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NextEra reclama 291 millones a España tras fallar a su favor el Ciadi por el recorte a las energías renovables

Europa Press.- España sufrió un nuevo revés ante la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, por los recortes a las renovables, con un fallo a favor de la estadounidense NextEra Energy. El fallo concluye que España «incumplió con su obligación en virtud del Tratado de la Carta de la Energía de 1994 de brindar un trato justo y equitativo al no proteger las expectativas legítimas de la compañía sobre las cuales decidieron sus inversiones».

NextEra estima que, según las reglas para fijar los daños por los que debe ser compensada, debe ser indemnizada con 291 millones de euros, más intereses antes y después del juicio, basados en la rentabilidad del bono español a 5 años. NextEra inició en 2014 el arbitraje contra España. NextEra invirtió en dos plantas termosolares en Extremadura con una capacidad de 49,9 megavatios (MW). NextEra subraya que existen motivos por los cuales España puede tratar de anular la decisión, por lo que deberá buscar «la ejecución de la decisión a través de procedimientos legales adicionales».

En total, España suma 33 demandas de arbitraje de inversiones ante el Ciadi relacionadas con las reformas energéticas de las renovables. La última de ellas fue presentada a finales de febrero por el grupo Canepa Green Energy. El Ciadi ya ha fallado hasta en 3 ocasiones anteriores a favor del demandante. En concreto, en los casos de Masdar, perteneciente al fondo soberano de Abu Dhabi Mubadala, reconociéndole una indemnización de 64 millones de euros; Eiser Infraestructure, condenando a España a pagar 128 millones de euros más intereses; y el fondo Antin, con el pago de una indemnización de 112 millones.

No obstante, en los tres casos la ejecución de los laudos no se ha llevado a cabo, ya que se encuentran recurridos por el Gobierno español en procedimiento de anulación, en el caso de Eiser, o en periodo de solicitud de rectificación, en las demandas de Masdar y Antin. Además, el Estado español ha sufrido 2 reveses más: la danesa Athena Investments comunicó que había ganado un laudo contra España ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC), que le favorecía con una indemnización de 11 millones; Asimismo, el tribunal sueco también reconoció el pago de 53 millones a la firma NovEnergia por los recortes a las renovables, aunque posteriormente suspendió la ejecución del laudo.

La resolución de estos procesos en contra del Estado está en el aire ya que la Comisión Europea respaldó a España en este frente abierto por los arbitrajes de las renovables, al considerar que al haberse iniciado por inversores de otros Estados de la Unión Europea era una situación contraria al Derecho de la Unión. Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) falló que la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo entre Eslovaquia y Países Bajos sobre la protección de inversiones no era compatible con el Derecho de la Unión Europea.

Este fallo abría una vía favorable para España en el conflicto con los fondos de inversión extranjeros por las renovables, aunque no definitiva, ya que muchos de los arbitrajes de inversión se han iniciado al amparo de la Carta Europea de la Energía. Anteriormente, España había ganado una demanda presentada por Isolux, mientras que también decayó la demanda de 6 millones de Solarpark Management, que había denunciado ante el SCC.

Las reclamaciones de los inversores extranjeros en tribunales internacionales de arbitraje por estos recortes a las renovables ascienden a más de 8.000 millones de euros. Entre todas estas demandas presentadas, destaca la interpuesta por el conglomerado The PV Investors ante la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral), que asciende a 1.900 millones de euros, casi una cuarta parte de toda la cantidad demandada a España.

La danesa European Solar Farms presenta la 32ª demanda contra España ante el Ciadi por el recorte de las renovables

Europa Press.- La sociedad danesa European Solar Farms ha presentado la trigésimo segunda denuncia contra España ante la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, por los recortes a las renovables. Según la información remitida al Ciadi, la sociedad, radicada en Dinamarca, cuenta con el asesoramiento jurídico del despacho de abogados King&Spalding. Por tanto, fueron 3 las demandas presentadas contra el Gobierno de España en 2018 por los recortes en la retribución de las renovables.

De estas más de 30 denuncias, el Ciadi ya falló en 3 a favor del demandante, en los casos de Masdar, perteneciente a al fondo soberano de Abu Dhabi Mubadala, reconociéndole una indemnización de 64 millones de euros; Eiser Infraestructure, condenando a pagar 128 millones de euros más intereses; y el fondo Antin, con una indemnización de 112 millones de euros. No obstante, en los 3 casos la ejecución de los laudos no se ha llevado a cabo, ya que se encuentran recurridos por el Gobierno en procedimiento de anulación, en el caso de Eiser, o de solicitud de rectificación.

Además, el Estado español ha sufrido 2 reveses más en los arbitrajes internacionales. En noviembre la danesa Athena Investments comunicó que había ganado un laudo contra España ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC), que le favorecía con una indemnización de 11 millones de euros. Asimismo, el SCC también reconoció el pago de 53 millones de euros a la firma NovEnergia por los recortes a las renovables, aunque posteriormente suspendió la ejecución del laudo.

La resolución de estos procesos en contra del Estado está en el aire, ya que a finales del 2017 la Comisión Europea respaldó al Gobierno español en este frente abierto por los arbitrajes de las renovables, al considerar que al haberse iniciado por inversores de otros Estados de la Unión Europea era una situación contraria al Derecho de la Unión.

Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) falló en marzo que la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo entre Eslovaquia y Países Bajos sobre la protección de inversiones no era compatible con el Derecho de la Unión Europea. Este fallo abría una vía favorable para España en el conflicto con los fondos de inversión extranjeros por las renovables, aunque no definitiva, ya que muchos de los arbitrajes de inversión se han iniciado al amparo de la Carta Europea de la Energía.

Anteriormente, España había ganado una demanda presentada por Isolux, mientras que también decayó la demanda de 6 millones de euros de Solarpark Management, que había denunciado ante el SCC. Las reclamaciones de los inversores extranjeros en tribunales internacionales de arbitraje por estos recortes renovables ascienden a más de 8.000 millones de euros. Entre todas estas demandas presentadas, destaca la interpuesta por el conglomerado The PV Investors ante Uncitral, que asciende a 1.900 millones de euros.

España sufre su quinto revés en los tribunales internacionales ante la danesa Athena por los recortes a las renovables

Europa Press.- El Estado español sufre su quinto revés en un arbitraje internacional por los recortes a las renovables, después de que Athena Investments, una operadora danesa de plantas renovables, haya ganado la demanda interpuesta hace dos años contra España, reconociéndole una indemnización de 11 millones de euros.

Según la compañía, en noviembre de 2015 inició un arbitraje contra España ateniéndose a la Carta de la Energía, tratado internacional que garantiza las inversiones internacionales en esta materia, tras el cambio llevado a cabo por el Gobierno de Mariano Rajoy en materia de renovables. Estos cambios legislativos habrían afectado negativamente al valor de la inversión realizada en los años previos relativos a la energía solar, de forma que infringía el artículo 10 de dicho tratado sobre una capacidad total instalada de 6,7 megavatios (MW).

Además de la indemnización de 11 millones, que cubre los daños ocasionados y el coste del arbitraje, la sentencia también le reconoce a la empresa la recuperación de los intereses desde el 30 de junio de 2014. El presidente de Athena, Peter Hostgaard, ha aplaudido el fallo ya que confirma la aplicación de la ley en Europa y protege «el interés legitimo de los inversores», al mismo tiempo que ha avanzado que el importe indemnizado será contabilizado para «partidas especiales».

La última sentencia a la que España tuvo que hacer frente debido al cambio de criterio sobre las renovables tuvo lugar en junio, cuando el Ciadi, organismo dependiente del Banco Mundial, falló a favor del fondo Antin, reconociéndole el pago de una indemnización de 112 millones de euros. Previamente, en mayo, el Estado español sufrió otro revés también por parte del Ciadi al fallar a favor de Masdar, que pertenece a Mubadala, fondo soberano de Abu Dabi, reconociéndole una indemnización de 64 millones de euros. Este fallo del Ciadi era el segundo en contra de España, después de que en 2017 fallara a favor de Eiser Infraestructure, condenando a pagar 128 millones de euros más intereses a la firma británica.

No obstante, el Gobierno de España presentó ante el Ciadi un recurso contra este laudo favorable a Eiser Infraestructure, al considerar que podía existir un conflicto de intereses con el árbitro designado por la firma británica, Stanimir Alexandrov, ya que también formaba parte del tribunal en otra de las demandas presentadas contra España. Además, el pasado mes de febrero, España registró otro laudo en contra de la Cámara de Comercio de Estocolmo que le obligaba a pagar 53 millones de euros a la firma NovEnergia. De todas maneras, el tribunal de apelación de Suecia decretó posteriormente la suspensión indefinida de la ejecución de este laudo.

No obstante, la resolución de estos procesos en contra del Estado está en el aire ya que en noviembre la Comisión Europea respaldó al Gobierno español en este frente abierto por los arbitrajes de las renovables, al considerar que al haberse iniciado por inversores de otros Estados de la Unión Europea era una situación contraria al Derecho de la Unión.

Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) falló en marzo que la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo entre Eslovaquia y Países Bajos sobre la protección de inversiones no era compatible con el Derecho de la Unión Europea. Este fallo abría una vía favorable para España en el conflicto con los fondos de inversión extranjeros por las renovables, aunque no definitiva, ya que muchos de los arbitrajes de inversión se han iniciado al amparo de la Carta Europea de la Energía.

Anteriormente, España había ganado una demanda presentada por Isolux, mientras que también decayó la demanda de 6 millones de euros de Solarpark Management, que había denunciado ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC). España suma casi una treintena de demandas ante el Ciadi contra los recortes aplicados a las energías renovables por las reformas del Gobierno en los años 2010 y 2013, así como otras más en otros organismos internacionales. Las reclamaciones de los inversores extranjeros en tribunales internacionales de arbitraje por estos recortes a las energías renovables asciende a 7.566 millones de euros.

Compromís exige la dimisión de Nadal tras la indemnización de 128 millones que pagará España por los recortes renovables

Europa Press.- Compromís pide la dimisión del ministro de Energía, Álvaro Nadal, después de que un tribunal estadounidense haya ratificado la multa de 128 millones impuesta a España por la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (Ciadi), que el pasado mayo dio la razón a dos empresas que vieron perjudicadas sus inversiones por la retirada de apoyo público a las energías renovables.

Además, la formación valenciana ha registrado una proposición no de ley en la que insta al Gobierno a aprobar un real decreto para evitar que el coste de los arbitrajes no recaiga en los consumidores ante el temor de que, por este asunto, se acabe incrementando el recibo de la luz. Según adelantó InfoLibre, el Tribunal Federal del distrito Sur de Nueva York confirmó la sentencia del Ciadi, que estableció que el recorte del Gobierno en renovables fue «excesivo, abrupto y devastador» y fijó una multa de 128 millones de euros. España recurrió ese laudo.

Compromís remarca en su iniciativa que, según la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), los recortes renovables ascendieron a 1.700 millones de euros y que el 80% de la inversión en el sector tenía origen español. Asimismo, recuerda que hay 26 denuncias pendientes de resolución, lo que puede originar una cascada de sentencias contra España y supondría un «alto coste para el contribuyente», puesto que durante la tramitación de los Presupuestos se dispuso que los costes de estos arbitrajes recayeran en la factura de la luz.

Según el diputado de Compromís, Ignasi Candela, esta multa de 128 millones deja en una situación de «agravio comparativo» a los inversores nacionales, que no han podido acudir al arbitraje internacional». Por eso en su iniciativa instan al Gobierno a llegar a un acuerdo con esos inversores para compensarles por las reformas. Por último, Candela ha recordado que Compromís presentó en el Congreso una proposición de ley para «garantizar una retribución mínima a los inversores» pero el Gobierno la vetó.

Podemos quiere que Nadal explique en el Congreso la condena a España en el arbitraje por los recortes en renovables

Europa Press.- Unidos Podemos-En Comú-En Marea quiere que el ministro de Energía, Álvaro Nadal, rinda cuentas en la Comisión del ramo del Congreso por la condena a España en la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias del Banco Mundial (Ciadi) por los recortes a la energía renovable.

La sentencia, dictada el 4 de mayo, estima parcialmente la demanda del fondo luxemburgués Eiser Infrastructure Limites, compensándola con 128 millones de euros por el perjuicio que, estima el tribunal, sufrió tras sus inversiones realizadas en tres plantas termosolares, a raíz de los recortes a las energías renovables aplicados tras las reformas realizadas por los últimos gobiernos en el sector.

Según Podemos, las conclusiones dictadas en el laudo apuntan a que «España realizó una revisión del régimen regulatorio sin precedentes y basado en premisas totalmente diferentes», considerando el nuevo sistema «profundamente injusto e inequitativo en el modo en que se aplicó a la inversión existente de las demandantes, despojando a las demandantes prácticamente de todo el valor de su inversión«.

Unidos Podemos critica que el Gobierno habría dejado sin contestar la invitación que los inversores realizaron para pedir una negociación previa bajo el argumento de que se le remitiera el documento redactado en castellano y, posteriormente, sin dar respuesta. Una posición que, continúa Podemos, el arbitraje «valora como contradictoria, al existir un alegato por parte del Gobierno diciendo que el demandante no intentó llegar a un acuerdo«. Podemos pregunta si este hecho es cierto, las razones por las que fue así y por el lugar en el que se «deja al Gobierno no dignarse a responder este tipo de misivas».

Apuntan a la defensa jurídica

Podemos advierte de que los peritajes realizados y las declaraciones de testigos fueron «contradictorias y carentes de solidez», ante lo cual preguntan si el Gobierno ha solicitado a la Abogacía del Estado un informe que explique «los cambios sustanciales en la línea de defensa«, y si es así, qué motivos llevaron a ello. También quieren saber si el Gobierno considera que la defensa jurídica pudo afectar al resultado del laudo.

En este sentido, destacan que la principal alegación habría consistido en la carencia de jurisdicción por parte del Ciadi y que existieron «incoherencias e incertezas en la testifical del director de energías renovables del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)». «Igualmente, la defensa y alegatos de los representantes jurídicos del Estado habrían cambiado sustancialmente a lo largo del proceso», apostillan. Unidos Podemos pregunta al Gobierno si considera que estos representantes del IDAE «estuvieron a la altura en sus testificales» y si han solicitado «las explicaciones oportunas tras las presuntas contradicciones del director de renovables del IDAE».

También destacan que «los propios árbitros consideran los informes periciales aportados por la demandante como completos y profesionales», mientras que la valoración de las conclusiones presentadas por los peritos contratados al efecto por el Gobierno «fueron consideradas poco convincentes». Por esto último, Unidos Podemos cuestiona al Ejecutivo por los criterios que condujeron a la contratación de BDO Abogados a la hora de defender al país en el Ciadi, si se valoraron otras opciones y si se continuarán utilizando sus servicios en el resto de arbitrajes pendientes por esta misma controversia.

El arbitraje desvela que los peritos del Estado cifran en un 5% la rentabilidad de Eiser frente al 7,39% prometido

Europa Press.- Los peritos de Brattle y BDO designados en el arbitraje internacional contra España en el Ciadi (Banco Mundial)  acerca de los recortes a las instalaciones de renovables de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg calculan que la rentabilidad de estos inversores se situó entre el 3,7% y el 5% tras la reforma eléctrica de 2013, frente al 7,39% recogido en la nueva legislación (calculada en torno a las Obligaciones del Estado a 10 años incrementando  en 300 puntos básicos).

Estas consideraciones aparecen recogidas en el laudo del Ciadi remitido a las partes la semana pasada, en el que por primera vez esta institución se pronuncia acerca de los recortes a las instalaciones de renovables en España. En este caso lo ha hecho a favor de los demandantes, que tendrán derecho a una indemnización de 128 millones. El Ciadi aún tiene que resolver una treintena de denuncias por este asunto.

En este sentido, ni el perito designado por el abogado del Estado ni el de Eiser cifraron los retornos económicos de las plantas en el porcentaje de rentabilidad razonable establecido por el Gobierno. Brattle, designada por Eiser, cifra la rentabilidad de los proyectos termosolares del inversor en el 3,7%, mientras que BDO, elegido por el Estado, lo hace en el 5%. «La rentabilidad real antes de impuestos de las plantas se encuentra muy por debajo de la tasa meta prevista por el nuevo régimen», señala el laudo a la vista de estos testimonios, antes de constatar que las instalaciones de Eiser no se ajustaban al estándar de plantas eficientes aplicado, eso sí, «de manera retroactiva» en 2013 por el Gobierno.

Los costes de capital de las plantas eran cerca de un 40% superiores al nivel considerado eficiente por la reforma. Los peritos de la demandante, de Brattle, atribuyen esta diferencia a aspectos como el de que las plantas eran propietarias, en vez de arrendatarias, de los terrenos sobre los que se asentaron los proyectos. Los costes operativos y de mantenimiento de las plantas también superaban los considerados eficientes, más aun cuando en 2012 se aprobaron impuestos que también gravaban el gas usado por las plantas termosolares. Como consecuencia de ello los ingresos de las instalaciones registraron un descenso del 66% tras la reforma de 2013.

En 2014, una de las plantas, Aires Solar, tuvo ingresos operativos de 19,92 millones, frente a los 27,76 millones necesarios para responder a las deudas de la sociedad, mientras que otra instalación, Dioxipe, ingresó 7,79 millones, frente a los 13,94 millones necesarios para devolver la deuda. El laudo muestra precisamente que el endeudamiento de los inversores en renovables y sus dificultades para devolver la deuda tras los recortes no se tuvieron en cuenta a la hora de definir el nuevo régimen retributivo de la reforma.

En un interrogatorio, el director del departamento solar del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE), Carlos Montoya, confirmó que fueron los funcionarios del Ministerio los que realizaron las «estimaciones y cálculos cruciales» para definir los estándares retributivos «sin tener en cuenta las características reales y la producción de las plantas». «El nuevo régimen no tiene en cuenta los costes reales, incluido el servicio de deuda, o las eficiencias reales de determinadas instalaciones de CSP (termosolar) existentes», señala el laudo. Montoya admitió en su testimonio que “el proceso no se basó en un análisis matemático de datos riguroso, al afirmar que si usted busca […] una media o una fórmula matemática, no la hay«, indica el laudo.

La sentencia del tribunal también describe las expectativas sobre las que Eiser decidió invertir en renovables en junio de 2007. Para ello, realizó due diligences y contó con el asesoramiento de Gómez Acebo & Pombo. En ese momento, el principal riesgo identificado era que el proyecto no se pudiera construir en los 36 meses de plazo recogidos en el real decreto 661/2007. La deuda de los proyectos equivalía al 70% del capital en el caso de la planta Astexol, y al 63,5% en el de las otras dos plantas, conocidas como Aste. En diciembre de 2011, Eiser valoraba sus inversiones en 148 millones de euros.

Las costas del laudo, que incluyen los honorarios de los árbitros y los costes del tribunal, ascienden a 956.159 dólares, de los que 277.929 dólares corresponden al presidente John R. Crook, 177.439 al árbitro Stanimir Alexandrov y 123.964 dólares al otro árbitro, Campbell McLachlan. El tribunal internacional ha concluido que no sea el Estado español el que asuma el coste total, sino que cada parte sufrague sus propios gastos legales, así como la respectiva cuota de los honorarios y gastos de los miembros del tribunal y de los derechos devengados por la utilización del Ciadi.

El horizonte que define el Ciadi

Nunca España tuvo tantos procesos abiertos en los tribunales de arbitraje internacional como en estos momentos. Nunca había perdido un pleito hasta el momento en estas instancias por motivos energéticos. Y, probablemente, nunca un laudo de estas características sea comprendido y evaluado por su valor a efectos premonitorios. Quedan otros 26 arbitrajes pendientes de resolución y se buscan las claves que puedan determinar el decurso en estas instancias especiales de litigación que, tras la cascada de denuncias de los inversores internacionales en renovables, podrían acabar en una cascada de sentencias contra el Estado español.

Para entender las claves que puedan anticipar el futuro de estos arbitrajes es preciso conocer varios elementos. El primero, la instancia en la que se ha producido el laudo, en la medida en que sus jueces puedan definir un criterio específico. En el caso de los procesos derivados de la revisión retributiva renovable, estos se dividen entre las cortes de la Cámara de Comercio de Estocolmo, de la Corte de la Ciadi (el Tribunal de Arbitraje del Banco Mundial) y el Tribunal Arbitral de Luxemburgo.

Por otra parte, la segunda cuestión es la norma de la que derive el proceso. En la actualidad, existen dos bloques importantes de procesos abiertos alrededor de esta cuestión de la retribución renovable.  Los que se derivan de la reforma Sebastián (que laminó los ingresos de las instalaciones fotovoltaicas ordenándolas y cambiando los criterios de ajuste por zonas de insolación) y los que se derivan de la reforma de Alberto Nadal, que implantó el modelo de la rentabilidad razonable a lo largo de la vida de los activos (incluyendo el cálculo teórico según la fecha de instalación y los deslizamientos con límite sobre el precio de mercado previsto y realizado).

En este sentido, en 2016 hubo dos arbitrajes cuyas reclamaciones hacían referencia a la reforma Sebastián que la corte de Estocolmo falló a favor del Estado. Los primeros arbitrajes proporcionaron un optimismo moderado en las autoridades españolas. Sin embargo, es contra la reforma Soria/Nadal contra lo que se dirige el arbitraje recién conocido de la Ciadi. Y, por ello, la resolución de este último laudo ha sido un importante jarro de agua fría, por los dos motivos: porque afecta al grueso de las reclamaciones, tanto por la instancia en términos de jurisprudencia internacional como por el asunto abordado, ya que actualmente quedan otros 26 arbitrajes en el Ciadi derivados de la reforma Soria/Nadal; y porque los efectos regulatorios serán devastadores.

Por tanto, ya se puede tener una idea de los derroteros futuros. Estos días se cifraban estas indemnizaciones posibles en 3.500 millones de euros y el Gobierno ha afirmado que estudiaba recurrir, algo que, en principio, no es posible en los arbitrajes internacionales. Por otra parte, el Gobierno destaca que el tribunal condena «parcialmente» conforme a lo inicialmente solicitado por los demandantes. Se obvia que la condena es parcial en la medida en que las cortes de arbitraje solo protegen a las empresas extranjeras de los efectos de los cambios legales en terceros países que afecten a sus inversiones. Por tanto, valúa los daños para los inversores extranjeros perjudicados, mientras los perjuicios para los inversionistas españoles se quedan sin protección.

La siguiente cuestión, para evaluar el impacto de la cascada de indemnizaciones resultante, provendrá de la capacidad adicional que tengan las empresas españoles de reabrir los procesos en la jurisdicción de nuestro país apelando a la indefensión resultante con consecuencias discriminatorias de la protección exterior de los terceros países. Los servicios jurídicos de empresas y gabinetes de abogados ya están en marcha estudiando todas estas posibilidades. El laudo conocido dibuja un panorama de consecuencias ciertas (y otras posibles) para el Estado en términos de previsibles indemnizaciones en la cascada de sentencias pendiente. Luego vendrá como derivada la forma y el impacto en la parte regulada de las tarifas.  Y, además, añadiendo las costas del proceso.

España pierde su primer arbitraje internacional en el Ciadi por los recortes a las renovables ante la firma británica Eiser

Europa Press.- El Estado español perdió el primero de los arbitrajes internacionales fallados en la corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, por los recortes aplicados desde 2010 a las energías renovables, según indicaron fuentes cercanas. El laudo, notificado ya a las partes, da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, que contó en el proceso con el asesoramiento de Allen&Overy.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. La inversión comprometida en estas centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero con el PSOE en el poder, y el último con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP. El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor de España.

España acumula ante el Ciadi casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables. Eso sí, a nivel nacional, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional han avalado los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años. Los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje.

El PP plantea usar el superávit eléctrico para pagar los arbitrajes adversos mientras la fotovoltaica española reclama igualdad de trato

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) reclama al Gobierno el mismo trato a los productores nacionales que a los internacionales, después de que el Ciadi haya fallado a favor de la firma británica Eiser Infraestructure y en contra del Estado español. En relación con este asunto, el PP quiere extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias derivadas de la normativa del sector eléctrico.

Así figura en una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, registrada ahora que España ha perdido su primer arbitraje internacional por los recortes aplicados a las energías renovables. En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Sin embargo, esta aplicación se amplía de esta forma para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a los Presupuestos».

Estas enmiendas, con rango de ley, suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se han acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

Anpier exige el mismo tratamiento

Respecto al laudo del Ciadi, Anpier destaca que se da la razón a la firma británica frente a los «drásticos recortes retroactivos» impuestos por el Gobierno español en las «sucesivas reformas del marco regulatorio» a la producción de energía renovable. Por ello, los pequeños productores fotovoltaicos españoles exigen que se les otorgue «la misma justicia que ha obtenido este fondo internacional» y que, «muy probablemente», recibirá también el resto de fondos extranjeros con recursos pendientes de resolución en el Ciadi.

«El quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaicas es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral, y resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales», indicó el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca. Los productores fotovoltaicos han soportado, según indica Anpier, «recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación, lo que supuso que el colectivo debió refinanciar para no perder las garantías personales dadas a las entidades bancarias».

Pese a todo, «el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones», señala, antes de resaltar que ahora «una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado». Este resarcimiento ha de producirse «con más motivo cuando se trata de un Estado, que ha de velar por la seguridad jurídica en su territorio, y, sobre todo, cuando se trata de familias que actuaron confiando en su Estado, que les llamó a que realizaran este esfuerzo inversor», añade.

Energía cree que el laudo del Ciadi contra el recorte renovable no es «extrapolable» y “no cuestiona” la reforma Soria-Nadal

Europa Press.- El Gobierno ha defendido que la reforma eléctrica desarrollada por el exministro José Manuel Soria y el exsecretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, fue «la adecuada» y ha asegurado que «no se cuestiona» por el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure frente a los perjuicios que le causó el recorte a las renovables.

En este sentido, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo «no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante» para otros casos. El Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi. El laudo, señala Energía, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 para tres instalaciones termosolares.

El laudo, afirma, «única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal de arbitraje, se considera excesivo«. «Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes», afirma Energía.

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral «es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados«, y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en otros dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos los laudos han dado la razón a España «de manera contundente». Eso sí, el fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero de 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico de la etapa socialista y, en aquella ocasión, se pronunció a favor del Reino de España.

Da 128 pero pedían 300

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. La inversión comprometida en las tres termosolares alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma tiene un 36,95% en Aste, que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona «el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007».

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, «que permitió acabar con el déficit de tarifa». Su contenido indica que «el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación», señala el Ministerio. El departamento dirigido por Álvaro Nadal también afirma que «las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales».

Por su parte, el ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, afirmó que cuando se acometió la reforma eléctrica la deuda del sistema superaba los 26.000 millones de euros y crecía a razón de 10.500 millones anuales, por lo que era necesario corregir para evitar que el recibo eléctrico subiera un 42%. Méndez de Vigo defendió que «aquellos que se sientan perjudicados puedan acudir a los tribunales», pero subrayó que este laudo del Ciadi no cuestiona la reforma y es susceptible de recurso.