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Polémica entre Gobierno central y Junta de Extremadura a cuenta de las infraestructuras eléctricas para posibilitar la llegada del AVE

EFE.- La delegada del Gobierno en Extremadura, Cristina Herrera, asevera que los trámites para la construcción de las líneas eléctricas del AVE en el tramo extremeño «ya están en marcha», y de ello ya ha informado a la Junta de Extremadura.

En concreto, Herrera se refirió a la línea de entrada y salida de la subestación de Carmonita (Cáceres), mientras que en próximas fechas comenzarán las otras dos líneas, la de Cañaveral y Sagrajas. «De esta manera, se cumplirá en tiempo y forma el compromiso adquirido por el Gobierno de España para terminar la electrificación del tramo del AVE extremeño en 2020«, ha señalado. Por el momento, todos los tramos de obras del propio tramo, así como la electrificación, con la publicación de los trámites para la construcción de las subestaciones eléctricas, se están llevado a cabo de forma puntual para cumplir con los compromisos adquiridos.

Herrera aseguró no entender que la Junta de Extremadura haya reclamado el inicio de los trámites para las líneas de electrificación «cuando la propia Junta recibió recientemente» la comunicación de que este proceso ya se había iniciado. «No queremos pensar que a la Junta de Extremadura le sienta mal que todo el mundo esté comprobando que el Gobierno de Mariano Rajoy es el que trae el AVE», ha añadido Herrera.

La portavoz del Ejecutivo extremeño, Isabel Gil Rosiña, había criticado que «vienen las subestaciones pero no vienen las líneas», explicando que la Consejería de Economía se había puesto «en contacto con el Gobierno para plantearle las dudas que suscita a la Junta lo publicado» en el BOE. Por ello Herrera «ha recomendado» a Gil Rosiña que «antes de realizar declaraciones que no se ajustan a la realidad pida la información a la Delegación del Gobierno, cuyas puertas están siempre abiertas, como hemos demostrado, para resolver todo tipo de dudas sobre esta cuestión o cualquier otra».

Ya están iniciados los trámites de la línea eléctrica de alta tensión Alarazaz-San Serván/SE Carmonita, los cuales no requieren de publicaciones puesto que ya tiene autorización administrativa y Declaración de Utilidad Pública. En cuanto a las otras infraestructuras, la línea eléctrica de alta tensión Sagrajas-San Serván y la línea eléctrica de alta tensión JM Oriol-Arañuelo/SE Cañaveral, próximamente se iniciarán los trámites necesarios, una vez que ya disponen de autorización ambiental.

El eurodiputado socialista José Blanco pide al Gobierno que desbloquee las inversiones en energías renovables

EFE.- El eurodiputado socialista José Blanco, ponente de la nueva directiva europea de eficiencia energética y energías renovables en el Parlamento comunitario, ha pedido al Gobierno de España que «desbloquee» los proyectos para las inversiones «necesarias» en el sector de las energías renovables. «Estamos hablando de más de 1.000 millones de inversión, de más de 15.000 empleos y no está precisamente el empleo en España para perder oportunidad en un sector que además lo genera de calidad», ha indicado el exministro.

Blanco ha explicado, sobre las energías renovables y dentro de la política energética europea, que la Unión Europea está regulando lo que tiene que ser la «transición energética». «Para cumplir los objetivos de París hay que hacer una transición energética que dé paso a la descarbonización de la economía y el impulso de las energías renovables«, ha indicado el ponente.

En este sentido, ha lamentado que España esté «de nuevo» entre los países que quieren «poner un freno» al desarrollo de energías renovables, algo que «no se entiende» en una zona que, por sus condiciones, podría liderarlo precisamente y que además está «muy expuesta» al cambio climático. Blanco ha avanzado asimismo que, a finales de junio, podrá contarse con una nueva directiva para el período 2020-2030 que genere un marco regulatorio, para que no se vuelvan a dar criterios de retroactividad como los definidos por el Gobierno español y que llevaron a un freno renovable.

Castilla-La Mancha recurrirá al Tribunal Constitucional la suspensión de la ejecutividad de la ley antifracking aprobada por las Cortes autonómicas

Europa Press.- El Gobierno de Castilla-La Mancha va a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional solicitando el levantamiento de la suspensión de la ejecutividad de la ley antifracking aprobada por las Cortes regionales el año pasado, «mientras no exista un plan estratégico regional sobre la fractura hidráulica» que impida esta práctica en la región. Así lo puso de manifiesto el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, quien ha apoyado a las plataformas antifracking de la región.

«Esperamos que el Tribunal Constitucional levante la suspensión de la ejecutividad de la Ley porque de ellos depende que en Castilla-La Mancha se puedan realizar prácticas de fractura hidráulica y queremos impedirlo a través de ese recurso que vamos a presentar ante el Tribunal Constitucional», ha señalado. Y es que, ha incidido, la Ley aprobada en las Cortes de Castilla-La Mancha «no invade competencias estatales» ya que, ha recordado, «se apoya en dos competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma: el medio ambiente y la salud pública», en las que «tenemos las competencias para legislar y no estamos de acuerdo con esa posición manifestada desde el Gobierno central a través del recurso que se ha admitido por el Tribunal Constitucional», explicó.

En suspenso por el recurso

En este sentido, ha indicado que, además de garantizar la salud pública y el medio ambiente, en Castilla-La Mancha se apuesta por un «modelo energético sostenible muy alejado de prácticas como el fracking y las energías nucleares y vamos a defenderlo siempre» porque «garantiza la viabilidad de nuestro territorio«. En la Ley aprobada por las Cortes regionales, actualmente en suspenso por el recurso admitido a trámite del Gobierno central ante el Tribunal Constitucional, se establecen las medidas adicionales de protección de la salud pública y el medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la fractura hidráulica.

El Gobierno regional entiende que deben prevalecer las garantías de la salud pública y medio ambiente sobre una práctica «de la que se desconocen con precisión sus efectos» según resaltó el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, quien reitera que «hay argumentos suficientes para que en Castilla-La Mancha podamos legislar sobre esta materia apoyándonos en competencias exclusivas de Castilla-La Mancha y así vamos a defender los intereses en la región en este sentido».

Unesa asegura que modificar la retribución “de manera inesperada” pone en cuestión la estabilidad jurídica y perjudica a las empresas

Europa Press.- La patronal de las principales compañías eléctricas, Unesa, que representa a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo, junto a otras patronales de distribución como ASEME y CIDE, han recordado que la remuneración de la distribución eléctrica fue establecida por la Ley de 2013 y critican que los ajustes que el Gobierno pretende aplicar se producen «de manera inesperada» al estar fuera de los periodos regulatorios, «lo que pone en cuestión la estabilidad jurídica» y perjudica a las empresas.

Asimismo, señalan que los cambios se quieren introducir cuando aún está pendiente de tramitación la Ley del Cambio Climático y Transición Energética y cuando la comisión de expertos creada por el Gobierno para asesorar sobre estos asuntos aún no entregó sus conclusiones. Para las patronales, la transición energética «exige mantener y ampliar» las redes de distribución y la incertidumbre generada por los cambios regulatorios «no favorece la inversión», que supera los 1.100 millones de euros.

Además, consideran que el papel de las redes «es crítico» para poder integrar de manera efectiva las energías renovables, conseguir que el consumidor sea más activo y responsable en una red digitalizada y para poder ampliar los usos de la electricidad, «por lo que alterar el entorno regulatorio puede condicionar la consecución de estos objetivos«. En su comparecencia en el Congreso, Nadal pidió al resto de fuerzas políticas del Parlamento respaldo para aplicar a las eléctricas y gasistas una serie de ajustes en su retribución por cerca de 250 millones de euros, de los cuales algo menos de 200 millones de euros corresponden al sector eléctrico y otros 50 millones de euros al sector gasista.

Ajustes a distribución y transporte

El mayor de estos ajustes se refiere a los costes del sistema en transporte y distribución, donde considera que existen «casos de sobrerretribución en el factor de retardo», por el que una distribuidora eléctrica o Red Eléctrica de España (REE) reciben un equivalente de tipo de interés del 10% durante dos años desde que se realiza el proyecto hasta que se integra. “Este tipo de interés es altísimo. Un 5% anual a dos años no lo paga nadie para este nivel de riesgo. Pretendemos sustituirlo por un índice financiero”, indicó Nadal, quien estimó que el impacto de esta medida sería de unos 100 millones de euros, en una actividad de unos 7.000 millones de euros.

Otra de las partidas a ajustar corresponde a la retribución correspondiente a unos activos amortizados pertenecientes a las principales compañías, después de una demanda presentada por pequeñas empresas distribuidoras ante el Tribunal Supremo, que estarían «sobreretribuidos» y cuyo impacto sería de unos 70 millones de euros. Además, en los costes extrapeninsulares, propone una actualización en los parámetros de activos una vez que Red Eléctrica ha remitido las pruebas más actualizadas para determinar la estructura de costes de generación de las distintas centrales en las islas, que ascendería a unos 15 o 20 millones de euros.

No obstante, el Gobierno finalmente no ha incluido en el paquete de enmiendas presentadas por el Grupo Popular en el Senado a la Ley contra la sequía ninguna propuesta de cambio encaminada a reducir la retribución a las redes de gas y a la distribución eléctrica. Así, en la batería de enmiendas se incluyen únicamente propuestas de modificación en la Ley del Sector Eléctrico referentes a peajes y cargos para determinadas categorías de consumidores en la modalidad de suministro con autoconsumo caracterizados por ser intensivos en consumo energético o sujetos a estacionalidad y a regadíos, adaptándose a la normativa europea.

En el Congreso, Nadal consideró que estos ajustes en el sistema de la retribución en la parte regulada de las eléctricas proceden de las recomendaciones del regulador, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o de REE. Nadal también solicitó el apoyo para que las empresas dueñas de las centrales nucleares asuman, en el caso de producirse su cierre, el coste de su desmantelamiento. A este respecto, subrayó que España es el único país en el que el desmantelamiento de una nuclear «es responsabilidad de todos», a través de la sociedad Enresa.

El Tribunal Constitucional anula varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y el Gobierno autonómico reivindica su validez

Europa Press.- El Gobierno autonómico del País Vasco ha lamentado que el Tribunal Constitucional haya optado por una decisión «drástica» al anular varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y ha asegurado que, pese a que el Constitucional mantenga lo contrario, se trata de una norma que tiene «pleno encaje» en la Constitución Española. El Tribunal entiende que estos apartados «desbordan» las competencias de Euskadi en materia de protección del medio ambiente y que podrían «vulnerar» el principio de territorialidad.

De este modo, el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno central contra varios artículos de esta ley, que establece importantes obstáculos para la utilización del fracking, una controvertida técnica para la extracción de gas del subsuelo que es rechazada por ecologistas, por considerarla peligrosa para el medio ambiente y para la salud de las personas.

El Tribunal declara inconstitucional y nulo el artículo 3 de la ley, al considerar que «desborda» las competencias de las comunidades autónomas para establecer «normas adicionales de protección» del medio ambiente. También anula un apartado del artículo 2, puesto que considera que «interpretado en combinación con otros preceptos, podría llevar a la comunidad autónoma a vulnerar el principio de territorialidad».

El Tribunal Constitucional ha aplicado la doctrina que ha quedado establecida en 4 sentencias referidas a la regulación autonómica de la técnica de la fractura hidráulica por las comunidades de Cantabria, Navarra y Cataluña. En el artículo 3 de la ley vasca sobre la fractura hidráulica, que modifica la ley de suelo y urbanismo del País Vasco, la sentencia señala que dicho precepto es idéntico al contenido en la ley sobre el fracking de Cataluña, ya anulado por el Tribunal.

El Tribunal Constitucional señala que la competencia de las comunidades autónomas para fijar «normas adicionales de protección» del medio ambiente no incluye la «prohibición absoluta e incondicionada» del fracking, pues una prohibición de esas características «contradice de manera insalvable» la ley estatal del sector de hidrocarburos, que es la que autoriza el empleo de esta técnica. Según indica, esta competencia permite a las comunidades autónomas imponer, para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones, “requisitos y cargas” no previstos por la legislación estatal. No obstante,  esas nuevas exigencias deberán ser «razonables y proporcionadas al fin propuesto», añade, y no podrán alterar el ordenamiento básico en materia de régimen minero y energético.

La sentencia concluye que, si bien la norma vasca impugnada no prohíbe el fracking de forma «absoluta e incondicionada», sí contiene mandatos que «reducen, dificultan o impiden la eficacia» de la normativa básica del Estado, lo que las hace incompatibles entre sí». En consecuencia, el artículo 3 de la ley es declarado inconstitucional y nulo. Lo mismo ocurre con la disposición transitoria primera, que establece el régimen transitorio del artículo 3, al que se remite.

Ojos a hidratos de metano

El Tribunal también declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso del artículo 2 referido a los hidratos de metano enterrados en el mar. En la sentencia se señala que este inciso, «aplicado junto con otros preceptos no impugnados de la norma, permitiría a la comunidad autónoma vasca extender el ejercicio de su competencia al mar territorial y al subsuelo marino, que no forman parte de su territorio«. Esto, añade, «supondría vulnerar el principio de territorialidad».

El recurso del Gobierno se dirigía también contra el artículo 5 de la ley, que modifica la normativa vasca sobre aguas. En este caso, la sentencia considera que el precepto es «respetuoso» con la normativa estatal, cuya finalidad es la protección de las aguas y del dominio público hidráulico mediante la reducción de la contaminación y el establecimiento de medidas que eviten su contaminación adicional.

Este artículo tampoco «vulnera» la competencia del Estado ya que la sentencia indica que la ley no contiene una «prohibición general» sobre todo el territorio de la comunidad autónoma del País Vasco, sino sólo sobre un 37%, según su mapa de acuíferos. Además, no se impone una prohibición «genérica e incondicionada», puesto que prevé la evaluación individualizada de cada uno de los acuíferos de Euskadi, y prohíbe el fracking sólo en los que «hayan ya sido declarados con un grado de vulnerabilidad media, alta o muy alta de contaminación». La sentencia también desestima el recurso en relación con el artículo 6, que permite a las autoridades y funcionarios vascos acordar «la reposición de la situación alterada a su estado originario”.

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, al que se han adherido los magistrados Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer. Estos magistrados discrepan parcialmente de los argumentos y del fallo de la sentencia, en concreto, en lo que afecta al artículo 3. Los firmantes del voto particular sostienen que la sentencia no tiene en cuenta que dicho precepto remite «a lo que establezcan los instrumentos de ordenación ambiental», circunstancia que habría exigido enfocar el análisis desde el punto de vista de la competencia sobre protección del medio ambiente, y que habría conducido a la desestimación del recurso en este punto.

País Vasco defiende su constitucionalidad

Por su parte, pese a no compartir la decisión del Tribunal Constitucional, el Ejecutivo autonómico «acata» la sentencia, según indicaron fuentes del gabinete de Iñigo Urkullu. Desde el Gobierno autonómico se ha recordado que esta ley, aprobada por el Parlamento Vasco en 2015, no fue impulsada por el Ejecutivo, sino que se trato de una iniciativa planteada por los propios grupos de la Cámara autonómica.

En todo caso, desde el gabinete de Iñigo Urkullu se ha recordado que cuanto el Gobierno español recurrió la norma, el Ejecutivo vasco defendió el «pleno encaje constitucional» de la ley del fracking, primero en el proceso de negociación bilateral con el Gobierno central y, con posterioridad, a través de las alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional. El Ejecutivo autonómico ha subrayado que no está «de acuerdo» con la interpretación que hace el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central contra la ley antifracking de Castilla-La Mancha

Europa Press.- El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, contra varios preceptos de la Ley de Castilla-La Mancha por la que se establecen medidas adicionales de protección de salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica, más conocida como fracking.

El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta autonómica de Castilla-La Mancha, que dispondrán hasta mediados de febrero para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. El pleno acuerda también la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno del artículo 161.2 de la Constitución.

Dicho precepto establece que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a 5 meses». La admisión a trámite y la suspensión cautelar no suponen anticipo alguno del pronunciamiento sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá una vez que esté concluso el proceso.

El PP respeta la admisión

Por su parte, el portavoz regional del Partido Popular, Lorenzo Robisco, ha asegurado, en relación a la admisión a trámite por parte del Constitucional del recurso del Gobierno central que «las decisiones judiciales se respetan». «Eso no es ni a favor ni en contra«, ha manifestado, donde ha apuntado que este asunto «lleva un curso» y que, «en ese curso, unos proyectos han salido adelante y otros no”. Dicho esto, ha incidido en que el PP no se va a mostrar «ni a favor ni en contra de las decisiones judiciales» y que será el tribunal «el que se pronunciará».

El Gobierno desestima el requerimiento de la Generalitat de Cataluña sobre el bono social que reclamaba respetar las competencias autonómicas

Europa Press.- El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se responde al requerimiento previo a la vía contencioso-administrativo formulado por la Generalitat de Cataluña sobre varios preceptos del bono social que, a su juicio, vulneran sus competencias en relación con la asistencia social.

Así, el Gobierno rechaza las pretensiones de Cataluña, al considerar que la normativa estatal que impide la interrupción del suministro a los consumidores vulnerables en riesgo de exclusión social mediante el copago de su factura de la luz entre el sistema eléctrico, las sociedades comercializadoras y los servicios sociales de las comunidades autónomas o ayuntamientos no invade ninguna competencia autonómica.

En concreto, según el Consejo de Estado, el decreto aprobado por el Gobierno sobre el bono social se limita a abrir un cauce de cooperación interadministrativa y coordinar la ordenación económica del sector eléctrico con la asistencia social a los consumidores en situación de pobreza energética, que despliegan las administraciones autonómicas y locales. Además, las alegaciones expuestas por la Generalitat ya fueron realizadas durante el trámite de audiencia de la norma y ya obtuvieron respuesta.

La Junta de Andalucía lamenta que el Gobierno central «apoye económicamente» al proyecto de almacenamiento de Gas Natural en Doñana

Europa Press.- Mientras los colectivos conservacionistas WWF y Ecologistas en Acción, referentes en el espacio natural de Doñana, denuncian la subvención a Gas Natural por 6,3 millones de euros para el 2018 señalando que así se fomenta el «agravar» los problemas del parque, el director general de Prevención y Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía, Fernando Martínez Vidal, lamenta que el Ministerio» siga apoyando económicamente el proyecto de almacenamiento de gas en el entorno de Doñana.

Martínez Vidal asegura que esta actuación contrasta con lo que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio llevó a efecto recientemente, refiriéndose a que la Junta «ha formulado un requerimiento previo al ejercicio de acciones judiciales en el Contencioso Administrativo contra el Ministerio de Medio Ambiente para que revise las declaraciones de impacto ambiental que se dieron a los 4 subproyectos en los que se divide este gran proyecto de almacenamiento de gas».

El director general de Prevención ha explicado que «estas declaraciones se dieron entre 2010 y 2013 y el único proyecto que cuenta con autorización es el de Marismas Occidental«, para el que solicitan que «se paralice la ejecución del proyecto«. «Nuestra petición se ampara en que recientes informes que se han conocido del IGME y del CSIC, que entienden que la evaluación que se hizo de manera fragmentada ni cuenta con el efecto acumulativo ni hace una valoración de riesgo de sismicidad inducida», ha indicado.

Por ello, ha señalado que, según el artículo 44 de la ley 21/2013, se ha solicitado la revisión de estas vías por «concurrir estas nuevas circunstancias y que se han puesto de manifiesto en los procedimientos de quejas que los defensores del pueblo, a nivel nacional y andaluz, tienen abiertos». De esta forma, ha asegurado que «el parecer de la Junta contrasta radicalmente con la forma de actuar del Gobierno que sigue apostando económicamente por este proyecto de almacenamiento de gas en el entorno de Doñana, un espacio natural único».

“Pagando para agravar los problemas”

El coordinador de la Oficina Técnica de WWF en Doñana, Juan José Carmona, incide en que la subvención a Gas Natural «es inmoral e incongruente».Y es que, agrega, se abona una subvención, que supone «la mitad del presupuesto anual para todo el parque», por el almacenamiento de una energía no renovable cuya utilización «agravará los problemas de cambio climático«.Por ello, el colectivo ecologista sigue reclamando la paralización del subproyecto ya en marcha y que se impidan los otros tres, así como una apuesta «clara» de las administraciones por la energía renovable «en todo su espectro y con cabeza».

Por su parte, el portavoz de Ecologistas en Acción en el Consejo de Participación de Doñana, Juan Romero, ha manifestado que su asociación tiene «todas las esperanzas» puestas en los tribunales, al haber recurrido judicialmente todo el procedimiento administrativo.»Hay un informe del Defensor del Pueblo donde se pone de manifiesto que la iniciativa adolece de un estudio hidrogeológico, con una valoración de impacto incompleta. Lo más triste es confirmar cómo todo el mundo coincide en que hay que hacer una evaluación conjunta y ver la sinergia acumulativa de los proyectos y, sin embargo, el Gobierno central hace oídos sordos».

El Gobierno presenta un recurso de inconstitucionalidad contra la ley autonómica antifracking de Castilla-La Mancha, que argumenta “proteger el territorio”

Europa Press.- El Gobierno de Castilla-La Mancha ha reaccionado, después de que el Gobierno central acordara interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la ley antifracking de la región, destacando que promueve un modelo que «protege el territorio». Madrid recurre determinados preceptos de la ley de Castilla-La Mancha por la que se establecen medidas adicionales de protección de la salud pública y del medioambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica, también conocida como fracking.

El fracking es una técnica para posibilitar o aumentar la extracción de gas natural o petróleo del subsuelo y el Gobierno entiende que las normas de protección reguladas en la ley manchega vulneran las competencias estatales sobre hidrocarburo y medioambiente. Por ello, el Ejecutivo de Rajoy invoca el artículo 161.2 de la Constitución «a fin de que se produzca la suspensión de los preceptos objeto del recurso de inconstitucionalidad». Asimismo, considera que la técnica del fracking, al estar ya sujeta a la evaluación previa de su impacto ambiental, ya cuenta con «la necesaria protección ambiental».

En País Vasco sin suspensión

En concreto, el Gabinete de Rajoy concluye que la ley manchega que prevé la elaboración de un plan estratégico para prohibir el fracking «en zonas de restricción y zonas de exclusión» supone «una vulneración de la Ley del Sector de Hidrocarburos, así como la Ley de Evaluación Ambiental». El Tribunal Constitucional ya ratificó en tres ocasiones recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno contra distintas iniciativas legislativas regionales, como sucedió en 2014 en Cantabria o en La Rioja, o en 2016 en Cataluña. En el País Vasco también se redactó en 2016 una ley similar a las anteriores, pero sin una prohibición explícita, contra la que el Gobierno presentó un recurso de inconstitucionalidad. Sin embargo, el Constitucional levantó la suspensión.

Castilla-La Mancha: “Protege el territorio”

Por su parte, el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Ejecutivo castellano-manchego, Francisco Martínez Arroyo, defendió en su cuenta de Twitter que «frente a un modelo energético insostenible y no respetuoso con el medio ambiente», la Junta «apuesta por otro que genera riqueza y protege el territorio«. «Frente a un modelo de decisiones sin contar con los ciudadanos, un orgullo escuchar la voz de las gentes de CLM @frackingNOguada», señaló el consejero.

El Constitucional suspende cautelarmente la Ley de Cambio Climático de Cataluña que fija el cierre de las nucleares para 2027

Europa Press.- El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley de Cambio Climático de Cataluña y suspendió su aplicación desde la interposición del recurso el pasado noviembre mientras estudia las alegaciones del Ejecutivo. El Constitucional deberá confirmar o desestimar esta suspensión en un plazo no superior a 5 meses. Entre los preceptos suspendidos se encuentra un plan de transición para el cierre, no más allá de 2027, de las centrales nucleares, velando por la preservación del empleo.

Actualmente en Cataluña hay tres reactores en funcionamiento en las centrales nucleares de Ascó (I y II) y Vandellós (II), en Tarragona. El Ejecutivo ha recurrido, junto con este precepto, otros 23 más de esta norma, que también quedan en suspenso. A su juicio, estos preceptos invaden las competencias que el artículo 149.1 de la Constitución atribuye al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, las bases de régimen minero y energético y legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades autonómicas de establecer normas adicionales de protección.