La OCU denuncia prácticas irregulares de los servicios de atención al cliente de las compañías eléctricas promocionando el mercado libre

Europa Press.- La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denuncia que los servicios de atención al cliente de las comercializadoras de referencia eléctricas ofrecen por defecto las ofertas de su filial en el mercado libre, «sin advertir al consumidor de esta circunstancia».

La asociación señala que ha realizado varias consultas telefónicas a los servicios de atención al cliente de las compañías, en las que ha constatado «la facilidad con la que un consumidor que contacte con una comercializadora de referencia puede acabar con un contrato en el mercado libre sin que la compañía le informe de que en realidad está contratando con otra compañía diferente». Así, OCU, que señala a las comercializadoras de referencia de Iberdrola, Endesa, Viesgo y EDP, critica que, a través de estos servicios de atención al cliente de las eléctricas, no se respeta la separación de actividades a la que obliga la ley.

Además, denuncia la existencia de varias irregularidades adicionales, como negarse a ofrecer la tarifa regulada (PVPC) con discriminación horaria a nuevos clientes, en el caso de EDP Comercialización de Último Recurso, o no hacer contratos fuera de su área de distribución, en el caso de Viesgo Comercializadora de Referencia. Gas Natural fue la única compañía que hace «una clara separación de su actividad» y, por lo tanto, se limitó a ofrecer exclusivamente los productos reservados a su condición de comercializadora de referencia, señala la asociación.

Para la OCU, estas prácticas no dejan de ser un claro de ejemplo de slamming, como son denominadas estas prácticas en el mundo anglosajón, por parte de las compañías que aprovechan «el grave desconocimiento sobre el mercado de la electricidad para contratar con una tarifa y compañía diferente de la que se corresponde con el servicio de información con la que el futuro cliente está contactando«. La asociación, que recuerda que estas compañías son las únicas que por Ley pueden ofrecer la tarifa regulada o el bono social, subraya la necesidad de la separación de actividades para garantizar la competencia.

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