta de biodiésel de Carboneras (Almería) para investigar los vertidos

Europa Press.- La jueza que instruye la causa penal abierta por vertidos de biodiésel detectados en Carboneras (Almería) ordenó a la Delegación de Medio Ambiente de la Junta que gire una «visita de inspección» a las instalaciones de la Refinería de Aceites y Estación de Biodiesel investigada para que tome muestras, haga análisis y fotografías con las que emitir un informe pericial.

La providencia del Juzgado de Instrucción 1 de Vera acuerda, asimismo, que se inspeccione la desaladora de Carboneras, cuya denuncia dio lugar a la apertura del procedimiento por supuesto delito medioambiental ya que el pasado abril el gerente de la empresa Acuamed informó a la Guardia Civil de que por una de las paredes de la instalación «emanaba un residuo líquido viscoso de color negro en grandes cantidades». Cuando los agentes se personaron comprobaron que «efectivamente» brotaba del lateral de ladera de la montaña «un líquido viscoso de color negro con un fuerte olor a aceite» y el gerente les informó de que, «probablemente, provenía de la refinería de aceite vegetal que se encuentra en las proximidades de la desaladora».

La jueza Mónica Villena, que descarta acordar medidas cautelares a instancias del Ministerio Fiscal ya que estima que no procede hasta que no conste «debidamente» acreditado el fluido que se está vertiendo, pide a la Delegación de Medio Ambiente diversa documentación. En concreto, libra oficio para que remita copia compulsada de las «autorizaciones concedidas» a la mercantil FJ Sánchez Sucesores SAU para la implantación y ejercicio de la actividad de refinado de aceites vegetales y de producción de biodiésel en Carboneras y, en particular, de los «condicionados para el desarrollo de las actividades que se refieran a efluentes y vertidos». Interesa, asimismo, copia de los expedientes sancionadores que se hayan podido incoar con motivo de «incumplimientos» en materia de vertidos.

Por otro lado, la jueza precisa que la pericial que resulte de las inspecciones debe determinar si los efluentes que aparecieron en el talud de la parcela donde se ubica la desaladora proceden de la refinería investigada, si se han extendido «subterráneamente» a otros terrenos o en dirección al mar, y la «composición» de los efluentes y «sus efectos medioambientales».

Quiere saber, en esta línea, el grado de cumplimiento de la mercantil propietaria de la fábrica «de las normas y condiciones» de aplicación «para evitar y corregir» los vertidos; y también las medidas a adoptar «para reparar los daños», por lo que solicita copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de posibles vertidos.

Por otro lado, se ha incorporado a la causa penal el atestado que elaboró la Guardia Civil en octubre a raíz de otro presunto vertido, en este caso al mar, en el entorno del puerto. Cabe recordar que la Junta de Andalucía ya impuso a la mercantil F.J. Sánchez Sucesores S.A. una multa por un vertido en 2017, si bien entonces la compañía «no llevó a cabo la limpieza» a la que quedó obligada según la resolución del Gobierno andaluz y mantiene abierto un segundo expediente sancionador por los vertidos de abril de 2018 que se investigan en vía penal.

Por otro lado, el departamento que dirige el delegado Raúl Enríquez tramitaba aún este año la solicitud para la concesión de la Autorización Ambiental Integrada de la planta a consecuencia del cambio normativo en el que la fábrica quedaba incluida como una instalación química para la fabricación de productos químicos orgánicos. Dichas instalaciones habían sido revisadas dentro del plan de inspección medioambiental correspondiente al 2011, sin que consten revisiones posteriores.

La declaración en calidad de investigado del representante legal de la Refinería de Aceites y Estación de Biodiésel de Carboneras ante el Juzgado de Instrucción 1 de Vera por un presunto delito medioambiental estaba señalada para octubre aunque fue aplazada a mayo de 2019 para que se realice a través de videoconferencia tal y como solicitó su defensa. La jueza Mónica Villena ha citado a A.M.S.M. y ha acordado la práctica de dicha declaración por videoconferencia, para lo que ha librado exhorto al Juzgado de Instrucción Decano de Cabra (Córdoba).

Un tribunal ordena al Gobierno holandés que reduzca más rápido las emisiones para cumplir el objetivo del 25% en 2020

Europa Press.- Un tribunal de apelaciones holandés ha ordenado al Gobierno que reduzca las emisiones de gases con efecto invernadero más rápido de lo previsto, con el fin de garantizar que son al menos un 25% inferiores a los niveles de 1990 para finales de 2020. El año pasado, las emisiones de gases con efecto invernadero en Países Bajos fueron solo un 13% inferiores a los niveles de 1990. El país es uno de los que más contaminan de la Unión Europea.

«El Gobierno ha hecho demasiado poco para prevenir los peligros del cambio climático y está haciendo demasiado poco para ponerse al día», ha considerado el tribunal, que ha ratificado una sentencia de 2015 de un tribunal de distrito. Los planes actuales para combatir el cambio climático prevén que reduzcan las emisiones al 23% en 2020, con el objetivo de reducirlas a la mitad para 2030.

«Pero la incertidumbre sobre el objetivo de 2020 es muy amplia», ha sostenido la corte. «Hay una opción real de que la reducción no llegará al objetivo del 25%, lo cual es inaceptable», ha añadido. El Gobierno ha anunciado que acatará la sentencia y que el objetivo de 2020 está «al alcance». Sin embargo, también baraja recurrir, cuestionando el modo en el que el tribunal ha pesado en decisiones políticas. En su veredicto, el tribunal ha dado una clara victoria al grupo ecologista Urgenda Foundation.

Piden 6 años de cárcel para los 2 acusados de estafar 1,2 millones en la construcción de 11 plantas fotovoltaicas

Europa Press.- El Ministerio Público pide 6 años de cárcel para cada uno de los acusados de estafar presuntamente 1,2 millones de euros en la construcción de 11 plantas fotovoltaicas. Según el escrito de acusaciones del fiscal, ambos procesados se pusieron de acuerdo durante los años 2007, 2008 y 2009 para pedir a las mercantiles con las que pactaron las obras distintas cantidades de dinero «por importes superiores» a los materiales que iban adquiriendo para las obras.

Facturas falsas sobre las originales

Ante lo elevado de los costes, la Fiscalía indica que el administrador de las mercantiles pidió a los acusados que rindiesen cuentas del coste de la obra, por lo que los acusados enviaron un correo electrónico con distintas facturas que resultaron ser falsificaciones de las originales emitidas por los proveedores y en las que los acusados elevaron el coste real de los materiales adquiridos. Para el fiscal, los hechos son constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa. Pide además que los procesados indemnicen a las mercantiles con 1,2 millones.

Trudeau asegura que Canadá seguirá con la ampliación del oleoducto Trans Mountain a pesar del bloqueo de los tribunales

EFE.- El primer ministro canadiense, Justin Trudeau, asevera que su Gobierno está decidido a seguir con la ampliación del controvertido oleoducto Trans Mountain a pesar de que los tribunales del país bloquearon el proyecto.

Trudeau cree que la ampliación del oleoducto Trans Mountain es «lo mejor para los intereses de todos los canadienses» y aseguró estar «comprometido a defender los intereses nacionales».

El primer ministro canadiense añadió que su Gobierno está estudiando la sentencia del Tribunal Federal de Apelaciones de Canadá que ayer canceló la ampliación porque considera que las autoridades no habían realizado un análisis apropiado de impacto medioambiental y no había consultado con las comunidades indígenas.

«Si, estos son desafíos pero siempre han sido desafíos», explicó Trudeau.

Precisamente ayer, los accionistas de la empresa propietaria de Trans Mountain, la estadounidense Kinder Morgan, aprobaron la venta del oleoducto al Gobierno canadiense por 4.500 millones de dólares canadienses (3.465 millones de dólares estadounidenses).

Ottawa decidió comprar el oleoducto después de que la provincia de Columbia Británica bloquease la ampliación de Trans Mountain precisamente por temor a sus repercusiones medioambientales.

El oleoducto, que fue construido a mediados del siglo XX, conecta los yacimientos de las arenas bituminosas de la provincia de Alberta con la costa del Pacífico de Canadá.

La ampliación de la capacidad permitirá triplicar la exportación de crudo hacia los mercados asiáticos.

Pero la ampliación del oleoducto ha sido rechazada por organizaciones medioambientales, comunidades indígenas y la provincia de Columbia Británica, que temen sus consecuencias medioambientales.

La decisión del Tribunal Federal de Apelaciones es un duro golpe para el Gobierno canadiense, que considera que la ampliación de Trans Mountain, un proyecto presupuestado en 7.400 millones de dólares canadienses (5.700 millones de dólares estadounidenses) es fundamental para la economía de Canadá.

Según el tribunal, el Consejo Nacional de Energía, que revisó el proyecto para garantizar que se ajustaba a las normas medioambientales del país, «no cumplió su obligación de valorar y asesorar el proyecto» para proporcionar la información que permitiese a Ottawa aprobar su construcción.

El consejo concluyó que el aumento del tráfico de petroleros en las costas del Pacífico de Canadá a consecuencia de la ampliación probablemente no causaría efectos medioambientales adversos, lo que según el tribunal es una «conclusión errónea» que impidió que las autoridades valorasen de forma adecuada el proyecto.

Además, añadió el tribunal, «Canadá no cumplió su deber de consultar con los demandantes indígenas y, si fuera necesario, acomodarlos».

Tras el anuncio de la sentencia, el Gobierno de la provincia de Alberta, que defiende la ampliación de Trans Mountain, aseguró que se retiraba del plan de lucha contra el cambio climático puesto en marcha por el Gobierno del primer ministro canadiense, Justin Trudeau.

Alberta indicó que no se reintegrará en el plan, que tiene como objetivo reducir las emisiones de gases con efecto invernadero, hasta que la ampliación de Trans Mountain sea aprobada.

Por su parte, el ministro de Finanzas de Canadá, Bill Morneau, declaró que Ottawa está estudiando la sentencia para determinar los próximos pasos a dar.

La Justicia vuelve a dar la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por la salida a Bolsa

Europa Press.- La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por las pérdidas sufridas en el proceso de salida a Bolsa de la entidad, al desestimar el recurso que interpuso la compañía eléctrica contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid el pasado año que otorgó la victoria al banco.

Bankia ganó el primer pulso entre ambas compañías en marzo de 2017, cuando fue desestimada la demanda de Iberdrola al considerar que la energética pudo tener indicios del riesgo de su inversión al acudir a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de acciones lanzada por la entidad en 2011, ya que antes de la operación las agencias de rating Moody’s y Fitch rebajaron la calificación crediticia del banco, hecho que fue comunicado mediante hechos relevantes.

Iberdrola presentó entonces un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid alegando que dichos ratings sobre la entidad no alertaban sobre la falsedad de los estados financieros del banco, sino que eran «buenos» y se basaban en la hipótesis de que la contabilidad «era correcta». En la nueva sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid desestima este recurso de apelación y confirma «íntegramente» la sentencia favorable a Bankia dictada en marzo de 2017, con imposición de costas a Iberdrola.

En concreto, considera a Iberdrola «un inversor profesional» y, según una directiva europea, la información proporcionada por el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores «no se requiere para las ofertas limitadas a los inversores cualificados». Además, el juez indica que «no puede afirmarse que la voluntad de Iberdrola se haya formado a partir de una creencia inexacta sobre la situación financiera y patrimonial de Bankia ni que la información económica-financiera reflejada en el folleto informativo resultara decisiva para adoptar su decisión». Iberdrola cuenta ahora con un plazo que finaliza el 31 de julio para interponer un recurso extraordinario por infracción procesal o un recurso de casación.

Una decisión judicial retrasa hasta el 4 de junio la pugna por la distribuidora Eletropaulo

EFE. – Una decisión cautelar de la Justicia de Brasil ha llevado a la pugna final por el control de la distribuidora de energía Eletropaulo al próximo 4 de junio, cuando está prevista la subasta en la que participarán la italiana Enel y la brasileña Neoenergía, subsidiaria de Iberdrola.

Además, ha concluído el plazo para que un tercer interesado expresara su interés en Eletropaulo, pero ninguna compañía se ha posicionado, por lo que tan sólo acudirán a la subasta Enel y Neoenergía.

Enel y Neoenergía se han enzarzado en una batalla de oferta pública de adquisición de acciones por el control de Eletropaulo, considerada una de las mayores distribuidoras del país por facturación debido a que atiende las residencias y las industrias de la mayor y más rica ciudad suramericana.

La mejor oferta, por el momento, la ha presentado Enel, que ha propuesto unos 8,82 dólares por cada acción de la distribuidora, mientras que Neoenergía da unos 8,79 dólares por título.

En la carrera por el control de Eletropaulo también estuvo Energisa, otra de las grandes distribuidoras de Brasil, pero la compañía decidió retirarse de manera definitiva el pasado 4 de mayo por prudencia financiera, según alegó.

En la intensa disputa por Eletropaulo está en juego el liderazgo del sector de la distribución en Brasil, que ostenta actualmente, en términos de volumen, CPFL Energía, controlada por la china State Grid. Neoenergía, por su parte, lidera como distribuidora pero en número de clientes.

Pero la pugna por Eletropaulo ha ido más allá de las opas y las dos mayores eléctricas europeas se han enzarzado en un cruce de acusaciones.

El TUE dictamina que un país no puede forzar a un proveedor de gas a tener reservas en su territorio

Europa Press.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado en una sentencia que un Estado no puede obligar a un proveedor de gas natural a mantener exclusivamente en el territorio nacional reservas suficientes para cubrir la demanda nacional.

El caso enfrenta a las gasistas Eni y Uprigaz con el Gobierno francés por su decreto que les obliga a tener en Francia reservas de gas natural suficientes y entienden que infringe la normativa europea sobre seguridad de suministro de gas natural, algo que Francia pidió aclarar a la justicia europea. El TUE asegura que una norma como la francesa, que impone a los proveedores de gas natural mantener reservas suficientes «exclusivamente» en el territorio nacional, es incompatible con la normativa europea, dado que ésta prohíbe expresamente considerar únicamente las infraestructuras situadas en territorio nacional.

No obstante, el Tribunal de Justicia europeo considera que, en este caso, la obligación de almacenamiento en territorio nacional «podría ser compatible» con la normativa europea si se comprueba que los proveedores pueden cumplir sus obligaciones a nivel de la Unión al poder tener en cuenta las autoridades galas la consideración de «demás elementos de organización», en virtud del decreto.

El tribunal reconoce que la normativa europea permite a los países imponer «obligaciones adicionales» a proveedores de gas por razones de seguridad de suministro, incluido de almacenamiento para abastecer a clientes que no figuran entre los «protegidos», si se cumplen determinados requisitos, entre ellos, que no se distorsiona indebidamente la competencia, no se obstaculiza el funcionamiento del mercado interior de gas ni afecta negativamente a la capacidad de otro país de la Unión Europea de suministrar gas a sus clientes protegidos en caso de emergencia.

Desestimado un recurso de Unión Fenosa en Castilla y León contra la regulación sobre las líneas nuevas de alta tensión

EFE / Servimedia.- Al tiempo que Gas Natural Fenosa cerraba un acuerdo de colaboración con la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) que tiene por objetivo facilitar la realización de prácticas extracurriculares de los estudiantes de grado y máster, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado un recurso de Unión Fenosa Distribución contra un decreto del Gobierno autonómico que, entre otros aspectos, regulaba la ubicación de nuevas líneas de alta tensión.

En concreto, la compañía pretendía con su recurso dejar sin efecto un artículo del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León que regula la distancia a la que tienen que ubicarse las nuevas líneas de alta tensión que se tracen en el futuro y que fue modificado por la Junta para adaptar el reglamento a la Ley de Medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana. El artículo que ha motivado el desacuerdo de la eléctrica se refiere a que las nuevas instalaciones deberán respetar una distancia respecto a las construcciones habitadas de 0,5 metros por cada kilovoltio de tensión, medidos en línea recta desde la proyección del eje de los cables a la superficie, con un mínimo de 5 metros.

La Sala de lo Contencioso Administrativo recuerda a Unión Fenosa que, antes de su aprobación, el decreto se sometió al trámite de información pública durante 2 meses, un momento que podía haber aprovechado para alegar lo que considerase oportuno. Añaden además que la compañía no acreditó que con esta norma se impida el ejercicio de su actividad eléctrica, sino que «lo único que resulta de la prueba practicada es que la prestación de esa actividad se pueda encarecer«. Los magistrados consideran que esta normativa está de acuerdo con la legislación que permite que las políticas públicas de urbanismo puedan adoptar medidas de prevención adecuada de riesgos y peligros para la seguridad y la salud públicas.

Convenio para facilitar las prácticas

Por otro lado, según indicó la compañía, la oferta de prácticas en Gas Natural Fenosa será conocida por todas las universidades que forman parte de la CRUE y, por tanto, será accesible para un mayor número de estudiantes. Adicionalmente, se simplifican las gestiones actuales de publicación de la oferta de prácticas de la compañía que, hasta la fecha, se hacía de forma individual con cada centro universitario. Con la firma de este convenio, Gas Natural se convierte en la primera empresa del Ibex-35 en rubricar un convenio de este tipo con la CRUE, en lo que supone un evidente apoyo de la energética en la formación de los universitarios españoles.

El Gobierno de Argentina aprueba la construcción de dos grandes centrales hidroeléctricas criticadas por las organizaciones ecologistas

EFE.- El Gobierno de Argentina aprobó la construcción de dos gigantescas centrales hidroeléctricas en el sur del país que serán financiadas con inversiones chinas y que son cuestionadas por asociaciones de ambientalistas. El proyecto para construir las centrales Presidente Néstor Kirchner y Gobernador Jorge Cepernic sobre el río Santa Cruz fue aprobado mediante una resolución conjunta de los ministerios de Energía y Minería, y de Ambiente y Desarrollo Sustentable publicada en el Boletín Oficial.

La resolución dispone que para la ejecución de la iniciativa se adopten 17 recomendaciones del informe de impacto ambiental aprobado en una audiencia pública celebrada. La realización de esa audiencia había sido puesta como un requisito por la Corte Suprema argentina para avanzar con las obras en la provincia sureña de Santa Cruz. Tras la publicación de la resolución, un grupo de organizaciones ambientalistas que se opone al proyecto señaló que la aprobación por parte del Ejecutivo no es un «hecho consumado» ya que en esta controversia será «la justicia quien tiene la última palabra».

«Lo que hizo el Gobierno es un trámite administrativo con el objetivo de completar un requisito legal, pero de ninguna manera implica la autorización directa para continuar la obra», señaló Andrés Nápoli, director ejecutivo en Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Nápoli indicó que la Justicia «tendrá que decidir si considera que hay elementos suficientes para levantar la medida cautelar dictada por la Corte Suprema» hasta que se conociera el impacto medioambiental que pueden generar.

Las represas se habían comenzado a construir gracias a un acuerdo firmado en 2015 por la entonces presidenta argentina, Cristina Fernández, y el Gobierno chino, con el objetivo de abastecer de energía a esa región del sur del país. Pero las obras se frenaron por la medida cautelar dictada por la Corte a petición de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, que advirtió de los daños que las obras pudieran causar al Lago Argentino y a los glaciares Perito Moreno, Spegazzini y Upsala, así como al parque nacional Los Glaciares.