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La CNMC propone recortar la retribución de redes eléctricas al 5,58% y de renovables al 7,09% para el período 2020-2025

Europa Press.- Las compañías eléctricas consideran que la retribución para las redes que propone la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) «es insuficiente” después de que el organismo regulador haya propuesto una tasa de retribución para el periodo regulatorio 2020-2025 del 5,58% para las actividades de transporte y distribución de electricidad y del 7,09% para la actividad de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Esta propuesta supondría un recorte del 14,15% con respecto a la retribución actual del 6,5% para los negocios de redes y generación extrapeninsular y un 5,5% menos con respecto al 7,5% vigente para las renovables. No obstante, representa un recorte menor para estas actividades respecto a la propuesta inicial que había planteado el regulador cuando sacó a consulta pública su metodología, que dejaba la retribución a las redes en el 5,47% y a las renovables entre el 7,04% y el 7,18% para ese segundo periodo.

La principal novedad de la propuesta de la CNMC es que la metodología seguida se basa en el coste medio ponderado del capital (WACC en inglés), que es la metodología más comúnmente aplicada por los reguladores europeos dentro del ámbito de sus competencias para establecer la tasa de retribución de las actividades reguladas del sector energético. Competencia señala que la metodología propuesta es «consistente, reproducible y ampliamente utilizada, y proporciona tanto estabilidad regulatoria como seguridad jurídica a empresas y consumidores».

La metodología WACC refleja la realidad de los mercados de capital donde las empresas reguladas encuentran su financiación. Es decir, el WACC garantiza una rentabilidad razonable para que los proveedores de capital aporten sus fondos para la financiación de la actividad regulada. La utilización de esta metodología WACC, frente a la que fue establecida en la reforma eléctrica de 2013 de ligar la rentabilidad razonable para estas actividades al bono del Tesoro a 10 años más un diferencial de puntos básicos, ha sido bien recibida por la mayoría del sector.

Además, la CNMC indicó que esta metodología se adapta a los requisitos establecidos en la normativa sectorial para el cálculo de la tasa de retribución financiera; como son la duración del periodo regulatorio, la base de activos sobre la que aplica, una similar tasa para todas las sociedades que realizan la actividad, una similar tasa para las distintas tecnologías de generación, etc. Asimismo, en el caso de las redes, la regulación sectorial establece, entre otras cuestiones, que se debe considerar el coste de financiación de las empresas transportistas y distribuidoras comparables eficientes y bien gestionadas.

La CNMC lanzó a consulta pública en julio esta propuesta de metodología, con carácter previo a su aprobación y que respondía a la solicitud de informe realizada por el secretario de Estado de Energía, recibiendo en ese periodo un total de 38 documentos de alegaciones de empresas del sector energético, asociaciones empresariales y administraciones públicas. La CNMC indicó que estas alegaciones «han sido analizados y sus consideraciones tenidas en cuenta en la elaboración de la versión final de esta metodología».

Insuficiente para la patronal eléctrica

Por su parte, AELEC, la patronal centrada en las actividades reguladas que agrupa a las 5 principales compañías eléctricas (Endesa, Iberdrola, Naturgy, EDP y Viesgo), considera que la retribución del 5,58% propuesta por la CNMC para las actividades de distribución de energía eléctrica a partir de 2020 «se aleja de los valores aprobados por los reguladores europeos y es insuficiente».

Fuentes de AELEC indicaron que el diferencial con respecto al bono del Estado se sitúa casi un 20% por debajo de la media de los países del entorno por lo que, si se consolide esta propuesta, «España competirá en inferioridad de condiciones para obtener los fondos e inversiones necesarios para la transición energética«. No obstante, la patronal valoró la metodología propuesta por el regulador, basada en el WACC, ya que es la que emplean casi todos los reguladores europeos y «se ajusta a un proceso ortodoxo de cómo debe fijarse la tasa financiera de rentabilidad».

AELEC subrayó que la transición energética necesita «un fuerte esfuerzo inversor en redes durante la próxima década», en el que la distribución va a jugar «un papel esencial» actuando como facilitador de este proceso de transición. Por ello, consideró que la contribución de las redes eléctricas de distribución será «crucial» para fomentar la electrificación de la economía y alcanzar los compromisos de descarbonización para 2030 y para 2050. Así, recordó que la distribución es una actividad intensiva en capital y con largos periodos de recuperación de las inversiones, «por lo que sin una rentabilidad suficiente, capaz de atraer el capital necesario para acometer dichas inversiones, será más difícil afrontar con éxito los retos y oportunidades futuras para descarbonizar la economía».

Competencia propone bajar la retribución a las redes de transporte y distribución al 5,47% y a las renovables al 7,04%

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sacado a consulta pública las propuestas de metodología de cálculo de la retribución financiera o rentabilidad razonable para las actividades del sistema eléctrico y propone una retribución financiera del 5,47% para el transporte y distribución de electricidad para el periodo regulatorio 2020-2025, y del 7,04% para la producción con energías renovables, cogeneración y residuos, lo que supone rebajas del 1,033% y del 0,463%, respectivamente.

Para el primer periodo regulatorio, el decreto de 2013 estableció una tasa de retribución financiera del 6,503% para el transporte y distribución. En esa ocasión, se tomaron los valores de las cotizaciones del bono del Tesoro a 10 años de los meses de abril a junio de 2013, incrementada con un diferencial de 200 puntos básicos, «sin referencia a ninguna metodología de cálculo», precisó la CNMC. Para las renovables, se calculó como la media del bono español a 10 años durante los 24 meses previos al mes de mayo del año anterior, más un diferencial de 300 puntos básicos, lo que arrojó una tasa de retribución financiera del 7,503% para ese periodo que acaba el 31 de diciembre de 2019.

La CNMC propone utilizar ya para el segundo periodo la metodología WACC (coste medio ponderado de capital) para calcular la rentabilidad razonable. Según Competencia, el WACC refleja la realidad de los mercados de capital donde encuentran su financiación las empresas reguladas y minimiza la incertidumbre regulatoria. En este sentido, recuerda que las empresas de transporte y distribución eléctrica deben financiar elevados volúmenes de inversiones en inmovilizado, que tienen periodos largos de recuperación, de hasta 40 años, y señala que todas las propuestas recibidas por parte de compañías consideran necesario que el cálculo de la tasa de retribución se realice con una metodología basada en el reseñado WACC de la actividad.

Competencia ya avisó en varios informes que era necesario revisar la tasa de retribución para el periodo que arranca en 2020 de la distribución de electricidad para adecuarla a los costes de las compañías, que habían evolucionado a la baja en los últimos años. En el caso de las renovables, la CNMC argumenta que están sujetas a una serie de riesgos que no tienen las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica o gas natural, por lo que propone para ellas un diferencial adicional que se sumaría al cálculo del WACC. A la CNMC le parece razonable considerar un diferencial de 50 puntos básicos.

La propuesta de la CNMC analiza, además, la aplicabilidad de esta metodología al cálculo de la tasa de retribución financiera en las actividades de redes del sector gasista, y en la producción de energía eléctrica en los sistemas eléctricos no peninsulares. Competencia considera también que la metodología propuesta para el transporte y distribución eléctrica sería aplicable al cálculo de la retribución para el transporte y almacenamiento de gas y actividades de regasificación, que hasta el 31 de diciembre de 2020 es del 5,09% y que se estableció a partir del bono del Estado a 10 años más 50 puntos básicos.

El plazo para remitir observaciones a las dos propuestas que Competencia somete a consulta pública finaliza el 15 de septiembre y, tras analizar esas alegaciones, elevará un informe definitivo. El anterior ministro de Energía,Álvaro Nadal, era partidario de aplicar en la revisión de la rentabilidad razonable la misma fórmula utilizada para el primer periodo regulatorio, lo que a la actual cotización del bono, recortaría a la mitad la retribución.